Jurisprudencia sobre Convenio colectivo de empresa.
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Filtros
Orden
Social
Supranacional
Constitucional
Ponente
Hernandez Vitoria, Maria Jose
Calvo Ibarlucea, Milagros
Viroles Piñol, Rosa Maria
Moralo Gallego, Sebastian
Gonzalez Viñas, Jose Manuel
Tipo de sentencia
Sentencia
Acuerdo de Sala
Auto
Auto aclaratorio
Tribunal
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Convenio colectivo de empresa
Sentencia Supranacional Nº C-113/92, C-114/92, C-156/92, TJUE, 15-12-1993
Peticiones de decisión prejudicial: Tribunal du travail de Charleroi y Tribunal du travail de Bruxelles - Bélgica. # Seguridad Social de los trabajadores migrantes - Pensiones de jubilación - Cálculo de las prestaciones - Normas nacionales que prohíben la acumulación.
Sentencia Social TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 292/2014, 29-09-2015
Conflicto colectivo. Empresa Pública de Emergencias Sanitarias de Junta de Andalucía. Días de permisos retribuídos por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de familiar: se confirma lo resuelto en la instancia cuya sentencia estima parcialmente la demanda aplicando el convenio colectivo al respecto y manteniéndose el ambito provincial como límite de ampliación del incremento de la duración de tales permisos.
Sentencia Social Nº 107/2013, AN, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 130/2013, 29-05-2013
Declara que el convenio de empresa está legitimado para introducir una tablas salariales inferiores a las del sector, pero no puede retrotraer sus efectos a un período previo, en el que los salarios ya estaban devengados al precio precedente.
Sentencia SOCIAL Nº 1374/2017, TSJ Pais Vasco, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1138/2017, 13-06-2017
PRIMERO.- La instancia ha dictado Sentencia en la que ha estimado la demanda que D. Ovidio dirigió, en reclamación de extinción de contrato, frente a la empresa 'ARALUCE, S.A.U.' y ha declarado el derecho del demandante a ser indemnizado por la extinción de su contrato de trabajo con efectos del 23 de agosto de 2016, condenando a la demandada a abonarle una indemnización de 29.968,40 euros.Frente a esta Sentencia se alza en suplicación la empresa 'ARALUCE, S.A.U.', dirigiendo frente
Sentencia Social Nº 3603/2016, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2187/2016, 07-06-2016
PRIMERO.- Reitera el trabajador recurrente su derecho a percibir la cantidad de 7.449,59 euros (incrementada en un 10% por mora) 'en concepto de premio de Jubilación', conforme a lo acordado por el Pleno de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de empresa de 14 de septiembre de 2007; oponiendo a lo judicialmente razonado (en el sentido de que con el mismo se 'pretende incentivar, única y exclusivamente, a aquéllos que voluntariamente den por finalizada su actividad profesional media
Sentencia SOCIAL Nº 254/2018, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 458/2016, 07-03-2018
Reclamación del premio de antigüedad establecido en el V Convenio Colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos. Solicitud planteada cuando había transcurrido el plazo de dos meses previsto en la Resolución administrativa reconociéndolo, pero dentro del plazo de un año previsto en el Estatuto de los Trabajadores . La acción no está prescrita y la cantida
Sentencia SOCIAL Nº 253/2018, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 267/2016, 07-03-2018
Impugnación por la Autoridad Laboral del Convenio Colectivo sectorial de Empresas de Seguridad para el periodo 1/07/2015 a 31/12/2016 por supuesta vulneración del artículo 84.2 ET , en relación con la Disp. Trans. 3ª del dicho Convenio y del artículo 14 C), 2).2, referido a los requisitos y efectos de la subrogación en relación con la pervivencia
Sentencia SOCIAL Nº 168/2018, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 800/2016, 20-02-2018
MATERIA: Reclamación premio antigüedad, V Convenio de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas con fondos públicos. Solicitud planteada transcurrido el plazo de 2 meses previsto en la Resolución SGT de la Conserjería, pero dentro plazo de un año previsto en el ET . REITERA DOCTRINA (R. 3392/14, STS 1/4/16; R. 2452/15, STS 2/3/17; R. 4055/15, STS 2/11/17).
Sentencia SOCIAL Nº 765/2017, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 189/2016, 04-10-2017
Conflicto Colectivo. La compensación prevista en el art. 135 del Convenio Colectivo de la empresa Bridgestone Hispania, S.A, para los años 2013 a 2015 no se aplica al personal incluido en su ámbito de aplicación adherido al Sistema Especial de Retribución.
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Sentencia Supranacional Nº C-113/92, C-114/92, C-156/92, TJUE, 15-12-1993
Peticiones de decisión prejudicial: Tribunal du travail de Charleroi y Tribunal du travail de Bruxelles - Bélgica. # Seguridad Social de los trabajadores migrantes - Pensiones de jubilación - Cálculo de las prestaciones - Normas nacionales que prohíben la acumulación.
Sentencia Social TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 292/2014, 29-09-2015
Conflicto colectivo. Empresa Pública de Emergencias Sanitarias de Junta de Andalucía. Días de permisos retribuídos por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de familiar: se confirma lo resuelto en la instancia cuya sentencia estima parcialmente la demanda aplicando el convenio colectivo al respecto y manteniéndose el ambito provincial como límite de ampliación del incremento de la duración de tales permisos.
Sentencia Social Nº 107/2013, AN, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 130/2013, 29-05-2013
Declara que el convenio de empresa está legitimado para introducir una tablas salariales inferiores a las del sector, pero no puede retrotraer sus efectos a un período previo, en el que los salarios ya estaban devengados al precio precedente.
Sentencia SOCIAL Nº 1374/2017, TSJ Pais Vasco, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1138/2017, 13-06-2017
PRIMERO.- La instancia ha dictado Sentencia en la que ha estimado la demanda que D. Ovidio dirigió, en reclamación de extinción de contrato, frente a la empresa 'ARALUCE, S.A.U.' y ha declarado el derecho del demandante a ser indemnizado por la extinción de su contrato de trabajo con efectos del 23 de agosto de 2016, condenando a la demandada a abonarle una indemnización de 29.968,40 euros.Frente a esta Sentencia se alza en suplicación la empresa 'ARALUCE, S.A.U.', dirigiendo frente
Sentencia Social Nº 3603/2016, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2187/2016, 07-06-2016
PRIMERO.- Reitera el trabajador recurrente su derecho a percibir la cantidad de 7.449,59 euros (incrementada en un 10% por mora) 'en concepto de premio de Jubilación', conforme a lo acordado por el Pleno de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de empresa de 14 de septiembre de 2007; oponiendo a lo judicialmente razonado (en el sentido de que con el mismo se 'pretende incentivar, única y exclusivamente, a aquéllos que voluntariamente den por finalizada su actividad profesional media
Sentencia SOCIAL Nº 254/2018, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 458/2016, 07-03-2018
Reclamación del premio de antigüedad establecido en el V Convenio Colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos. Solicitud planteada cuando había transcurrido el plazo de dos meses previsto en la Resolución administrativa reconociéndolo, pero dentro del plazo de un año previsto en el Estatuto de los Trabajadores . La acción no está prescrita y la cantida
Sentencia SOCIAL Nº 253/2018, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 267/2016, 07-03-2018
Impugnación por la Autoridad Laboral del Convenio Colectivo sectorial de Empresas de Seguridad para el periodo 1/07/2015 a 31/12/2016 por supuesta vulneración del artículo 84.2 ET , en relación con la Disp. Trans. 3ª del dicho Convenio y del artículo 14 C), 2).2, referido a los requisitos y efectos de la subrogación en relación con la pervivencia
Sentencia SOCIAL Nº 168/2018, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 800/2016, 20-02-2018
MATERIA: Reclamación premio antigüedad, V Convenio de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas con fondos públicos. Solicitud planteada transcurrido el plazo de 2 meses previsto en la Resolución SGT de la Conserjería, pero dentro plazo de un año previsto en el ET . REITERA DOCTRINA (R. 3392/14, STS 1/4/16; R. 2452/15, STS 2/3/17; R. 4055/15, STS 2/11/17).
Sentencia SOCIAL Nº 765/2017, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 189/2016, 04-10-2017
Conflicto Colectivo. La compensación prevista en el art. 135 del Convenio Colectivo de la empresa Bridgestone Hispania, S.A, para los años 2013 a 2015 no se aplica al personal incluido en su ámbito de aplicación adherido al Sistema Especial de Retribución.