Jurisprudencia sobre Delito de apropiación indebida.
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Delito de apropiación indebida
Apropiación indebida
Presunción de inocencia
Valoración de la prueba
Práctica de la prueba
Orden
Penal
Constitucional
Supranacional
Ponente
Marchena Gomez, Manuel
Colmenero Menendez De Luarca, Miguel
Martinez Arrieta, Andres
Berdugo Gomez De La Torre, Juan Ramon
Sanchez Melgar, Julian Artemio
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de sala
Acuerdo de Sala
APROPIACIÓN INDEBIDA (TODOS LOS SUPUESTOS)
APROPIACIÓN INDEBIDA (TODOS LOS SUPUESTOS)
ESTAFA (TODOS LOS SUPUESTOS)
Se declara probado que a finales de diciembre de 1996, Josefa S, propietaria del bajo nº de la calle P de La Coruña, destinado a bodega bar, entregó las llaves y arrendó el local al acusado José-Luis A, mayor de edad, sin antecedentes penales, con el siguiente mobiliario: un mostrador con encimera de mármol y espejos, dos mesas de hierro con tapa de mármol, un frigorífico, una máquina de café de dos brazos, un molinillo de café y una vajilla, cuyas demás circunstancias n
APROPIACIÓN INDEBIDA (TODOS LOS SUPUESTOS)
APROPIACIÓN INDEBIDA (TODOS LOS SUPUESTOS)
Se aceptan los hechos probados de la sentencia apelada, con el añadido que se reseña en el párrafo 3, siendo del tenor literal siguiente:En la liquidación efectuada, la empresa IG. resultó adeudarle 106.000 pesetas, a mayores de las 300.000 pesetas que retuvo.y hacerse con una empresa GALPE S.A., despojando a IG. La no existencia de previa liquidación, como reseña claramente la sentencia del Tribunal Supremo de 2.3.1992, no necesariamente impl
APROPIACIÓN INDEBIDA (TODOS LOS SUPUESTOS)
HURTO - ROBO DE USO DE VEHÍCULOS
APROPIACIÓN INDEBIDA (TODOS LOS SUPUESTOS)
APROPIACIÓN INDEBIDA (TODOS LOS SUPUESTOS)
ESTAFA (TODOS LOS SUPUESTOS)
Se declara probado que a finales de diciembre de 1996, Josefa S, propietaria del bajo nº de la calle P de La Coruña, destinado a bodega bar, entregó las llaves y arrendó el local al acusado José-Luis A, mayor de edad, sin antecedentes penales, con el siguiente mobiliario: un mostrador con encimera de mármol y espejos, dos mesas de hierro con tapa de mármol, un frigorífico, una máquina de café de dos brazos, un molinillo de café y una vajilla, cuyas demás circunstancias n
APROPIACIÓN INDEBIDA (TODOS LOS SUPUESTOS)
APROPIACIÓN INDEBIDA (TODOS LOS SUPUESTOS)
Se aceptan los hechos probados de la sentencia apelada, con el añadido que se reseña en el párrafo 3, siendo del tenor literal siguiente:En la liquidación efectuada, la empresa IG. resultó adeudarle 106.000 pesetas, a mayores de las 300.000 pesetas que retuvo.y hacerse con una empresa GALPE S.A., despojando a IG. La no existencia de previa liquidación, como reseña claramente la sentencia del Tribunal Supremo de 2.3.1992, no necesariamente impl
APROPIACIÓN INDEBIDA (TODOS LOS SUPUESTOS)
HURTO - ROBO DE USO DE VEHÍCULOS