Jurisprudencia por Casas Nombela, Juan Jose.
Filtros
Voces
Incapacidad permanente total
Tesorería General de la Seguridad Social
Enfermedad Común
Accidente laboral
Incapacidad permanente absoluta
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Social
Ponente
Casas Nombela, Juan Jose
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
TSJ Castilla y Leon
TSJ Castilla y León
El TSJ mantiene el pronunciamiento de instancia que desestimó la demanda deducida por la representación del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de la Tesorería General de la Seguridad Social frente a cierta trabajadora, demanda aquella a cuyo través se reivindicaba la declaración de nulidad de la resolución de la entidad gestora que había establecido el derecho de la citada a lucrar pensión de jubilación parcial, y que reclamaba complementariamente la condena a la prestataria de e
El TSJ estima el recurso interpuesto por las entidades gestoras demandadas y declara que la trabajadora actora no se encuentra afecta a incapacidad permanente alguna para su profesión de auxiliar de clínica. Declara la Sala que, el abordaje del caso no puede prescindir de dos extremos esenciales: que la actora no presenta limitación funcional alguna y que sólo está contraindicada la realización de esfuerzos físicos de entidad. Pues bien, ese estado de cosas no parece razonablemente tributar
El TSJ mantiene el pronunciamiento de instancia que condenó a la patronal recurrente en suplicación a abonar al actor la suma de 1.254 Euros en concepto de compensación de vacaciones no disfrutadas en el año 2004, al desestimar el recurso interpuesto por aquella. Basa la Sala su pronunciamiento, entre otras razones, en que, el derecho al disfrute de un descanso anual retribuido es un derecho irrenunciable y que no puede minorarse por razón de coincidencia del período señalado para la vacac
El TSJ confirma la procedencia de despido de trabajador actor por trasgresión de la buena fe contractual, declarada en la instancia, al desestimar el recurso interpuesto por el interesado. Declara la Sala que, forma parte de lo obvio que la sentencia objeto de combate dio cumplida satisfacción de la exigencia contenida en el artículo 97. 2 de la Ley ritual puesto que se argumentó con suficiencia sobre las razones que servían para elevar a la categoría de verdad procesal el incumplimiento co
El TSJ estima el recurso interpuesto por el INSS contra el Auto en el que se requería a la citada Administración al inmediato cumplimiento de la obligación consistente en abonar al trabajador la suma de 4.661,92 Euros, más otros 250 Euros calculados en concepto de intereses y costas. Declara la Sala que, la estimación ha de traducirse en la necesidad de segregar del auto o autos ejecutivos objeto de recurso de suplicación la cantidad correspondiente a la pensión devengada entre el 10 de
El TSJ estima el recurso interpuesto por el INSS y la TGSS y revoca la sentencia de instancia, declarando que el actor no se encuentra afecto a incapacidad permanente total para su profesión de encofrador. Y ello porque, según recoge la sentencia, no obstante objetivar el actor una pequeña hernia en el espacio L4- L5, es lo cierto que esa dolencia no va acompañada de compromiso neurológico alguno, y que sólo limita la extensión de la columna lumbar por la aparición de dolor. De otro lado,
El TSJ mantiene el pronunciamiento de instancia que declaró que la relación laboral existente entre las partes litigantes tiene la naturaleza de cronológicamente indefinida desde el 8 de septiembre de 2003, al desestimar el recurso interpuesto por la trabajadora interesada. Basa la Sala su pronunciamiento en que no consta acreditado por la parte procesalmente a tal fin obligada la existencia de un proceder patronal fraudulento con ocasión de las interrupciones contractuales habidas en la ca
El TSJ estima el recurso interpuesto por el INSS y revoca la sentencia recurrida que había reconocido que el actor se encuentra afecto a incapacidad permanente absoluta para toda profesión u oficio, derivada de enfermedad profesional. Y ello porque, según recoge la sentencia, la nueva petición revisoria sólo podía cursarse a partir de noviembre de 2005, esto es, una vez transcurrido el plazo de un año dispuesto en la propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades de 16 de noviembre de
La percepción patológica de un conflicto, o la entidad de la somatización individual de una situación de tensión o de confrontación, no necesariamente supone la existencia de un proceder empresarial gravemente lesivo de las obligaciones que dimanan del contrato de trabajo. En base a lo anterior, el TSJ confirma la improcedencia de pretensión instada por trabajadora actora, reivindicativa de la extinción indemnizada del contrato de trabajo que ligaba a las partes, al amparo de lo previsto e
El TSJ estima el recurso interpuesto por el trabajador actor y declara el carácter indebido de su alta médica, cursada por los servicios de la Mutua demandada. Y ello porque, según recoge la sentencia, aquí no hubo más que un único proceso de baja iniciado el 15 de noviembre de 2004, proceso que continuaba esencialmente invariable el 30 de junio de 2005 no obstante el incorrecto movimiento de alta en tal fecha cursado por la Mutua, y proceso que no era sino debido al accidente laboral suf
El TSJ mantiene el pronunciamiento de instancia que desestimó la demanda deducida por la representación del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de la Tesorería General de la Seguridad Social frente a cierta trabajadora, demanda aquella a cuyo través se reivindicaba la declaración de nulidad de la resolución de la entidad gestora que había establecido el derecho de la citada a lucrar pensión de jubilación parcial, y que reclamaba complementariamente la condena a la prestataria de e
El TSJ estima el recurso interpuesto por las entidades gestoras demandadas y declara que la trabajadora actora no se encuentra afecta a incapacidad permanente alguna para su profesión de auxiliar de clínica. Declara la Sala que, el abordaje del caso no puede prescindir de dos extremos esenciales: que la actora no presenta limitación funcional alguna y que sólo está contraindicada la realización de esfuerzos físicos de entidad. Pues bien, ese estado de cosas no parece razonablemente tributar
El TSJ mantiene el pronunciamiento de instancia que condenó a la patronal recurrente en suplicación a abonar al actor la suma de 1.254 Euros en concepto de compensación de vacaciones no disfrutadas en el año 2004, al desestimar el recurso interpuesto por aquella. Basa la Sala su pronunciamiento, entre otras razones, en que, el derecho al disfrute de un descanso anual retribuido es un derecho irrenunciable y que no puede minorarse por razón de coincidencia del período señalado para la vacac
El TSJ confirma la procedencia de despido de trabajador actor por trasgresión de la buena fe contractual, declarada en la instancia, al desestimar el recurso interpuesto por el interesado. Declara la Sala que, forma parte de lo obvio que la sentencia objeto de combate dio cumplida satisfacción de la exigencia contenida en el artículo 97. 2 de la Ley ritual puesto que se argumentó con suficiencia sobre las razones que servían para elevar a la categoría de verdad procesal el incumplimiento co
El TSJ estima el recurso interpuesto por el INSS contra el Auto en el que se requería a la citada Administración al inmediato cumplimiento de la obligación consistente en abonar al trabajador la suma de 4.661,92 Euros, más otros 250 Euros calculados en concepto de intereses y costas. Declara la Sala que, la estimación ha de traducirse en la necesidad de segregar del auto o autos ejecutivos objeto de recurso de suplicación la cantidad correspondiente a la pensión devengada entre el 10 de
El TSJ estima el recurso interpuesto por el INSS y la TGSS y revoca la sentencia de instancia, declarando que el actor no se encuentra afecto a incapacidad permanente total para su profesión de encofrador. Y ello porque, según recoge la sentencia, no obstante objetivar el actor una pequeña hernia en el espacio L4- L5, es lo cierto que esa dolencia no va acompañada de compromiso neurológico alguno, y que sólo limita la extensión de la columna lumbar por la aparición de dolor. De otro lado,
El TSJ mantiene el pronunciamiento de instancia que declaró que la relación laboral existente entre las partes litigantes tiene la naturaleza de cronológicamente indefinida desde el 8 de septiembre de 2003, al desestimar el recurso interpuesto por la trabajadora interesada. Basa la Sala su pronunciamiento en que no consta acreditado por la parte procesalmente a tal fin obligada la existencia de un proceder patronal fraudulento con ocasión de las interrupciones contractuales habidas en la ca
El TSJ estima el recurso interpuesto por el INSS y revoca la sentencia recurrida que había reconocido que el actor se encuentra afecto a incapacidad permanente absoluta para toda profesión u oficio, derivada de enfermedad profesional. Y ello porque, según recoge la sentencia, la nueva petición revisoria sólo podía cursarse a partir de noviembre de 2005, esto es, una vez transcurrido el plazo de un año dispuesto en la propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades de 16 de noviembre de
La percepción patológica de un conflicto, o la entidad de la somatización individual de una situación de tensión o de confrontación, no necesariamente supone la existencia de un proceder empresarial gravemente lesivo de las obligaciones que dimanan del contrato de trabajo. En base a lo anterior, el TSJ confirma la improcedencia de pretensión instada por trabajadora actora, reivindicativa de la extinción indemnizada del contrato de trabajo que ligaba a las partes, al amparo de lo previsto e
El TSJ estima el recurso interpuesto por el trabajador actor y declara el carácter indebido de su alta médica, cursada por los servicios de la Mutua demandada. Y ello porque, según recoge la sentencia, aquí no hubo más que un único proceso de baja iniciado el 15 de noviembre de 2004, proceso que continuaba esencialmente invariable el 30 de junio de 2005 no obstante el incorrecto movimiento de alta en tal fecha cursado por la Mutua, y proceso que no era sino debido al accidente laboral suf