Jurisprudencia sobre Herencia.
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Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Absuelve
Orden
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
Fernandez-porto Garcia, Rafael Jesus
Conde Nuñez, Manuel
Rodriguez Gonzalez, Maria Begoña
Casero Alonso, Jose Luis
Cremades Morant, Juan Bautista
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Otros
Búsqueda: Voces
Herencia
Sentencia Civil Nº 155/2010, AP - Cuenca, Sec. 1, Rec 96/2010, 30-07-2010
INEXISTENCIA Y NULIDAD DE CONTRATOS
Sentencia Civil Nº 647/2010, AP - Vizcaya, Sec. 4, Rec 93/2010, 30-07-2010
PRIMERO.- Frente a la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia, en procedimiento de división de herencia, se alza la demandanda D.ª
Juana con la pretensión de inclusión en el activo de la herencia de D.ª
Africa de la totalidad de las joyas que figuran en la lista que aportó en el acto de formación de inventario, de las que únicamente incluye una parte la sentencia apelada, que fundamenta en la aportación en juicio de prueba demostrativa de la pree
Sentencia Civil Nº 230/2012, AP - Madrid, Sec. 21, Rec 624/2010, 13-09-2012
PRIMERO.- Frente a la Sentencia de Instancia se alza la representación procesal de la parte demandada a través de una serie de motivos de recurso. Alegando diversas cuestiones relativa a la prescripción de la acción ejercitada, por el transcurso de más de 30 años. El dato que no aparece acreditada la titularidad dominical de los actores y que en todo caso, se habría vulnerado el principio de la carga de la prueba y ejercitándose la acción en forma contraria a las exigencias de la bu
Sentencia Civil Nº 228/2012, AP - Tarragona, Sec. 1, Rec 540/2011, 29-05-2012
PRIMERO.- La acción deducida, de complemento de legítima, sólo puede ser estimada si el valor de los bienes recibidos no cubre los derechos sucesorios. La legítima es la cuarta parte del valor de la herencia, distribuida entre todos los legitimarios (
art. 356 Código de Sucesiones , aplicable al caso por su vigencia en la fecha del fallecimiento). A tal efecto la valoración de los bienes de la herencia debe hacerse al tiempo de la muerte de la causante (art. 355-1 C.S.) según valor
Sentencia Civil Nº 302/2010, AP - Tarragona, Sec. 3, Rec 508/2009, 17-09-2010
PRIMERO. Con la finalidad de resolver adecuadamente el presente recurso de apelación debe partirse de los siguientes hechos indubitados:
1º. Doña
Emma que falleció el día 6 de julio de 1.993 (folio 49), careciendo de legitimarios, otorgó testamento notarial abierto el 19 de febrero de 1.986 (documento núm. 1 de la demanda, folios 46 y ss.) en el que establecía:
- legaba "a su sobrino carnal, DON
Geronimo , ..., los derechos que la testadora tiene en las siguientes fincas
Sentencia Civil Nº 337/2012, AP - Valencia, Sec. 10, Rec 115/2012, 16-05-2012
PRIMERO.- Establece el
artículo 1.410 del Código Civil que en todo lo no previsto en este capítulo sobre formación de inventario, tasación y ventas de bienes, división del caudal, adjudicaciones a los partícipes y demás que no se halle expresamente determinado, se observará lo establecido para la partición y liquidación de la herencia
Sentencia Civil Nº 1095/2010, AP - Madrid, Sec. 24, Rec 85/2010, 14-10-2010
PRIMERO.- Respecto de la petición del demandado-apelante relativa a la partida a la naturaleza de la vivienda sita en la localidad de Montilla ( Córdoba), y plaza de garaje y trastero; resulta impropio considerar dichos bienes al mismo tiempo ganancial y privativo tal como pretende el apelante, al ser adquiridos por la demandante en titulo de herencia de conformidad con el
artículo 1346 -<rel id="7499513_117946" uri="http://poolparty.ibe
Sentencia Civil Nº 292/2011, AP - Asturias, Sec. 5, Rec 353/2011, 12-07-2011
OTRAS MATERIAS SUCESIONES
Sentencia Civil Nº 100/2012, AP - Huesca, Sec. 1, Rec 159/2011, 22-05-2012
RESOLUCION CONTRATOS
Sentencia Civil Nº 70/2012, AP - Sevilla, Sec. 6, Rec 3212/2010, 21-02-2012
PRIMERO.-
En la demanda inicial de las actuaciones se ejercitaba una acción en reclamación de la posesión respecto de los bienes de la herencia de Dª
Elena La actora invocaba su condición de copropietaria a título hereditario junto con su hermano y sus sobrinos, hijos de otros tres hermanos ya fallecidos. La acción ejercitada era en concreto la prevista en el
art 250.1.3º
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Herencia
Sentencia Civil Nº 155/2010, AP - Cuenca, Sec. 1, Rec 96/2010, 30-07-2010
INEXISTENCIA Y NULIDAD DE CONTRATOS
Sentencia Civil Nº 647/2010, AP - Vizcaya, Sec. 4, Rec 93/2010, 30-07-2010
PRIMERO.- Frente a la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia, en procedimiento de división de herencia, se alza la demandanda D.ª
Juana con la pretensión de inclusión en el activo de la herencia de D.ª
Africa de la totalidad de las joyas que figuran en la lista que aportó en el acto de formación de inventario, de las que únicamente incluye una parte la sentencia apelada, que fundamenta en la aportación en juicio de prueba demostrativa de la pree
Sentencia Civil Nº 230/2012, AP - Madrid, Sec. 21, Rec 624/2010, 13-09-2012
PRIMERO.- Frente a la Sentencia de Instancia se alza la representación procesal de la parte demandada a través de una serie de motivos de recurso. Alegando diversas cuestiones relativa a la prescripción de la acción ejercitada, por el transcurso de más de 30 años. El dato que no aparece acreditada la titularidad dominical de los actores y que en todo caso, se habría vulnerado el principio de la carga de la prueba y ejercitándose la acción en forma contraria a las exigencias de la bu
Sentencia Civil Nº 228/2012, AP - Tarragona, Sec. 1, Rec 540/2011, 29-05-2012
PRIMERO.- La acción deducida, de complemento de legítima, sólo puede ser estimada si el valor de los bienes recibidos no cubre los derechos sucesorios. La legítima es la cuarta parte del valor de la herencia, distribuida entre todos los legitimarios (
art. 356 Código de Sucesiones , aplicable al caso por su vigencia en la fecha del fallecimiento). A tal efecto la valoración de los bienes de la herencia debe hacerse al tiempo de la muerte de la causante (art. 355-1 C.S.) según valor
Sentencia Civil Nº 302/2010, AP - Tarragona, Sec. 3, Rec 508/2009, 17-09-2010
PRIMERO. Con la finalidad de resolver adecuadamente el presente recurso de apelación debe partirse de los siguientes hechos indubitados:
1º. Doña
Emma que falleció el día 6 de julio de 1.993 (folio 49), careciendo de legitimarios, otorgó testamento notarial abierto el 19 de febrero de 1.986 (documento núm. 1 de la demanda, folios 46 y ss.) en el que establecía:
- legaba "a su sobrino carnal, DON
Geronimo , ..., los derechos que la testadora tiene en las siguientes fincas
Sentencia Civil Nº 337/2012, AP - Valencia, Sec. 10, Rec 115/2012, 16-05-2012
PRIMERO.- Establece el
artículo 1.410 del Código Civil que en todo lo no previsto en este capítulo sobre formación de inventario, tasación y ventas de bienes, división del caudal, adjudicaciones a los partícipes y demás que no se halle expresamente determinado, se observará lo establecido para la partición y liquidación de la herencia
Sentencia Civil Nº 1095/2010, AP - Madrid, Sec. 24, Rec 85/2010, 14-10-2010
PRIMERO.- Respecto de la petición del demandado-apelante relativa a la partida a la naturaleza de la vivienda sita en la localidad de Montilla ( Córdoba), y plaza de garaje y trastero; resulta impropio considerar dichos bienes al mismo tiempo ganancial y privativo tal como pretende el apelante, al ser adquiridos por la demandante en titulo de herencia de conformidad con el
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Sentencia Civil Nº 292/2011, AP - Asturias, Sec. 5, Rec 353/2011, 12-07-2011
OTRAS MATERIAS SUCESIONES
Sentencia Civil Nº 100/2012, AP - Huesca, Sec. 1, Rec 159/2011, 22-05-2012
RESOLUCION CONTRATOS
Sentencia Civil Nº 70/2012, AP - Sevilla, Sec. 6, Rec 3212/2010, 21-02-2012
PRIMERO.-
En la demanda inicial de las actuaciones se ejercitaba una acción en reclamación de la posesión respecto de los bienes de la herencia de Dª
Elena La actora invocaba su condición de copropietaria a título hereditario junto con su hermano y sus sobrinos, hijos de otros tres hermanos ya fallecidos. La acción ejercitada era en concreto la prevista en el
art 250.1.3º