Jurisprudencia sobre Falta de jurisdicción.
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Falta de jurisdicción
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Error en la valoración de la prueba
Práctica de la prueba
Ponente
Carapeto Y Marquez De Prado, Carlos Jesus
Feliu Morell, Maria Jose
Juanes Fraga, Enrique
Torres Andres, Juan Miguel
Ventura Faci, Ramiro Jose
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Acuerdo de sala
Falta de jurisdicción. Convocatoria para la provisión de plazas vacantes de auxiliares de enfermería por concurso de traslado. La falta de jurisdicción transciende a la cuestión de fondo y determina que la resolución sea impugnable en casación. Estimación.
La AP estima la falta de jurisdicción por razón de materia. La Sala señala que no cabe sino apreciar la falta de jurisdicción dada la radical modificación operada en el tratamiento de estos problemas por la normativa citada, en cuanto no se aprecia aplicable la doctrina hasta este momento dominante de la " vis atractiva " de la jurisdicción civil cuando subyace una hipotética responsabilidad patrimonial de personal al servicio de la Administración.
La cuestión debatida en suplicación consiste en determinar si entre las partes existe relación laboral, como pretende el demandante en su demanda, o, por el contrario, se trata de una relación mercantil, un contrato de agencia, como sostienen la demandada y el juzgador de instancia en la sentencia recurrida. El TSJ mantiene este pronunciamiento que declara la falta de jurisdicción, al desestimar el recurso interpuesto por el interesado pues, entre otros motivos, no se apre
Se desestima el Recurso de Apelación contra el Auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Lleida, sobre falta de jurisdicción.
El recurrente interpone recurso de apelación contra el Auto que declara la falta de jurisdicción del orden contencioso administrativo por pretenderse impugnar resoluciones jurisdiccionales dictadas por un Juzgado del orden civil. Como afirma la resolución apelada, no estamos ante ningún acto de ninguna Administración Pública, si
Se estima el Recurso de Apelación contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Lliria, sobre incompetencia de jurisdicción.
Entiende la actora que la sentencia de instancia es nula, por no haberle dado audiencia en relación a la incompetencia de jurisdicción planteada por el demandado y decretada de oficio, lo que le provocó indefensión. Se debió dar audiencia no sólo a las partes y, en concreto, a la actora, sino también al Ministerio Fiscal. Omitidas
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Falta de jurisdicción. Convocatoria para la provisión de plazas vacantes de auxiliares de enfermería por concurso de traslado. La falta de jurisdicción transciende a la cuestión de fondo y determina que la resolución sea impugnable en casación. Estimación.
La AP estima la falta de jurisdicción por razón de materia. La Sala señala que no cabe sino apreciar la falta de jurisdicción dada la radical modificación operada en el tratamiento de estos problemas por la normativa citada, en cuanto no se aprecia aplicable la doctrina hasta este momento dominante de la " vis atractiva " de la jurisdicción civil cuando subyace una hipotética responsabilidad patrimonial de personal al servicio de la Administración.
La cuestión debatida en suplicación consiste en determinar si entre las partes existe relación laboral, como pretende el demandante en su demanda, o, por el contrario, se trata de una relación mercantil, un contrato de agencia, como sostienen la demandada y el juzgador de instancia en la sentencia recurrida. El TSJ mantiene este pronunciamiento que declara la falta de jurisdicción, al desestimar el recurso interpuesto por el interesado pues, entre otros motivos, no se apre
Se desestima el Recurso de Apelación contra el Auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Lleida, sobre falta de jurisdicción.
El recurrente interpone recurso de apelación contra el Auto que declara la falta de jurisdicción del orden contencioso administrativo por pretenderse impugnar resoluciones jurisdiccionales dictadas por un Juzgado del orden civil. Como afirma la resolución apelada, no estamos ante ningún acto de ninguna Administración Pública, si
Se estima el Recurso de Apelación contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Lliria, sobre incompetencia de jurisdicción.
Entiende la actora que la sentencia de instancia es nula, por no haberle dado audiencia en relación a la incompetencia de jurisdicción planteada por el demandado y decretada de oficio, lo que le provocó indefensión. Se debió dar audiencia no sólo a las partes y, en concreto, a la actora, sino también al Ministerio Fiscal. Omitidas
MATERIAS NO ESPECIFICADAS