Jurisprudencia sobre Cheque.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Absuelve
Orden
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
Garcia Orejudo, Raul Nicolas
Pellicer Ortiz, Berta
Gonzalez Morajudo, Rebeca
Álvarez-linera Prado, Miguel Ángel
González López, María Encarnación
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Tribunal
La entidad demandada apela la sentencia dictada en primera instancia, que estima parcialmente la demanda interpuesta por el actor en reclamación de la cantidad que se le adeuda en base a un contrato de arrendamiento de servicios que liga a las partes, admitiendo implícitamente en su recurso la apelante el adeudar al actor la cantidad a cuyo pago condena la resolución apelada, pero discrepando de ésta por cuanto considera que no han de tenerse en cuenta a efectos probatori
Dado que el recurso de apelación contra la sentencia se
presentó en la última fecha citada, las anteriores consideraciones no pueden
trasladarse al recurso de 13.11.95, en materia de ejecución provisional. Es
claro que una vez presentado y admitido el recurso de apelación contra la
sentencia, la Ley Procesal exige remitir los autos a la Audiencia y emplazar a
las partes (art.
Lo que sucede en este supuesto es que se ha dirigido la acción cambiaría contra el librado SS.A. que no ha aceptado las letras, por ello con independencia de la forma, difícilmente puede considerarse directamente obligado al librado, siendo que hasta que el librado acepta la letra es un extraño al círculo cambiado, si bien puede tener frente al librador o al tenedor obligación de aceptar la letra que aquél le dirige, pero este sería una obligación de índole civil, derivad
La disposición del último párrafo del art. 108 de la aludida Ley Cambiaría es terminante respecto del librador, por lo que no puede hablarse de plus petición cuando se ejercita la acción cambiaría contra el librador que emitió los cheques sin tener provisión de fondos en poder del librado, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 149.4 de dicha Ley; procede, en consecuencia, desestimar el recurso de apelación entablado y confirmar la sentencia impugnada.
<P class=MsoPlMATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
La entidad demandada apela la sentencia dictada en primera instancia, que estima parcialmente la demanda interpuesta por el actor en reclamación de la cantidad que se le adeuda en base a un contrato de arrendamiento de servicios que liga a las partes, admitiendo implícitamente en su recurso la apelante el adeudar al actor la cantidad a cuyo pago condena la resolución apelada, pero discrepando de ésta por cuanto considera que no han de tenerse en cuenta a efectos probatori
Dado que el recurso de apelación contra la sentencia se
presentó en la última fecha citada, las anteriores consideraciones no pueden
trasladarse al recurso de 13.11.95, en materia de ejecución provisional. Es
claro que una vez presentado y admitido el recurso de apelación contra la
sentencia, la Ley Procesal exige remitir los autos a la Audiencia y emplazar a
las partes (art.
Lo que sucede en este supuesto es que se ha dirigido la acción cambiaría contra el librado SS.A. que no ha aceptado las letras, por ello con independencia de la forma, difícilmente puede considerarse directamente obligado al librado, siendo que hasta que el librado acepta la letra es un extraño al círculo cambiado, si bien puede tener frente al librador o al tenedor obligación de aceptar la letra que aquél le dirige, pero este sería una obligación de índole civil, derivad
La disposición del último párrafo del art. 108 de la aludida Ley Cambiaría es terminante respecto del librador, por lo que no puede hablarse de plus petición cuando se ejercita la acción cambiaría contra el librador que emitió los cheques sin tener provisión de fondos en poder del librado, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 149.4 de dicha Ley; procede, en consecuencia, desestimar el recurso de apelación entablado y confirmar la sentencia impugnada.
<P class=MsoPlMATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS