Jurisprudencia sobre Convenio colectivo de empresa.
Filtros
Orden
Social
Supranacional
Constitucional
Ponente
Hernandez Vitoria, Maria Jose
Calvo Ibarlucea, Milagros
Viroles Piñol, Rosa Maria
Moralo Gallego, Sebastian
Gonzalez Viñas, Jose Manuel
Tipo de sentencia
Sentencia
Acuerdo de Sala
Auto
Auto aclaratorio
Tribunal
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid, sobre falta de preaviso de la baja voluntaria del trabajador. La jurisprudencia viene admitiendo que la parte del contrato de trabajo que incumple su deber de preavisar a la otra, en los términos legalmente establecidos, viene obligada a abonar la oportuna indemnización si así lo acuerda la norma por la que se rige la relación entre las partes sin que ello
El TSJ confirma ala improcedencia de pretensión instada en el proceso por el trabajador actor, y que se concreta en la petición de que el Ayuntamiento de Alpedrete, empresa donde prestó servicios entre el 27-7-04 y el 26-4-05, le abone la cantidad de 4.899,78 euros, más intereses legales, por diferencias entre el salario que percibió en virtud de contrato de inserción y el que él entiende corresponderle -el propio del trabajador con contrato ordinario de dicho Ayuntamiento-. Bas
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid, sobre falta de preaviso de la baja voluntaria del trabajador. La jurisprudencia viene admitiendo que la parte del contrato de trabajo que incumple su deber de preavisar a la otra, en los términos legalmente establecidos, viene obligada a abonar la oportuna indemnización si así lo acuerda la norma por la que se rige la relación entre las partes sin que ello
El TSJ confirma ala improcedencia de pretensión instada en el proceso por el trabajador actor, y que se concreta en la petición de que el Ayuntamiento de Alpedrete, empresa donde prestó servicios entre el 27-7-04 y el 26-4-05, le abone la cantidad de 4.899,78 euros, más intereses legales, por diferencias entre el salario que percibió en virtud de contrato de inserción y el que él entiende corresponderle -el propio del trabajador con contrato ordinario de dicho Ayuntamiento-. Bas