Jurisprudencia sobre Cesión de contrato.
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Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Absuelve
Orden
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
Fernandez Gonzalez, Victor Manuel
Herrera Tagua, Jose
Casaleiro Rios, Victor Manuel
Mendez Lopez, Tomas
Segui Puntas, Jordi
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Tribunal
AP - Madrid
Juzgados de lo Mercantil - Palma de Mallorca
AP - Barcelona
AP - Sevilla
Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación sobre validez de convenio; la Sala señala que la esencia de la cesión del contrato es la sustitución de uno de los sujetos del contrato y la permanencia objetiva de la relación contractual, por lo que se requiere la conjunción de tres voluntades contractuales, que no se da en el presente caso; respecto a la prueba de presunciones, la Sala señala que es jurisprudencia reiterada la que establece que el art.1253 del <rel id="7499513" uri="http
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n° 2 de Soria, sobre cesión de un contrato de utilización de una planta de hormigón. En un principio, existía un contrato entre la propietaria de la cantera y una empresa comercializadora. El problema surge cuando la comercializadora contacta con otra empresa de comerciales, para que sea ésta la que comercialice el hormigón. De la prueba se deduce la existencia de una relación come
21041370022012100006 Órgano: Audiencia Provincial Sede: Huelva Sección: 2 Nº de Resolución: 6/2012 Fecha de Resolución: 15/01/2012 Nº de Recurso: 250/2011 Jurisdicción: Civil Ponente: FLORENTINO GREGORIO RUIZ YAMUZA Procedimiento: CIVIL Tipo de Resolución: Sentencia Idioma: Español
Se desestima el recurso de apelación contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia 5 de Barcelona sobre reclamación de cantidad. Al contrato celebrado entre una mercantil danesa y tres personas físicas españolas celebrado en Barcelona le resulta aplicable el derecho español por cuanto la norma de conflicto aplicable (art.
La Audiencia Provincial de Badajoz desestima el recurso de apelación sobre incumplimiento contractual; respecto al contrato de suministro, la Sala señala que la valoración probatoria es facultad de los Tribunales sustraída a los litigantes, que aunque evidentemente pueden aportar las pruebas que la normativa legal autoriza, no, en forma alguna, tratar de imponerla a los juzgadores, añadiendo la Sala que en el presente caso se ha interpretado correctamente el contrato y no se ha acreditado, en
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación sobre validez de convenio; la Sala señala que la esencia de la cesión del contrato es la sustitución de uno de los sujetos del contrato y la permanencia objetiva de la relación contractual, por lo que se requiere la conjunción de tres voluntades contractuales, que no se da en el presente caso; respecto a la prueba de presunciones, la Sala señala que es jurisprudencia reiterada la que establece que el art.1253 del <rel id="7499513" uri="http
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n° 2 de Soria, sobre cesión de un contrato de utilización de una planta de hormigón. En un principio, existía un contrato entre la propietaria de la cantera y una empresa comercializadora. El problema surge cuando la comercializadora contacta con otra empresa de comerciales, para que sea ésta la que comercialice el hormigón. De la prueba se deduce la existencia de una relación come
21041370022012100006 Órgano: Audiencia Provincial Sede: Huelva Sección: 2 Nº de Resolución: 6/2012 Fecha de Resolución: 15/01/2012 Nº de Recurso: 250/2011 Jurisdicción: Civil Ponente: FLORENTINO GREGORIO RUIZ YAMUZA Procedimiento: CIVIL Tipo de Resolución: Sentencia Idioma: Español
Se desestima el recurso de apelación contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia 5 de Barcelona sobre reclamación de cantidad. Al contrato celebrado entre una mercantil danesa y tres personas físicas españolas celebrado en Barcelona le resulta aplicable el derecho español por cuanto la norma de conflicto aplicable (art.
La Audiencia Provincial de Badajoz desestima el recurso de apelación sobre incumplimiento contractual; respecto al contrato de suministro, la Sala señala que la valoración probatoria es facultad de los Tribunales sustraída a los litigantes, que aunque evidentemente pueden aportar las pruebas que la normativa legal autoriza, no, en forma alguna, tratar de imponerla a los juzgadores, añadiendo la Sala que en el presente caso se ha interpretado correctamente el contrato y no se ha acreditado, en