Jurisprudencia sobre Error material.

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Sentencia-Auto Contencioso-Administrativo TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 4, Rec 104/2015, 21-09-2016

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: TAMAMES PRIETO-CASTRO, LAURA



PRIMERO: Por Sentencia de 09 de junio de 2016 recaída en las presentes actuaciones se acordó en el FALLO en relación con los intereses y la fórmula de cálculo, la remisión al FUNDAMENTO DE DERECHOSEXTO.En el cuerpo de la Sentencia se resuelve la cuestión del cálculo de los intereses en el FUNDAMENTO DE DERECHOQUINTO.Por la entidad AREA NORTE SOCIEDAD COOPERATIVA MADRILEÑA DE VIVIENDAS, se ha puesto de manifiesto dicho error material y se solicita se aclare la
Sentencia CIVIL Nº 287/2020, AP - Valencia, Sec. 9, Rec 1295/2019, 04-03-2020

Orden: Civil


Tribunal: AP - Valencia


Ponente: PEDREIRA GONZALEZ, ANTONIO


Nº de sentencia: 287/2020



PRIMERO.- La Sentencia objeto de la presente apelación estima la demanda formulada por la representación procesal de Don Florentino y Doña Rosa , en ejercicio de acciones de nulidad de condición general de la contratación y condena al reintegro de las cantidades indebidamente cobradas, en relación a un pacto ('gastos a cargo de la parte deudora') inserto en escritura de préstamo hipotecario, otorgada el 22 de junio de 2012, todo ello en los términos que han quedado reproducidos en el primero
Auto Contencioso-Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 348/2015, 26-09-2019

Orden: Administrativo


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: CUDERO BLAS, JESUS



NO HA LUGAR AL INCIDENTE DE NULIDAD DE ACTUACIONES PLANTEADO.

Sentencia-Auto SOCIAL TSJ Extremadura, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 162/2014, 21-07-2014

Orden: Social


Tribunal: TSJ Extremadura


Ponente: CANO MURILLO, ALICIA



DESPIDO OBJETIVO

Sentencia SOCIAL Nº 4912/2019, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2436/2019, 15-10-2019

Orden: Social


Tribunal: TSJ Cataluña


Ponente: SANCHEZ BURRIEL, MIGUEL ANGEL


Nº de sentencia: 4912/2019



PRIMERO.- Contra la sentencia de instancia que desestimó la demanda formulada por el demandante Mauricio contra la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social, dictada en expediente de revisión por mejoría, que le declaró que no se encontraba afecto de ningún grado de incapacidad, interpone el actor recurso de suplicación que articula en base a dos motivos que tienen por objeto: i) la revisión de los hechos probados en la sentencia recurrida al amparo de lo dispuesto en el apart
Sentencia-Auto SOCIAL TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 2, Rec 1256/2019, 31-08-2020

Orden: Social


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: MOREIRAS CABALLERO, MIGUEL



UNICO.- En el escrito de ALEGACIONES presentado por la Letrada de la empresa demandada frente a las pretensiones de aclaración de la sentencia antes mencionada por el demandante se dice textualmente: 'ALEGACIONES ÚNICO. - Inexistencia de error alguno en el Fallo de la Sentencia que requiera su corrección, subsanación o aclaración.1. Debemos oponernos a la solicitud de corrección sentencia realizada por la parte actora, solicitando su desestimación, en tanto que la Sentencia no ha cometid
Sentencia-Auto Contencioso-Administrativo AN, Sala de lo Contencioso, Sec. 4, Rec 666/2015, 16-10-2018

Orden: Administrativo


Tribunal: Audiencia Nacional


Ponente: GANDARILLAS MARTOS, MIGUEL DE LOS SANTOS



Materia: OTRAS MATERIAS

Sentencia-Auto SOCIAL TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 89/2017, 16-10-2017

Orden: Social


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: DE ORO-PULIDO SANZ, JOSE IGNACIO



ÚNICO. - El artículo 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial dispone: '1. Los Tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan.2. Las aclaraciones a que se refiere el apar
Sentencia Penal Nº 41/2020, AP - Madrid, Sec. 30, Rec 8/2020, 24-01-2020

Orden: Penal


Tribunal: AP - Madrid


Ponente: MARTIN MEIZOSO, CARLOS


Nº de sentencia: 41/2020



Primero: El apelante sostiene que ha sufrido indefensión y vulneración de su derecho a la tutela judicial efectiva, por quebrantamiento de las normas y garantías procesales. En concreto de los artículos 161 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 24.1 y 9.3 de la Consti
Sentencia-Auto Contencioso-Administrativo AN, Sala de lo Contencioso, Sec. 4, Rec 1951/2011, 19-09-2012

Orden: Administrativo


Tribunal: Audiencia Nacional


Ponente: SANGÜESA CABEZUDO, ANA MARIA



PRIMERO.-El artículo 267.1 de la LOPJ , establece que 'Los tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan',El Tribunal Constitucional, en relación al este princ

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Sentencia-Auto Contencioso-Administrativo TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 4, Rec 104/2015, 21-09-2016

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: TAMAMES PRIETO-CASTRO, LAURA



PRIMERO: Por Sentencia de 09 de junio de 2016 recaída en las presentes actuaciones se acordó en el FALLO en relación con los intereses y la fórmula de cálculo, la remisión al FUNDAMENTO DE DERECHOSEXTO.En el cuerpo de la Sentencia se resuelve la cuestión del cálculo de los intereses en el FUNDAMENTO DE DERECHOQUINTO.Por la entidad AREA NORTE SOCIEDAD COOPERATIVA MADRILEÑA DE VIVIENDAS, se ha puesto de manifiesto dicho error material y se solicita se aclare la
Sentencia CIVIL Nº 287/2020, AP - Valencia, Sec. 9, Rec 1295/2019, 04-03-2020

Orden: Civil


Tribunal: AP - Valencia


Ponente: PEDREIRA GONZALEZ, ANTONIO


Nº de sentencia: 287/2020



PRIMERO.- La Sentencia objeto de la presente apelación estima la demanda formulada por la representación procesal de Don Florentino y Doña Rosa , en ejercicio de acciones de nulidad de condición general de la contratación y condena al reintegro de las cantidades indebidamente cobradas, en relación a un pacto ('gastos a cargo de la parte deudora') inserto en escritura de préstamo hipotecario, otorgada el 22 de junio de 2012, todo ello en los términos que han quedado reproducidos en el primero
Auto Contencioso-Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 348/2015, 26-09-2019

Orden: Administrativo


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: CUDERO BLAS, JESUS



NO HA LUGAR AL INCIDENTE DE NULIDAD DE ACTUACIONES PLANTEADO.

Sentencia-Auto SOCIAL TSJ Extremadura, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 162/2014, 21-07-2014

Orden: Social


Tribunal: TSJ Extremadura


Ponente: CANO MURILLO, ALICIA



DESPIDO OBJETIVO

Sentencia SOCIAL Nº 4912/2019, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2436/2019, 15-10-2019

Orden: Social


Tribunal: TSJ Cataluña


Ponente: SANCHEZ BURRIEL, MIGUEL ANGEL


Nº de sentencia: 4912/2019



PRIMERO.- Contra la sentencia de instancia que desestimó la demanda formulada por el demandante Mauricio contra la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social, dictada en expediente de revisión por mejoría, que le declaró que no se encontraba afecto de ningún grado de incapacidad, interpone el actor recurso de suplicación que articula en base a dos motivos que tienen por objeto: i) la revisión de los hechos probados en la sentencia recurrida al amparo de lo dispuesto en el apart
Sentencia-Auto SOCIAL TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 2, Rec 1256/2019, 31-08-2020

Orden: Social


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: MOREIRAS CABALLERO, MIGUEL



UNICO.- En el escrito de ALEGACIONES presentado por la Letrada de la empresa demandada frente a las pretensiones de aclaración de la sentencia antes mencionada por el demandante se dice textualmente: 'ALEGACIONES ÚNICO. - Inexistencia de error alguno en el Fallo de la Sentencia que requiera su corrección, subsanación o aclaración.1. Debemos oponernos a la solicitud de corrección sentencia realizada por la parte actora, solicitando su desestimación, en tanto que la Sentencia no ha cometid
Sentencia-Auto Contencioso-Administrativo AN, Sala de lo Contencioso, Sec. 4, Rec 666/2015, 16-10-2018

Orden: Administrativo


Tribunal: Audiencia Nacional


Ponente: GANDARILLAS MARTOS, MIGUEL DE LOS SANTOS



Materia: OTRAS MATERIAS

Sentencia-Auto SOCIAL TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 89/2017, 16-10-2017

Orden: Social


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: DE ORO-PULIDO SANZ, JOSE IGNACIO



ÚNICO. - El artículo 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial dispone: '1. Los Tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan.2. Las aclaraciones a que se refiere el apar
Sentencia Penal Nº 41/2020, AP - Madrid, Sec. 30, Rec 8/2020, 24-01-2020

Orden: Penal


Tribunal: AP - Madrid


Ponente: MARTIN MEIZOSO, CARLOS


Nº de sentencia: 41/2020



Primero: El apelante sostiene que ha sufrido indefensión y vulneración de su derecho a la tutela judicial efectiva, por quebrantamiento de las normas y garantías procesales. En concreto de los artículos 161 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 24.1 y 9.3 de la Consti
Sentencia-Auto Contencioso-Administrativo AN, Sala de lo Contencioso, Sec. 4, Rec 1951/2011, 19-09-2012

Orden: Administrativo


Tribunal: Audiencia Nacional


Ponente: SANGÜESA CABEZUDO, ANA MARIA



PRIMERO.-El artículo 267.1 de la LOPJ , establece que 'Los tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan',El Tribunal Constitucional, en relación al este princ

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