Jurisprudencia por Casas Nombela, Juan Jose.
Filtros
Voces
Incapacidad permanente total
Tesorería General de la Seguridad Social
Enfermedad Común
Accidente laboral
Incapacidad permanente absoluta
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Social
Ponente
Casas Nombela, Juan Jose
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
TSJ Castilla y Leon
TSJ Castilla y León
El TSJ confirma la procedencia de pretensión instada por personal laboral de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León demandada, en reclamación de la paga de reclasificación prevista en la Disposición Transitoria 4ª del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta, sobre Racionalización y Adecuación Retributiva, al desestimar el recurso interpuesto por la administración con
El TSJ estima el recurso interpuesto por el INSS y revoca la sentencia recurrida que declaró la afectación del trabajador actor, por revisión al alza del grado de invalidez previamente establecido, a incapacidad permanente absoluta para toda profesión u oficio, derivada de accidente no laboral. Y ello porque, según recoge la sentencia, aun siendo incuestionable en el presente caso el concurso de la agravación del estado invalidante a la que se refiere el precepto aplicable, para la Sala no
El TSJ confirma la improcedencia de pretensión instada en el proceso por trabajador actor, reivindicativa del derecho de este a que las prestaciones de Seguridad Social causadas como consecuencia del siniestro laboral por el mismo sufrido se recarguen en su cuantía en un 50% o, subsidiariamente, en un 40%, o en un 30%, al desestimar el recurso interpuesto por el interesado. Basa la Sala su pronunciamiento en que, amén de que no se detectó ninguna anomalía técnica de seguridad en el equipo d
El TSJ confirma la inexistencia de despido de trabajador actor, al desestimar el recurso interpuesto por el interesado. Declara la Sala que, el proceder del trabajador es constitutivo de una conducta dimisionaria, incardinable en la causa extintiva del contrato de trabajo que se prevé en el artículo 49. 1 d) de la Ley del Estatuto de los Trabajadores puesto que la empresa demandada se limitó a reflejar en materia de Seguridad Social lo que era una situación de tácita pero concluyente dimi
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla León desestima el recurso de suplicación interpuesto por D.ª Amanda contra la sentencia dictada en fecha 22 de febrero de 2006 por el juzgado de lo Social número Uno de Salamanca en virtud de demanda promovida por dicha actora contra TOLEMARTIN, S.L., sobre CANTIDAD.
El TSJ confirma el fallo de instancia que estimó parcialmente la demanda de cantidad deducida por D.ª Amanda frente a la empresa Tolemartin, S.L., y condenó
El TSJ declara la nulidad de la sentencia de instancia y ordena la reposición de los autos al momento inmediato anterior al dictado de la misma, para que se actúe nuevo pronunciamiento que rechace el óbice esgrimido por la Mutua de Accidentes de Trabajo y entre a conocer con absoluta libertad de criterio sobre el fondo de la controversia. Y ello porque, no se produce la caducidad de la reclamación previa pues, a partir del dato esencial de la fecha en que tuvo lugar la notificación al inte
El TSJ confirma la improcedencia de pretensión instada en el proceso en el que se reivindicaba el reconocimiento de que el actor se encuentra afecto a un grado de minusvalía del 33%, al desestimar el recurso interpuesto por el interesado. Esta Sala considera que la situación creada por el artículo 1.2 de la Ley 51/2003 no suscita un problema de jerarquía normativa, sino de integración ordinamental, integración consistente, como se dijo, en la existencia de dos procedimientos para el acceso
El TSJ confirma la improcedencia de pretensión instada por trabajador actor, reivindicativa de la afectación de su suscriptor a incapacidad permanente total para su profesión de peón de la construcción, en aplicación de los Reglamentos Comunitarios en materia de Seguridad Social, al desestimar el recurso interpuesto por el interesado. Basa la Sala su pronunciamiento, entre otros motivos, en que en orden a acreditar el cumplimiento de los requisitos son sin duda computables los períodos de se
El TSJ estima el recurso interpuesto por el INSS y la TGSS y declara que el trabajador actor no se encuentra afecto a incapacidad permanente total para su profesión. Declara la Sala que, habida cuenta que el traumatismo torácico que sufrió el actor en febrero de 2004 se resolvió sin secuelas, la situación disfuncional que presenta entonces el trabajador es idéntica a la que ya se valorara por esta misma Sala en sentencia que estimó que la limitación de la movilidad de las caderas y el enol
El TSJ desestima el recurso interpuesto por el INSS y la TGSS en el que interesa patrocinar ante este Tribunal la tesis de que la ONCE ha de asumir por infracotización la responsabilidad correspondiente a la diferencia o exceso de pensión de jubilación reconocido a favor de la trabajadora actora. Basa la Sala su pronunciamiento, entre otras razones, en que tampoco hubo proceder antinormativo de ninguna clase por parte de la ONCE a la hora de someter en cada momento su deber cotizatorio a
El TSJ confirma la procedencia de pretensión instada por personal laboral de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León demandada, en reclamación de la paga de reclasificación prevista en la Disposición Transitoria 4ª del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta, sobre Racionalización y Adecuación Retributiva, al desestimar el recurso interpuesto por la administración con
El TSJ estima el recurso interpuesto por el INSS y revoca la sentencia recurrida que declaró la afectación del trabajador actor, por revisión al alza del grado de invalidez previamente establecido, a incapacidad permanente absoluta para toda profesión u oficio, derivada de accidente no laboral. Y ello porque, según recoge la sentencia, aun siendo incuestionable en el presente caso el concurso de la agravación del estado invalidante a la que se refiere el precepto aplicable, para la Sala no
El TSJ confirma la improcedencia de pretensión instada en el proceso por trabajador actor, reivindicativa del derecho de este a que las prestaciones de Seguridad Social causadas como consecuencia del siniestro laboral por el mismo sufrido se recarguen en su cuantía en un 50% o, subsidiariamente, en un 40%, o en un 30%, al desestimar el recurso interpuesto por el interesado. Basa la Sala su pronunciamiento en que, amén de que no se detectó ninguna anomalía técnica de seguridad en el equipo d
El TSJ confirma la inexistencia de despido de trabajador actor, al desestimar el recurso interpuesto por el interesado. Declara la Sala que, el proceder del trabajador es constitutivo de una conducta dimisionaria, incardinable en la causa extintiva del contrato de trabajo que se prevé en el artículo 49. 1 d) de la Ley del Estatuto de los Trabajadores puesto que la empresa demandada se limitó a reflejar en materia de Seguridad Social lo que era una situación de tácita pero concluyente dimi
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla León desestima el recurso de suplicación interpuesto por D.ª Amanda contra la sentencia dictada en fecha 22 de febrero de 2006 por el juzgado de lo Social número Uno de Salamanca en virtud de demanda promovida por dicha actora contra TOLEMARTIN, S.L., sobre CANTIDAD.
El TSJ confirma el fallo de instancia que estimó parcialmente la demanda de cantidad deducida por D.ª Amanda frente a la empresa Tolemartin, S.L., y condenó
El TSJ declara la nulidad de la sentencia de instancia y ordena la reposición de los autos al momento inmediato anterior al dictado de la misma, para que se actúe nuevo pronunciamiento que rechace el óbice esgrimido por la Mutua de Accidentes de Trabajo y entre a conocer con absoluta libertad de criterio sobre el fondo de la controversia. Y ello porque, no se produce la caducidad de la reclamación previa pues, a partir del dato esencial de la fecha en que tuvo lugar la notificación al inte
El TSJ confirma la improcedencia de pretensión instada en el proceso en el que se reivindicaba el reconocimiento de que el actor se encuentra afecto a un grado de minusvalía del 33%, al desestimar el recurso interpuesto por el interesado. Esta Sala considera que la situación creada por el artículo 1.2 de la Ley 51/2003 no suscita un problema de jerarquía normativa, sino de integración ordinamental, integración consistente, como se dijo, en la existencia de dos procedimientos para el acceso
El TSJ confirma la improcedencia de pretensión instada por trabajador actor, reivindicativa de la afectación de su suscriptor a incapacidad permanente total para su profesión de peón de la construcción, en aplicación de los Reglamentos Comunitarios en materia de Seguridad Social, al desestimar el recurso interpuesto por el interesado. Basa la Sala su pronunciamiento, entre otros motivos, en que en orden a acreditar el cumplimiento de los requisitos son sin duda computables los períodos de se
El TSJ estima el recurso interpuesto por el INSS y la TGSS y declara que el trabajador actor no se encuentra afecto a incapacidad permanente total para su profesión. Declara la Sala que, habida cuenta que el traumatismo torácico que sufrió el actor en febrero de 2004 se resolvió sin secuelas, la situación disfuncional que presenta entonces el trabajador es idéntica a la que ya se valorara por esta misma Sala en sentencia que estimó que la limitación de la movilidad de las caderas y el enol
El TSJ desestima el recurso interpuesto por el INSS y la TGSS en el que interesa patrocinar ante este Tribunal la tesis de que la ONCE ha de asumir por infracotización la responsabilidad correspondiente a la diferencia o exceso de pensión de jubilación reconocido a favor de la trabajadora actora. Basa la Sala su pronunciamiento, entre otras razones, en que tampoco hubo proceder antinormativo de ninguna clase por parte de la ONCE a la hora de someter en cada momento su deber cotizatorio a