Jurisprudencia por Heredia Del Real, Victor.
Quisiste decir...
Filtros
Sentido del fallo
Estima
Desestima
Condena
Absuelve
Orden
Civil
Penal
Ponente
Heredia Del Real, Victor
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
Juzgados de lo Mercantil - Palma de Mallorca
Juzgados de lo Mercantil - Girona
AP - Baleares
JM Palma
Juzgados de lo Mercantil - Barcelona
Búsqueda: Ponente
HEREDIA DEL REAL, VICTOR
Auto CIVIL JM Palma de Mallorca, Sec. 1, Rec 1055/2017, 15-05-2020
PRIMERO.- En el presente procedimiento se han observado todas las prescripciones legales que se contienen en los artículos 148 y 149 de la LC en cuanto a la presentación del Plan de Liquidación por parte de la administración concursal, su puesta de manifiesto en la Oficina Judicial y su anuncio, estableciendo el art.148.2 LC que ' transcurrido el plazo, el Juez, según estime conveniente para el interés del concurso, resolverá mediante auto aproar el plan en los términos en que hubier
Auto CIVIL Nº 281/2015, JM Barcelona, Sec. 9, Rec 367/2015, 24-11-2015
PRIMERO.-Despachándose ejecución para hacer efectivo el derecho de separación previsto en el artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital de los socios de la entidad mercantil LABORATORIOS MIRET, S.A. doña Salvadora, doña María Teresa y don Claudio, según lo acordado en segunda instancia por sentencia nº 81/2015, de 26 de marzo de 2015, dictada por la Sección 15ª de la Excma. Audi
Auto CIVIL Nº 241/2016, JM Girona, Sec. 1, Rec 282/2016, 26-05-2016
PRIMERO.- Como consecuencia del defecto inherente del proceso, su excesiva duración, el ordenamiento jurídico procesal, con una apariencia instrumental entre el proceso declarativo y el de ejecución pero con una realidad autónoma, prevé el proceso cautelar, cuyo objeto es la pretensión cautelar y su finalidad, a tenor del artículo 721 LEC ' el ase
Auto CIVIL Nº 240/2016, JM Girona, Sec. 1, Rec 390/2016, 27-05-2016
PRIMERO.- Como consecuencia del defecto inherente del proceso, su excesiva duración, el ordenamiento jurídico procesal, con una apariencia instrumental entre el proceso declarativo y el de ejecución pero con una realidad autónoma, prevé el proceso cautelar, cuyo objeto es la pretensión cautelar y su finalidad, a tenor del artículo 721 LEC ' el ase
Auto CIVIL JM Girona, Sec. 1, Rec 709/2018, 30-07-2018
PRIMERO.- Objeto del litigio principal y hechos pertinentes.1.-Por parte del demandante, se presentó demanda contra la compañía aérea RYANAIR, D.A.C., con domicilio social en Irlanda, reclamando, de conformidad con lo previsto en la STJUE de 19 de noviembre de 2009, la cantidad de 250 euros en concepto de compensación, en ejercicio de la acción prevista en el artículo 7 del Reglamento (CE) nº 261/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 200
Auto CIVIL JM Palma de Mallorca, Sec. 1, Rec 1250/2019, 03-10-2019
PRIMERO.- Como consecuencia del defecto inherente del proceso, su excesiva duración, el ordenamiento jurídico procesal, con una apariencia instrumental entre el proceso declarativo y el de ejecución pero con una realidad autónoma, prevé el proceso cautelar, cuyo objeto es la pretensión cautelar y su finalidad, a tenor del artículo 721 LEC ' el ase
Auto CIVIL JM Girona, Sec. 1, Rec 698/2018, 09-07-2018
PRIMERO.- Objeto del litigio principal y hechos pertinentes.1.- Por parte del demandante, se presentó demanda contra la compañía aérea RYANAIR, D.A.C., con domicilio social en Irlanda, reclamando, de conformidad con lo previsto en la STJUE de 19 de noviembre de 2009, la cantidad de 250 euros en concepto de compensación, en ejercido de la acción prevista en el artículo 7 del Reglamento (CE) nº 261/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se esta
Quisiste decir...
Búsqueda: Ponente
HEREDIA DEL REAL, VICTOR
Auto CIVIL JM Palma de Mallorca, Sec. 1, Rec 1055/2017, 15-05-2020
PRIMERO.- En el presente procedimiento se han observado todas las prescripciones legales que se contienen en los artículos 148 y 149 de la LC en cuanto a la presentación del Plan de Liquidación por parte de la administración concursal, su puesta de manifiesto en la Oficina Judicial y su anuncio, estableciendo el art.148.2 LC que ' transcurrido el plazo, el Juez, según estime conveniente para el interés del concurso, resolverá mediante auto aproar el plan en los términos en que hubier
Auto CIVIL Nº 281/2015, JM Barcelona, Sec. 9, Rec 367/2015, 24-11-2015
PRIMERO.-Despachándose ejecución para hacer efectivo el derecho de separación previsto en el artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital de los socios de la entidad mercantil LABORATORIOS MIRET, S.A. doña Salvadora, doña María Teresa y don Claudio, según lo acordado en segunda instancia por sentencia nº 81/2015, de 26 de marzo de 2015, dictada por la Sección 15ª de la Excma. Audi
Auto CIVIL Nº 241/2016, JM Girona, Sec. 1, Rec 282/2016, 26-05-2016
PRIMERO.- Como consecuencia del defecto inherente del proceso, su excesiva duración, el ordenamiento jurídico procesal, con una apariencia instrumental entre el proceso declarativo y el de ejecución pero con una realidad autónoma, prevé el proceso cautelar, cuyo objeto es la pretensión cautelar y su finalidad, a tenor del artículo 721 LEC ' el ase
Auto CIVIL Nº 240/2016, JM Girona, Sec. 1, Rec 390/2016, 27-05-2016
PRIMERO.- Como consecuencia del defecto inherente del proceso, su excesiva duración, el ordenamiento jurídico procesal, con una apariencia instrumental entre el proceso declarativo y el de ejecución pero con una realidad autónoma, prevé el proceso cautelar, cuyo objeto es la pretensión cautelar y su finalidad, a tenor del artículo 721 LEC ' el ase
Auto CIVIL JM Girona, Sec. 1, Rec 709/2018, 30-07-2018
PRIMERO.- Objeto del litigio principal y hechos pertinentes.1.-Por parte del demandante, se presentó demanda contra la compañía aérea RYANAIR, D.A.C., con domicilio social en Irlanda, reclamando, de conformidad con lo previsto en la STJUE de 19 de noviembre de 2009, la cantidad de 250 euros en concepto de compensación, en ejercicio de la acción prevista en el artículo 7 del Reglamento (CE) nº 261/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 200
Auto CIVIL JM Palma de Mallorca, Sec. 1, Rec 1250/2019, 03-10-2019
PRIMERO.- Como consecuencia del defecto inherente del proceso, su excesiva duración, el ordenamiento jurídico procesal, con una apariencia instrumental entre el proceso declarativo y el de ejecución pero con una realidad autónoma, prevé el proceso cautelar, cuyo objeto es la pretensión cautelar y su finalidad, a tenor del artículo 721 LEC ' el ase
Auto CIVIL JM Girona, Sec. 1, Rec 698/2018, 09-07-2018
PRIMERO.- Objeto del litigio principal y hechos pertinentes.1.- Por parte del demandante, se presentó demanda contra la compañía aérea RYANAIR, D.A.C., con domicilio social en Irlanda, reclamando, de conformidad con lo previsto en la STJUE de 19 de noviembre de 2009, la cantidad de 250 euros en concepto de compensación, en ejercido de la acción prevista en el artículo 7 del Reglamento (CE) nº 261/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se esta