Jurisprudencia por Fuentes Candelas, Carlos.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Penal
Ponente
Fuentes Candelas, Carlos
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
AP A Coruña
AP - A Coruña
Tribunal Supremo
AP - Pontevedra
Si la Administraciî¢ Pç»lica es la ä½ica parte demandada, los tribunales competentes serç£ los del orden contencioso administrativo.
Se desestima el recurso.
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
OTRAS MATERIAS MERCANTIL
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
En el presente caso, y dado el escaso sueldo de la esposa, del orden de las 50.000 pesetas mensuales, as! como los dos hijos menores que tiene bajo su custodia, se considera necesario y conveniente que el marido, que gana unas 90.000 pesetas mensuales por su trabajo de empleado de Supermercados, con algún otro ingreso esporádico (y, seguramente, poco significativo) por sus colaboraciones en actividades de promoción artística de bajo nivel, sea quien afronte el pago de la
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
La ejecutante, al contestar a la demanda de tercería, se opuso con fundamento en la simulación absoluta del contrato de compraventa esgrimido como título por el tercenista. Aunque dice hacerlo como excepci6n, en realidad se trató de una reconvenci6n en tanto que pretendió del Juzgado un pronunciamiento expreso de nulidad del título de compraventa (como as! obtuvo en la sentencia apelada), y no solo la desestimación de la tercería (por inexistencia del negocio jurídico deb
Si la Administraciî¢ Pç»lica es la ä½ica parte demandada, los tribunales competentes serç£ los del orden contencioso administrativo.
Se desestima el recurso.
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
OTRAS MATERIAS MERCANTIL
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
En el presente caso, y dado el escaso sueldo de la esposa, del orden de las 50.000 pesetas mensuales, as! como los dos hijos menores que tiene bajo su custodia, se considera necesario y conveniente que el marido, que gana unas 90.000 pesetas mensuales por su trabajo de empleado de Supermercados, con algún otro ingreso esporádico (y, seguramente, poco significativo) por sus colaboraciones en actividades de promoción artística de bajo nivel, sea quien afronte el pago de la
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
La ejecutante, al contestar a la demanda de tercería, se opuso con fundamento en la simulación absoluta del contrato de compraventa esgrimido como título por el tercenista. Aunque dice hacerlo como excepci6n, en realidad se trató de una reconvenci6n en tanto que pretendió del Juzgado un pronunciamiento expreso de nulidad del título de compraventa (como as! obtuvo en la sentencia apelada), y no solo la desestimación de la tercería (por inexistencia del negocio jurídico deb