Jurisprudencia sobre Caída en la vía pública.
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Daños y perjuicios
Aceras
Causalidad
Caída en la vía pública
Responsabilidad patrimonial de la Administración Pública
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Orden
Administrativo
Constitucional
Ponente
Garcia Alonso, Miguel Angel
Barrachina Juan, Eduardo
Pita Rasilla, María Fermina
Herrero Muñoz-cobo, Joaquin
Abelleira Rodriguez, Maria
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
TSJ Cataluña
TSJ Comunidad Valenciana
TSJ Madrid
Juzgado de lo Contencioso Administrativo Bilbao
TSJ Asturias
El TSJ estima el recurso contencioso-administrativo promovido contra resolución desestimatoria de petición de responsabilidad patrimonial deducida por lesiones. Caída en la acera por obras. Aunque las obras sean realizadas por empresas adjudicatarias, es responsabilidad del Ayuntamiento mantener y vigilar por el mantenimiento de las aceras en correcto estado de uso por sus conciudadanos. Existiendo relación de causalidad entre el daño y el funcionamiento anormal de los servicios
El TSJ estima el recurso contencioso-administrativo promovido por la recurrente contra la desestimación presunta de reclamación de responsabilidad patrimonial por daños sufridos a consecuencia de caída en la vía pública. Se han acreditado los hechos con informe acerca de la existencia del socavón, sin señalizar, donde la recurrente sufrió los daños, informes acerca de las lesiones padecidas, tratamiento y el tiempo de duración de incapacidad temporal de 886 días. La recurrente
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia parcialmente estimatoria del Juzgado Contencioso Administrativo 1 de Girona, sobre responsabilidad patrimonial derivada de daños personales producidos en caída en vía pública. La Sala declara que, a la vista de la prueba practicada, procedía declarar la inadmisiblidad del recurso porque la reclamación por la supuesta lesión sufrida a consecuencia de la caída ya fue objeto de desestimación mediante resolución administ
46250330012010101589 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Valencia Sección: 1 Nº de Resolución: 279/2010 Fecha de Resolución: 22/03/2010 Nº de Recurso: 2961/2008 Jurisdicción: Contencioso Ponente: CARLOS ALTARRIBA CANO Procedimiento: CONTENCIOSO - APELACION Tipo de Resolución: Sentencia
El TSJ estima el recurso contencioso-administrativo promovido contra resolución desestimatoria de petición de responsabilidad patrimonial deducida por lesiones. Caída en la acera por obras. Aunque las obras sean realizadas por empresas adjudicatarias, es responsabilidad del Ayuntamiento mantener y vigilar por el mantenimiento de las aceras en correcto estado de uso por sus conciudadanos. Existiendo relación de causalidad entre el daño y el funcionamiento anormal de los servicios
El TSJ estima el recurso contencioso-administrativo promovido por la recurrente contra la desestimación presunta de reclamación de responsabilidad patrimonial por daños sufridos a consecuencia de caída en la vía pública. Se han acreditado los hechos con informe acerca de la existencia del socavón, sin señalizar, donde la recurrente sufrió los daños, informes acerca de las lesiones padecidas, tratamiento y el tiempo de duración de incapacidad temporal de 886 días. La recurrente
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia parcialmente estimatoria del Juzgado Contencioso Administrativo 1 de Girona, sobre responsabilidad patrimonial derivada de daños personales producidos en caída en vía pública. La Sala declara que, a la vista de la prueba practicada, procedía declarar la inadmisiblidad del recurso porque la reclamación por la supuesta lesión sufrida a consecuencia de la caída ya fue objeto de desestimación mediante resolución administ
46250330012010101589 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Valencia Sección: 1 Nº de Resolución: 279/2010 Fecha de Resolución: 22/03/2010 Nº de Recurso: 2961/2008 Jurisdicción: Contencioso Ponente: CARLOS ALTARRIBA CANO Procedimiento: CONTENCIOSO - APELACION Tipo de Resolución: Sentencia