Jurisprudencia sobre Delito de robo.
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Sentido del fallo
Desestima
Estima
Condena
Estima parcialmente
Absuelve
Orden
Penal
Constitucional
Supranacional
Ponente
Iglesias Martin, Jose Carlos
Pelluz Robles, Luis Carlos
Fraile Coloma, Carlos Francisco
Guitart Peñafiel, Maria Sagrario
Sanchez Trujillano, Jose Luis
ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS
Delito de ROBO,Se condena a JOSE MANUEL R como autor responsable de un delito de Robo a la pena de UN Aï¾O DE PRISION MENOR, accesorias y costas.
Se considera correcta la valoración fáctico-jurídica y la conclusión condenatoria de la Resolución apelada del Juzgado de Menores. En el recurso se viene a sostener que la condena se basa, exclusivamente, en la confesión del menor ante la Policía, posteriormente negada judicialmente. La doctrina reseñada en el Fundamento de Derecho 1° de la Resolución apelada, al margen de algunas inexactitudes en la cita correcta de las sentencias del Tribunal Constitucional, se predica
El Ministerio Fiscal acusó y el Juzgado de lo Penal
condenó a la apelante como autora de un "delito de robo con violencia e
intimidación ejecutado con uso de armas" (subtipo agravado) de los arts
237 y 242-1° y 2° del
Del delito y de la falta son responsables en concepto de
autores los acusados MARIA TRINIDAD G y JOSE ANTONIO G (art.
El recurso se fundamenta en error en la valoración de las pruebas por parte del juzgador de instancia. Revisado de nuevo el caso, el Tribunal no advierte motivos para alterar la valoración probatoria y conclusiones fáctico-jurídicas reflejadas en la sentencia apelada.Los acusados fueron vistos allí, como integrantes del grupo que entró en el vehículo, y a uno de ellos se le ocupó encima el adaptador o cargador del teléfono del coche, lo que establece una perfecta vinculac
Delito de robo con violencia y lesiones.El Ministerio
Fiscal en sus conclusiones definitivas calificó los hechos como constitutivos
de un delito de robo con intimidación, previsto y penado en el art. 237 y
242.1° y 2° y de un delito de lesiones previsto en el art. 147 y
Entre los meses de diciembre 97 y enero 98, los acusados GENARO y MANUEL, ambos mayores de edad y sin que consten sus antecedentes penales, puestos de común acuerdo y con intención de beneficiarse ilícitamente, cometieron los siguientes hechos: A) Sobre las 16 00 horas del día 20 de diciembre de 1997, se dirigieron al supermercado DIA de la localidad de Ordenes y mientras Barreiro esperaba al volante del vehículo de su propiedad, un Seat Toledo Romero entró en dicho super
De los tres recursos interpuestos contra la sentencia
dictada por el Juzgado de lo Penal se comenzará por el estudio del evacuado por
la representación del acusado, en solicitud de la aplicación de la
circunstancia de embriaguez no habitual del art.
Sobre ROBO CON VIOLENCIA y FALTA DE LESIONES. El encartado condenado en 37 sentencias firmes, entre otras la de 3 de junio de 1997, por delito de robo; la sentencia del Juzgado aprecia congruentemente la circunstancia agravante de reincidencia (art. 22-8ª) y, calificados los hechos como ilícito de los artículos 237 y 242 párrafos primero y tercero, impone la pena de un año y un día de prisión. Procede, en definitiva, el acogimiento del recurso analizado con correlativa mo
ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS
Delito de ROBO,Se condena a JOSE MANUEL R como autor responsable de un delito de Robo a la pena de UN Aï¾O DE PRISION MENOR, accesorias y costas.
Se considera correcta la valoración fáctico-jurídica y la conclusión condenatoria de la Resolución apelada del Juzgado de Menores. En el recurso se viene a sostener que la condena se basa, exclusivamente, en la confesión del menor ante la Policía, posteriormente negada judicialmente. La doctrina reseñada en el Fundamento de Derecho 1° de la Resolución apelada, al margen de algunas inexactitudes en la cita correcta de las sentencias del Tribunal Constitucional, se predica
El Ministerio Fiscal acusó y el Juzgado de lo Penal
condenó a la apelante como autora de un "delito de robo con violencia e
intimidación ejecutado con uso de armas" (subtipo agravado) de los arts
237 y 242-1° y 2° del
Del delito y de la falta son responsables en concepto de
autores los acusados MARIA TRINIDAD G y JOSE ANTONIO G (art.
El recurso se fundamenta en error en la valoración de las pruebas por parte del juzgador de instancia. Revisado de nuevo el caso, el Tribunal no advierte motivos para alterar la valoración probatoria y conclusiones fáctico-jurídicas reflejadas en la sentencia apelada.Los acusados fueron vistos allí, como integrantes del grupo que entró en el vehículo, y a uno de ellos se le ocupó encima el adaptador o cargador del teléfono del coche, lo que establece una perfecta vinculac
Delito de robo con violencia y lesiones.El Ministerio
Fiscal en sus conclusiones definitivas calificó los hechos como constitutivos
de un delito de robo con intimidación, previsto y penado en el art. 237 y
242.1° y 2° y de un delito de lesiones previsto en el art. 147 y
Entre los meses de diciembre 97 y enero 98, los acusados GENARO y MANUEL, ambos mayores de edad y sin que consten sus antecedentes penales, puestos de común acuerdo y con intención de beneficiarse ilícitamente, cometieron los siguientes hechos: A) Sobre las 16 00 horas del día 20 de diciembre de 1997, se dirigieron al supermercado DIA de la localidad de Ordenes y mientras Barreiro esperaba al volante del vehículo de su propiedad, un Seat Toledo Romero entró en dicho super
De los tres recursos interpuestos contra la sentencia
dictada por el Juzgado de lo Penal se comenzará por el estudio del evacuado por
la representación del acusado, en solicitud de la aplicación de la
circunstancia de embriaguez no habitual del art.
Sobre ROBO CON VIOLENCIA y FALTA DE LESIONES. El encartado condenado en 37 sentencias firmes, entre otras la de 3 de junio de 1997, por delito de robo; la sentencia del Juzgado aprecia congruentemente la circunstancia agravante de reincidencia (art. 22-8ª) y, calificados los hechos como ilícito de los artículos 237 y 242 párrafos primero y tercero, impone la pena de un año y un día de prisión. Procede, en definitiva, el acogimiento del recurso analizado con correlativa mo