Jurisprudencia sobre Derecho de superficie.
Filtros
Voces
Derecho de superficie
Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Ordenación del territorio
Catastro
Sociedad de responsabilidad limitada
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Orden
Administrativo
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
Marin Castan, Francisco
Lopez De Hontanar Sanchez, Juan Francisco
Navarro Sanchis, Francisco Jose
Canabal Conejos, Francisco Javier
Ruiz Ballesteros, Daniel
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
La AP acoge en parte el recurso de apelación interpuesto por la representación del demandado. La Sala señala que la falta de contrato escrito, pese a la alusión que se hace en el contrato adicional, que, como ocurrió con éste, habría de ser confeccionado por RENFE como concedente, determinó las dudas de hecho y de derecho en cuanto a la pretensión ejercitada por la actora.
La AP estima en parte el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala señala que la servidumbre de luces y vistas se produce entre edificaciones o entre una edificación y la finca vecina- aunque no esté edificada-, pero no entre jardines, por lo que la sentencia ha de limitarse a acordar el cierre de las barandas practicadas en las plantas primera y segunda y en la planta baja, en aquello que constituyan elementos edificativos.
La AP estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la actora. La Sala señala que se acogerá en consecuencia parcialmente el recurso formulado, condenando a la entidad demandada a que abone al actor la suma determinada, suma que devengará los intereses en función de los daños acreditados.
OTRAS MATERIAS MATRIMONIALES
Recuerda la Sala que en el caso de pretenderse una declaración de exención, es reiterada la jurisprudencia que señala que para determinar la cuantía hay que estar al resultado de multiplicar por 10 el importe de la cuota, según lo previsto en regla 6ª del artículo 489
La Sala desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución del TEAR que desestimó la reclamación económico administrativa planteada contra liquidación tributaria que suprimía la deducción practicada por el contribuyente como consecuencia de adquisición de vivienda habitual. Conforme a reiterada doctrina tributaria seguida por la jurisprudencia mayoritaria de los Tribunales Superiores de Justicia los beneficios fiscales relacionados con la residencia habitual del con
La AP acoge en parte el recurso de apelación interpuesto por la representación del demandado. La Sala señala que la falta de contrato escrito, pese a la alusión que se hace en el contrato adicional, que, como ocurrió con éste, habría de ser confeccionado por RENFE como concedente, determinó las dudas de hecho y de derecho en cuanto a la pretensión ejercitada por la actora.
La AP estima en parte el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala señala que la servidumbre de luces y vistas se produce entre edificaciones o entre una edificación y la finca vecina- aunque no esté edificada-, pero no entre jardines, por lo que la sentencia ha de limitarse a acordar el cierre de las barandas practicadas en las plantas primera y segunda y en la planta baja, en aquello que constituyan elementos edificativos.
La AP estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la actora. La Sala señala que se acogerá en consecuencia parcialmente el recurso formulado, condenando a la entidad demandada a que abone al actor la suma determinada, suma que devengará los intereses en función de los daños acreditados.
OTRAS MATERIAS MATRIMONIALES
Recuerda la Sala que en el caso de pretenderse una declaración de exención, es reiterada la jurisprudencia que señala que para determinar la cuantía hay que estar al resultado de multiplicar por 10 el importe de la cuota, según lo previsto en regla 6ª del artículo 489
La Sala desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución del TEAR que desestimó la reclamación económico administrativa planteada contra liquidación tributaria que suprimía la deducción practicada por el contribuyente como consecuencia de adquisición de vivienda habitual. Conforme a reiterada doctrina tributaria seguida por la jurisprudencia mayoritaria de los Tribunales Superiores de Justicia los beneficios fiscales relacionados con la residencia habitual del con