Jurisprudencia por Gonzalez Gonzalez, Carmen Hilda.
Filtros
Voces
Oficina Española de Patentes y Marcas
Nombre comercial
Incapacidad permanente total
Incapacidad permanente absoluta
Convenio colectivo
Orden
Administrativo
Social
Civil
Penal
Ponente
Gonzalez Gonzalez, Carmen Hilda
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Considera la Sala que el plazo de prescripción para las acciones que se basan en la responsabilidad extracontractual prevista en el artículo
Considera la Sala que al momento de adquirir la finca única por los tres hermanos ya estaba construida la edificación que hoy es garaje y que la misma tenía construido el tejado en la forma que se mantiene en la actualidad, es decir llevando las aguas hacia la finca del demandante. Así pues fue el anterior propietario de la finca el que realizó la construcción de esa forma , los hermanos la adquirieron así y cuando acordaron dividir la finca y mantener la edificación en la forma que est
La Audiencia Provincial de Zamora estima el recurso de apelación sobre reclamación de cantidad; la Sala señala que procede decretar la nulidad de lo actuado ya que la inexistencia del soporte de grabación o del acta con el contenido de las pruebas (contenido de las declaraciones de los intervinientes, etc...), impide a la parte que entiende que la valoración ha sido errónea, poder denunciar el error con base a la que se ha practicado en el Juicio y ello, es evidente, que causa indefensión.</
RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL- Daños causados por filtraciones de lluvias en la vivienda de la demandante.- Responsabilidad exclusiva de la empresa contratada por la Comunidad de Propietarios para realizar obras de reforma de las terrazas de la Comunidad.- No adopción de medidas para evitar filtraciones en caso de lluvia durante los períodos de paralización de la obra.-
Se estima el recurso de apelación formulado por dos de los
La Audiencia Provincial de Zamora desestima el recurso de apelación sobre suspensión de obra nueva; la Sala señala que no existe error en la valoración de la prueba realizada por el juez a quo al manifestar que entre las fincas de actor y demandado existe una vía pública, sin que sea aplicable el art.582 del
La Audiencia Provincial de Zamora desestima el recurso de apelación sobre reclamación de cantidad; respecto al accidente de circulación, la Sala señala que aunque existen versiones contradictorias no existe error en la valoración de prueba, debiendo ser confirmada la apreciación de instada basada, principalmente, en el atestado de la Guardia Civil.
No puede prosperar la solicitud de que se aplique el artículo
Considera la Sala que el recurrente actuó incorrectamente al realizar el adelantamiento del vehículo que circulaba delante de él sin cerciorarse de que podía llevarlo a cabo sin causar riesgo al resto de los usuarios de la vía y sin respetar la velocidad máxima establecida en la oportuna señalización.
Considera la Sala que es evidente que si lo que se pretende en la demanda es que atribuya el uso del domicilio familiar no se va a solicitar que los gastos de la vivienda sean sufragados por el demandando. Esta solicitud es la lógica consecuencia de la atribución del uso de la vivienda familiar, de forma que , efectivamente, los gastos de la vivienda como son la cuota de la comunidad de propietarios, el IBI, etc... deben ser satisfechos por el que hace uso de la vivienda.
MALTRATO FAMILIAR
Considera la Sala que el plazo de prescripción para las acciones que se basan en la responsabilidad extracontractual prevista en el artículo
Considera la Sala que al momento de adquirir la finca única por los tres hermanos ya estaba construida la edificación que hoy es garaje y que la misma tenía construido el tejado en la forma que se mantiene en la actualidad, es decir llevando las aguas hacia la finca del demandante. Así pues fue el anterior propietario de la finca el que realizó la construcción de esa forma , los hermanos la adquirieron así y cuando acordaron dividir la finca y mantener la edificación en la forma que est
La Audiencia Provincial de Zamora estima el recurso de apelación sobre reclamación de cantidad; la Sala señala que procede decretar la nulidad de lo actuado ya que la inexistencia del soporte de grabación o del acta con el contenido de las pruebas (contenido de las declaraciones de los intervinientes, etc...), impide a la parte que entiende que la valoración ha sido errónea, poder denunciar el error con base a la que se ha practicado en el Juicio y ello, es evidente, que causa indefensión.</
RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL- Daños causados por filtraciones de lluvias en la vivienda de la demandante.- Responsabilidad exclusiva de la empresa contratada por la Comunidad de Propietarios para realizar obras de reforma de las terrazas de la Comunidad.- No adopción de medidas para evitar filtraciones en caso de lluvia durante los períodos de paralización de la obra.-
Se estima el recurso de apelación formulado por dos de los
La Audiencia Provincial de Zamora desestima el recurso de apelación sobre suspensión de obra nueva; la Sala señala que no existe error en la valoración de la prueba realizada por el juez a quo al manifestar que entre las fincas de actor y demandado existe una vía pública, sin que sea aplicable el art.582 del
La Audiencia Provincial de Zamora desestima el recurso de apelación sobre reclamación de cantidad; respecto al accidente de circulación, la Sala señala que aunque existen versiones contradictorias no existe error en la valoración de prueba, debiendo ser confirmada la apreciación de instada basada, principalmente, en el atestado de la Guardia Civil.
No puede prosperar la solicitud de que se aplique el artículo
Considera la Sala que el recurrente actuó incorrectamente al realizar el adelantamiento del vehículo que circulaba delante de él sin cerciorarse de que podía llevarlo a cabo sin causar riesgo al resto de los usuarios de la vía y sin respetar la velocidad máxima establecida en la oportuna señalización.
Considera la Sala que es evidente que si lo que se pretende en la demanda es que atribuya el uso del domicilio familiar no se va a solicitar que los gastos de la vivienda sean sufragados por el demandando. Esta solicitud es la lógica consecuencia de la atribución del uso de la vivienda familiar, de forma que , efectivamente, los gastos de la vivienda como son la cuota de la comunidad de propietarios, el IBI, etc... deben ser satisfechos por el que hace uso de la vivienda.
MALTRATO FAMILIAR