Jurisprudencia sobre Falta de legitimación pasiva.
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Sociedad de responsabilidad limitada
Daños y perjuicios
Falta de legitimación pasiva
Subrogación
Asegurador
Ponente
Cremades Morant, Juan Bautista
Duro Ventura, Cesareo Francisco
Gomis Masque, Maria Dels Angels
Gutierrez Sanchez, Juan Vicente
Marin Castan, Francisco
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Acuerdo de Sala
Conclusiones
Desestimación del recurso de casación porque la recurrente interpuso el recurso de apelación sin tener gravamen, pues la sentencia de primera instancia le fue completamente favorable. No constituye gravamen la discrepancia con los argumentos empleados por la sentencia de quien ha obtenido una sentencia plenamente favorable.
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
INEXISTENCIA Y NULIDAD DE CONTRATOS
El principio de la relatividad de los contratos y sus excepciones. La exigencia del ejercicio de los derechos con arreglo al principio de la buena fe y la doctrina de los actos propios. El principio de congruencia de las sentencias se proyecta sobre las pretensiones no sobre los argumentos. La legitimación procesal es susceptible de examen por el cauce del recurso extraordinario por infracción procesal y por la vía del recurso de casación. El momento procesalmente relevante a los efectos de
CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACION
Desestimación del recurso de casación porque la recurrente interpuso el recurso de apelación sin tener gravamen, pues la sentencia de primera instancia le fue completamente favorable. No constituye gravamen la discrepancia con los argumentos empleados por la sentencia de quien ha obtenido una sentencia plenamente favorable.
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
INEXISTENCIA Y NULIDAD DE CONTRATOS
El principio de la relatividad de los contratos y sus excepciones. La exigencia del ejercicio de los derechos con arreglo al principio de la buena fe y la doctrina de los actos propios. El principio de congruencia de las sentencias se proyecta sobre las pretensiones no sobre los argumentos. La legitimación procesal es susceptible de examen por el cauce del recurso extraordinario por infracción procesal y por la vía del recurso de casación. El momento procesalmente relevante a los efectos de
CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACION