Jurisprudencia sobre Gestión urbanística.
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Voces
Método residual dinámico
Hoja de aprecio
Proyecto de reparcelación
Justiprecio
Indemnización por expropiación forzosa
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Condena
Orden
Administrativo
Constitucional
Supranacional
Ponente
Quintas Rodriguez, Juan Bautista
Canabal Conejos, Francisco Javier
Taboas Bentanachs, Manuel
Fernandez Conde, Maria Blanca
Lopez De Hontanar Sanchez, Juan Francisco
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
El TS desestima el recurso de casación interpuesto por la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid contra sentencia que estimó recurso contra acuerdos de JPEF, anulándolos y fijando justiprecio. Se desestima porque se computan todos los gastos y no han sido acreditados otros costes de urbanización. No existe incongruencia en la sentencia recurrida. No es aplicable la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 20 de 1.997, de 15 de julio de la Comunidad de Madri
El TS estima parcialmente el recurso de casación interpuesto contra sentencia que estimó recurso contra resolución de JPEF declarándolo no ajustado a derecho y nulo, parcialmente, y fijando justiprecio. Se estima el recurso porque el acuerdo de JPEF "no se limita a aplicar los valores catastrales vigentes a la fecha del inicio del expediente de justiprecio, sino que asume la valoración efectuada por el vocal técnico conforme al método de repercusión en lo que al suelo se refie
El TS desestima el recurso de casación interpuesto contra sentencia que confirma acuerdo que aprueba el Proyecto de reparcelación de la unidad de actuación nº 1 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento en suelo urbano. Se desestima el recurso porque si bien la parcela adjudicada a la recurrente tiene un aprovechamiento menor, lo que si tiene es una profundidad mayor que el resto por lo que la diferencia de aprovechamiento queda compensada por el fondo edificable debido a que
El TS desestima el recurso de casación interpuesto por la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid contra sentencia que estimó recurso contra acuerdos de JPEF, anulándolos y fijando justiprecio. Se desestima porque se computan todos los gastos y no han sido acreditados otros costes de urbanización. No existe incongruencia en la sentencia recurrida. No es aplicable la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 20 de 1.997, de 15 de julio de la Comunidad de Madri
El TS estima parcialmente el recurso de casación interpuesto contra sentencia que estimó recurso contra resolución de JPEF declarándolo no ajustado a derecho y nulo, parcialmente, y fijando justiprecio. Se estima el recurso porque el acuerdo de JPEF "no se limita a aplicar los valores catastrales vigentes a la fecha del inicio del expediente de justiprecio, sino que asume la valoración efectuada por el vocal técnico conforme al método de repercusión en lo que al suelo se refie
El TS desestima el recurso de casación interpuesto contra sentencia que confirma acuerdo que aprueba el Proyecto de reparcelación de la unidad de actuación nº 1 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento en suelo urbano. Se desestima el recurso porque si bien la parcela adjudicada a la recurrente tiene un aprovechamiento menor, lo que si tiene es una profundidad mayor que el resto por lo que la diferencia de aprovechamiento queda compensada por el fondo edificable debido a que