Última revisión
20/07/2017
Inducir a un abogado jubilado a realizar un asesoramiento (mediante detective) no prueba que continúe ejerciendo. Sentencia SOCIAL Nº 528/2017, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1654/2015 de 20 de Junio de 2017
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 20 de Junio de 2017
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: DE CASTRO FERNANDEZ, LUIS FERNANDO
Nº de sentencia: 528/2017
Nº de recurso: 1654/2015
Núm. Cendoj: 28079140012017100486
Núm. Ecli: ES:TS:2017:2685
Núm. Roj: STS 2685:2017
Resumen
Despido. Momento para el paso a situación de jubilación por la mutualidad de la abogacía. Extinción del contrato de dos abogadas ejercientes, por jubilación de su empleador, también abogado. el momento en el que ha entenderse producida la causa extintiva no es el rescate parcial del fondo acumulado en la mutualidad de la abogacía al cumplir los 65 años, ni siquiera la posterior baja en la misma, sino cuando se cursa la baja en la actividad ante hacienda y en el colegio de abogados como ejerciente, y se inicia la liquidación del despacho. Licitud de esa actividad liquidatoria en un plazo razonable. irrelevancia de datos fácticos obtenidos ilícitamente, mediante actuación «provocada» por un detective contratado al efecto. Reitera doctrina.
Voces
Jubilación del empresario
Despido improcedente
Modalidades de pago
Extinción del contrato de trabajo
Cese de actividad
Prestación de jubilación
Cuestiones de fondo
Coadyuvante
Incapacidad temporal
Buena fe procesal
Buena fe
Prueba ilícita
Edad de jubilación
Alta en el RETA
Jubilación del empresario individual
Administrador único
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