Jurisprudencia sobre Enfermedad profesional.
Filtros
Voces
Enfermedad profesional
Accidente laboral
Incapacidad temporal
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Incapacidad permanente total
Orden
Social
Supranacional
Constitucional
Ponente
Martin Morillo, Jesus Maria
Colino Rey, Adolfo Matias
Perez Sibon, Maria Del Carmen
Gan Busto, Maria Del Mar
Palos Peñarroya, Ignacio Maria
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
INCAPACIDAD PERMANENTE
PRIMERO.- La sentencia del juzgado de lo social ha desestimado la demanda en la que D. Bienvenido solicita se declare que la contingencia rectora de su proceso de incapacidad temporal iniciado el 02/10/2017 por epicondilitis es profesional, y ha confirmado judicialmente la resolución del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de 29/06/2018 que declaró que dicho periodo de incapacidad temporal es imputable a contingencia de enfermedad común.
PRIMERO.- Don Jose Francisco interpuso demanda de reclamación de daños derivados del incumplimiento empresarial en materia de protección de riesgos laborales, pretensión dirigida frente a la empresa Club Deportivo Fortuna Kirol Elkartea (Club Deportivo Fortuna), y la compañía aseguradora Markel Internacional Insurance Company Limited (en adelante la aseguradora), interesando la condena de las demandadas al abono de 98.839,72 euros.
INCAPACIDAD PERMANENTE
PRIMERO.- La sentencia del juzgado de lo social ha desestimado la demanda en la que D. Bienvenido solicita se declare que la contingencia rectora de su proceso de incapacidad temporal iniciado el 02/10/2017 por epicondilitis es profesional, y ha confirmado judicialmente la resolución del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de 29/06/2018 que declaró que dicho periodo de incapacidad temporal es imputable a contingencia de enfermedad común.
PRIMERO.- Don Jose Francisco interpuso demanda de reclamación de daños derivados del incumplimiento empresarial en materia de protección de riesgos laborales, pretensión dirigida frente a la empresa Club Deportivo Fortuna Kirol Elkartea (Club Deportivo Fortuna), y la compañía aseguradora Markel Internacional Insurance Company Limited (en adelante la aseguradora), interesando la condena de las demandadas al abono de 98.839,72 euros.