Jurisprudencia sobre Horas complementarias.
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Voces
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Absuelve
Orden
Social
Constitucional
Supranacional
Ponente
Moreno Gonzalez-aller, Ignacio
Torres Andres, Juan Miguel
Garcia Marrero, Maria Carmen
Lacambra Morera, Luis
Lopez Parada, Rafael Antonio
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Se desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto contra sentencia desestimatoria de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, sobre reclamación de cantidad. La Sala declara la falta de contradicción en el caso, pues no cabe establecer la comparación entre una fundamentación que niega a las alegaciones de infracción la idoneidad para sustentar un motivo de suplicación y otra que llega a una conclusión sobre la reclamación formulada con b
CONFLICTO COLECTIVO.- Obligación de distinguir en las nóminas las horas ordinarias y complementarias.-
Se estima parcialmente la demanda de conflicto colectivo interpuesta por Sindicatos. La Sala declara que habiendo quedado probado que la demandada no distingue en las nóminas del personal afectado por el conflicto entre horas ordinarias y complementarias, cuando esa distinción viene establecida en el Convenio, y su cumplimiento c
Se desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto contra sentencia desestimatoria de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, sobre reclamación de cantidad. La Sala declara la falta de contradicción en el caso, pues no cabe establecer la comparación entre una fundamentación que niega a las alegaciones de infracción la idoneidad para sustentar un motivo de suplicación y otra que llega a una conclusión sobre la reclamación formulada con b
CONFLICTO COLECTIVO.- Obligación de distinguir en las nóminas las horas ordinarias y complementarias.-
Se estima parcialmente la demanda de conflicto colectivo interpuesta por Sindicatos. La Sala declara que habiendo quedado probado que la demandada no distingue en las nóminas del personal afectado por el conflicto entre horas ordinarias y complementarias, cuando esa distinción viene establecida en el Convenio, y su cumplimiento c