Jurisprudencia sobre Despido procedente.
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Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Condena
Orden
Social
Constitucional
Supranacional
Ponente
Diaz Alonso, Maria Elena
Juanes Fraga, Enrique
Lluch Corell, Francisco Javier
Garcia Alarcon, Maria Virginia
Bosch Salas, Francisco
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
El TS desestima el recurso de revisión interpuesto por el recurrente. Manifiesta la Sala que en el presente caso la sentencia absolutoria del Juzgado, se fundamenta en que existen dudas de la prueba a valorar en dicho juicio sobre la finalidad de los abonos realizados, además de no resultar concretada la cantidad exacta ni las ocasiones y fechas en que se realizaron los pagos que sostiene la acusación pública como practicados, lo que hace aflorar el principio in dubio pro reo, l
El TS confirma la procedencia de despido de trabajador actor en el proceso, al desestimar el recurso interpuesto por este por falta de contradicción entre las sentencias comparadas. Declara la Sala que, no hay identidad de controversias en suplicación porque, de entrada, solamente sería posible apreciarla en lo que se refiere a la calificación del despido, bien como procedente o como improcedente, si se tiene en cuenta que la demanda de la sentencia de contraste no solicitaba
El TSJ estima en parte el recurso interpuesto por la trabajadora actora, revocando en parte la sentencia recurrida, en el sentido de declarar nulo su despido y condenando a la empresa demandada a la inmediata readmisión en las mismas condiciones. El recurso insiste en la falta de concreción de la causa y, ciertamente, la misma es inadecuada para permitir a la trabajadora conocer los verdaderos motivos de la decisión. Sucede, además, que la norma convencional a la que la empresa
El TS desestima el recurso de revisión interpuesto por el recurrente. Manifiesta la Sala que en el presente caso la sentencia absolutoria del Juzgado, se fundamenta en que existen dudas de la prueba a valorar en dicho juicio sobre la finalidad de los abonos realizados, además de no resultar concretada la cantidad exacta ni las ocasiones y fechas en que se realizaron los pagos que sostiene la acusación pública como practicados, lo que hace aflorar el principio in dubio pro reo, l
El TS confirma la procedencia de despido de trabajador actor en el proceso, al desestimar el recurso interpuesto por este por falta de contradicción entre las sentencias comparadas. Declara la Sala que, no hay identidad de controversias en suplicación porque, de entrada, solamente sería posible apreciarla en lo que se refiere a la calificación del despido, bien como procedente o como improcedente, si se tiene en cuenta que la demanda de la sentencia de contraste no solicitaba
El TSJ estima en parte el recurso interpuesto por la trabajadora actora, revocando en parte la sentencia recurrida, en el sentido de declarar nulo su despido y condenando a la empresa demandada a la inmediata readmisión en las mismas condiciones. El recurso insiste en la falta de concreción de la causa y, ciertamente, la misma es inadecuada para permitir a la trabajadora conocer los verdaderos motivos de la decisión. Sucede, además, que la norma convencional a la que la empresa