Jurisprudencia sobre Causas organizativas.
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Social
Constitucional
Supranacional
Ponente
Moreno Gonzalez-aller, Ignacio
Muñoz, Fernando Esteban
Garcia Alarcon, Maria Virginia
Juanes Fraga, Enrique
Ramos Real, Eduardo Jesus
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Acuerdo de Sala
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Causas organizativas
Sentencia SOCIAL Nº 730/2022, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 931/2021, 14-09-2022
La pérdida de la contrata puede constituir causa objetiva (productiva y organizativa) y justificar la extinción de los contratos de trabajo adscritos a una contrata. La legislación no impone a la empleadora agotar todas las posibilidades de recolocación.
Sentencia SOCIAL Nº 542/2022, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 399/2022, 10-06-2022
PRIMERO.-Interpone recurso de suplicación ORTIZ CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A., contra sentencia del Juzgado de lo Social nº 37 de los de Madrid de 10 de diciembre de 2021, en sus autos nº 583/2021, aclarada por auto de 20 de enero de 2022, que estimó la demanda deducida por Don Genaro frente a la mercantil recurrente declarando la improcedencia del despido y condenándola a que, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, opte entre la readmisión del trabajado
Sentencia SOCIAL Nº 621/2022, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 470/2022, 24-06-2022
PRIMERO.-Interpone recurso de suplicación el trabajador demandante contra sentencia que desestimó su demanda, dirigida frente a FUNDACIÓN ALIADOS POR LA INTEGRACIÓN (antes FUNDACIÓN GRUPO NORTE) tendente a la declaración de improcedencia de su despido objetivo por causas organizativas y productivas, acordado con efectos de 5 de febrero de 2021.SEGUNDO.- El recurso se estructura en un exclusivo motivo, con correcto amparo en el apartado c) del art. 193 <rel id="9197375" u
Sentencia SOCIAL Nº 625/2022, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 2, Rec 390/2022, 22-06-2022
PRIMERO.- Con amparo en el apartado b) del artículo 193 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social interesa la recurrente la modificación del hecho probado tercero, en la siguiente forma:'DÑA. Sonsoles se encuentra en situación de baja por IT, por enfermedad común, desde el 13 de agosto de 2020 (no controvertido)'. La fecha de cumplimiento de los 365 días de IT se produjo en fecha
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Sentencia SOCIAL Nº 730/2022, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 931/2021, 14-09-2022
La pérdida de la contrata puede constituir causa objetiva (productiva y organizativa) y justificar la extinción de los contratos de trabajo adscritos a una contrata. La legislación no impone a la empleadora agotar todas las posibilidades de recolocación.
Sentencia SOCIAL Nº 542/2022, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 399/2022, 10-06-2022
PRIMERO.-Interpone recurso de suplicación ORTIZ CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A., contra sentencia del Juzgado de lo Social nº 37 de los de Madrid de 10 de diciembre de 2021, en sus autos nº 583/2021, aclarada por auto de 20 de enero de 2022, que estimó la demanda deducida por Don Genaro frente a la mercantil recurrente declarando la improcedencia del despido y condenándola a que, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, opte entre la readmisión del trabajado
Sentencia SOCIAL Nº 621/2022, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 470/2022, 24-06-2022
PRIMERO.-Interpone recurso de suplicación el trabajador demandante contra sentencia que desestimó su demanda, dirigida frente a FUNDACIÓN ALIADOS POR LA INTEGRACIÓN (antes FUNDACIÓN GRUPO NORTE) tendente a la declaración de improcedencia de su despido objetivo por causas organizativas y productivas, acordado con efectos de 5 de febrero de 2021.SEGUNDO.- El recurso se estructura en un exclusivo motivo, con correcto amparo en el apartado c) del art. 193 <rel id="9197375" u
Sentencia SOCIAL Nº 625/2022, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 2, Rec 390/2022, 22-06-2022
PRIMERO.- Con amparo en el apartado b) del artículo 193 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social interesa la recurrente la modificación del hecho probado tercero, en la siguiente forma:'DÑA. Sonsoles se encuentra en situación de baja por IT, por enfermedad común, desde el 13 de agosto de 2020 (no controvertido)'. La fecha de cumplimiento de los 365 días de IT se produjo en fecha