Jurisprudencia sobre Convenio colectivo de empresa.
Filtros
Orden
Social
Supranacional
Constitucional
Ponente
Hernandez Vitoria, Maria Jose
Calvo Ibarlucea, Milagros
Viroles Piñol, Rosa Maria
Moralo Gallego, Sebastian
Gonzalez Viñas, Jose Manuel
Tipo de sentencia
Sentencia
Acuerdo de Sala
Auto
Auto aclaratorio
Tribunal
El TSJ confirma la sentencia recurrida que declara el derecho de los trabajadores de la empresa a que se les abone el salario del descanso compensatorio por exceso de jornada regulado en el artículo 17.1 del convenio colectivo de empresa, conforme al valor de una hora ordinaria de trabajo, al desestimar recurso interpuesto por la empresa demandada. Y ello porque, según recoge la sentencia, la intención de las partes fue la de suprimir la especialidad en el pago del descanso co
El TSJ estima el recurso interpuesto por la Consejería de Educación y Cultura demandada y revoca la sentencia recurrida que acogió la pretensión instada por trabajador actor en la que solicitaba que, en aplicación del art. . 61 y Disposición Transitoria del IV Convenio Colectivo de Empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos así como de los establecido en el Acuerdo entre la Consejería de Educación y Cultura y las Organizaciones empresar
El TSJ confirma la sentencia recurrida que declara el derecho de los trabajadores de la empresa a que se les abone el salario del descanso compensatorio por exceso de jornada regulado en el artículo 17.1 del convenio colectivo de empresa, conforme al valor de una hora ordinaria de trabajo, al desestimar recurso interpuesto por la empresa demandada. Y ello porque, según recoge la sentencia, la intención de las partes fue la de suprimir la especialidad en el pago del descanso co
El TSJ estima el recurso interpuesto por la Consejería de Educación y Cultura demandada y revoca la sentencia recurrida que acogió la pretensión instada por trabajador actor en la que solicitaba que, en aplicación del art. . 61 y Disposición Transitoria del IV Convenio Colectivo de Empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos así como de los establecido en el Acuerdo entre la Consejería de Educación y Cultura y las Organizaciones empresar