Jurisprudencia por Fuentes Candelas, Carlos.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Penal
Ponente
Fuentes Candelas, Carlos
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
AP A Coruña
AP - A Coruña
Tribunal Supremo
AP - Pontevedra
OTRAS MATERIAS MERCANTIL
Plantea la apelante como primer alegato de su recurso la prescripción de la acción opuesta en el juicio y desestimada en la sentencia apelada. La razón es la expresada con claridad y acierto en el Fundamento de Derecho 3° de la sentencia apelada, "ya que si bien es cierto que esa reclamación extrajudicial tiene el carácter de una declaración de voluntad recepticia, el efecto interruptivo se produce, según reiterada jurisprudencia, por su emisión, y no por la recepción".
Se desestima el alegato del recurso del demandante en orden a una pretendida mayor cobertura que la limitada del seguro obligatorio. Tampoco cabe minusvalorar la importancia del daño corporal sufrido por el demandante, como se pretende por la Compañía aseguradora. En particular no le es de aplicación forzosa el de la Ley sobre Responsabilidad Civil y seguro automovilístico aprobada por la <rel id="1947310" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacion/32291" tipo="LEGISLAC
Frente al triunfo en primera instancia de la acción de deslinde, apelan los demandados-reconvinientes insistiendo en la inviabilidad de la acción porque, en su opinión, no existía ni existe confusión de linderos, al estar las fincas de ambas partes totalmente delimitadas y separadas por el muro construido por éstos dentro de su parcela en la colindancia común Este-Oeste, por lo que la acción tendría que haber sido la reivindicatoria. No podemos estar de acuerdo y sí co
Se apela por parte de la esposa la medida sobre el régimen de visitas establecido en favor del marido en la sentencia de primera instancia, por considerarlo excesivo, debiendo, en su opinión, de reducirse al inicialmente fijado en el Auto de medidas provisionales previas de separación de 9-7-1997, tratándolo de apoyar especialmente en el informe psicológico. No apreciamos motivos suficientes para revocar la decisión adoptada por el Juzgado. El Auto de medidas de 9-7-1997
Revisado nuevamente el caso en esta segunda instancia, la conclusión que extraemos es la contraria a la de la sentencia apelada. En ésta se consideró que el conductor del autobús ya estaría incorporado al carril en sentido Coruña de la carretera general o vía preferente. Ambos conductores accedían a ella desde la carretera Cambre-Sigras, teniendo sendas señales de Stop. Desconocemos la posición exacta del punto de impacto y, en especial, no disponemos de pruebas para pode
Cuando se trata de daños materiales, no los corporales
que siguen otro régimen. En cuanto al de los materiales, el art. 1 de la Ley de
Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos de Motor se
remite en este tema al art.
La Caja de Ahorros demandante apela la sentencia de
primera instancia en el punto en que desestima su reclamación de intereses
remuneratorios al haberse apreciado prescripción por el transcurso del plazo
legal de cinco años del art.
Juicio de Separación.
Ambos litigantes interponen recurso:
Respecto al interpuesto por el marido, se desestima por las siguientes razones: es cierto que la sentencia de primera instancia no se pronuncia expresamente sobre la desestimación de la reconvención del marido en orden a la petición de pensión compensatoria a su favor, pero no por ello es incongruente, careciendo el defecto de consecuencia alguna en el caso que
Como ya hemos dicho en otros numerosos precedentes, aunque el recurso de apelación en procedimientos judiciales como el actual (Juicio de Cognición) se tramite por alegaciones escritas ante el Juzgado (órgano "a quo"), pertenece ya a la segunda instancia y, por tanto, son costas de apelación.
Es cierto que, según el art.
OTRAS MATERIAS MERCANTIL
Plantea la apelante como primer alegato de su recurso la prescripción de la acción opuesta en el juicio y desestimada en la sentencia apelada. La razón es la expresada con claridad y acierto en el Fundamento de Derecho 3° de la sentencia apelada, "ya que si bien es cierto que esa reclamación extrajudicial tiene el carácter de una declaración de voluntad recepticia, el efecto interruptivo se produce, según reiterada jurisprudencia, por su emisión, y no por la recepción".
Se desestima el alegato del recurso del demandante en orden a una pretendida mayor cobertura que la limitada del seguro obligatorio. Tampoco cabe minusvalorar la importancia del daño corporal sufrido por el demandante, como se pretende por la Compañía aseguradora. En particular no le es de aplicación forzosa el de la Ley sobre Responsabilidad Civil y seguro automovilístico aprobada por la <rel id="1947310" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacion/32291" tipo="LEGISLAC
Frente al triunfo en primera instancia de la acción de deslinde, apelan los demandados-reconvinientes insistiendo en la inviabilidad de la acción porque, en su opinión, no existía ni existe confusión de linderos, al estar las fincas de ambas partes totalmente delimitadas y separadas por el muro construido por éstos dentro de su parcela en la colindancia común Este-Oeste, por lo que la acción tendría que haber sido la reivindicatoria. No podemos estar de acuerdo y sí co
Se apela por parte de la esposa la medida sobre el régimen de visitas establecido en favor del marido en la sentencia de primera instancia, por considerarlo excesivo, debiendo, en su opinión, de reducirse al inicialmente fijado en el Auto de medidas provisionales previas de separación de 9-7-1997, tratándolo de apoyar especialmente en el informe psicológico. No apreciamos motivos suficientes para revocar la decisión adoptada por el Juzgado. El Auto de medidas de 9-7-1997
Revisado nuevamente el caso en esta segunda instancia, la conclusión que extraemos es la contraria a la de la sentencia apelada. En ésta se consideró que el conductor del autobús ya estaría incorporado al carril en sentido Coruña de la carretera general o vía preferente. Ambos conductores accedían a ella desde la carretera Cambre-Sigras, teniendo sendas señales de Stop. Desconocemos la posición exacta del punto de impacto y, en especial, no disponemos de pruebas para pode
Cuando se trata de daños materiales, no los corporales
que siguen otro régimen. En cuanto al de los materiales, el art. 1 de la Ley de
Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos de Motor se
remite en este tema al art.
La Caja de Ahorros demandante apela la sentencia de
primera instancia en el punto en que desestima su reclamación de intereses
remuneratorios al haberse apreciado prescripción por el transcurso del plazo
legal de cinco años del art.
Juicio de Separación.
Ambos litigantes interponen recurso:
Respecto al interpuesto por el marido, se desestima por las siguientes razones: es cierto que la sentencia de primera instancia no se pronuncia expresamente sobre la desestimación de la reconvención del marido en orden a la petición de pensión compensatoria a su favor, pero no por ello es incongruente, careciendo el defecto de consecuencia alguna en el caso que
Como ya hemos dicho en otros numerosos precedentes, aunque el recurso de apelación en procedimientos judiciales como el actual (Juicio de Cognición) se tramite por alegaciones escritas ante el Juzgado (órgano "a quo"), pertenece ya a la segunda instancia y, por tanto, son costas de apelación.
Es cierto que, según el art.