Jurisprudencia sobre Caída en la vía pública.
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Daños y perjuicios
Aceras
Causalidad
Caída en la vía pública
Responsabilidad patrimonial de la Administración Pública
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Orden
Administrativo
Constitucional
Ponente
Garcia Alonso, Miguel Angel
Barrachina Juan, Eduardo
Pita Rasilla, María Fermina
Herrero Muñoz-cobo, Joaquin
Abelleira Rodriguez, Maria
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
TSJ Cataluña
TSJ Comunidad Valenciana
TSJ Madrid
Juzgado de lo Contencioso Administrativo Bilbao
TSJ Asturias
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de las Islas Baleares confirma la desestimación presunta por silencio administrativo de reclamación de responsabilidad patrimonial efectuada y derivada de daños sufridos por caída en la vía pública. No ha sido acreditada por la parte recurrente la existencia del bache en el que sufrió la caída, pues así resulta de las fotografías aportadas y del informe policial de los que se desprende que no había bache, algunos insignificantes desniveles tan
El TSJ estima el recurso contencioso-administrativo promovido contra la desestimación presunta de solicitud de reclamación de responsabilidad patrimonial por los daños y perjuicios derivados de caída en la vía pública. Se ha probado la existencia de un socavón en la vía pública situado de forma inmediata a un paso de peatones, los hechos ocurrieron tal y como se describen en la demanda. Responsabilidad de la Administración.
El TSJ desestima el recurso contencioso-administrativo promovido sobre reclamación de responsabilidad patrimonial derivada de daños sufridos por caída en la vía pública. Carretera fuera de poblado que atraviesa diversas edificaciones dispersas, posee un arcén por donde se puede caminar y que aparte de un poco de gravilla no presenta ninguna otra irregularidad. Hay que poner especial atención al caminar por un lugar así. No hay incumplimiento del ayuntamiento.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ del Principado de Asturias anula la resolución impugnada dictada por el Ayuntamiento de Gijón desestimatoria de reclamación de responsabilidad patrimonial por lesiones sufridas por caída en la vía pública. Ha sido acreditado mediante la prueba el mal estado de la acera donde se produjo la caída, habiendo incumplido la Administración demandada su obligación de mantener en buen estado las vías públicas tiene que indemnizar a la parte demandante.<
Se estima parcialmente el recurso contencioso- administrativo contra la resolución del Concejal Delegado de Infraestructuras del Ayuntamiento de Oviedo que desestima el recurso de reposición contra resolución de la Alcaldía que declaró inadmisible la reclamación de indemnización por los daños y lesiones sufridas como consecuencia de una caída en la vía pública. Se dan los presupuestos exigidos para la viabilidad acción de responsabilidad patrimonial frente a Administración, en particular, la
Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución del Ayuntamiento de Gijón, que desestima la petición de responsabilidad patrimonial solicitada por la recurrente por las lesiones sufridas como consecuencia de caída en vía pública. Se determina que la irregularidad de los adoquines no puede considerarse relevante para imputar el resultado lesivo a la Corporación Local, pues el resalte inferior a un centímetro, como reza el informe que obra en el expediente, co
RESPONS. PATRIMONIAL DE LA ADMON.
RESPONS. PATRIMONIAL DE LA ADMON.
RESPONS. PATRIMONIAL DE LA ADMON.
Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución municipal denegatoria de solicitud de indemnización de daños sufridos como consecuencia de una caída en vía pública, por supuesto mal estado de la misma. La Sala declara que en una valoración conjunta de todo lo actuado, no cabe apreciar el nexo causal necesario entre el actuar administrativo y el daño que se dice producido, pues aparte de que pudieran concurrir otras causas, son elocuentes las fotografías aporta
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de las Islas Baleares confirma la desestimación presunta por silencio administrativo de reclamación de responsabilidad patrimonial efectuada y derivada de daños sufridos por caída en la vía pública. No ha sido acreditada por la parte recurrente la existencia del bache en el que sufrió la caída, pues así resulta de las fotografías aportadas y del informe policial de los que se desprende que no había bache, algunos insignificantes desniveles tan
El TSJ estima el recurso contencioso-administrativo promovido contra la desestimación presunta de solicitud de reclamación de responsabilidad patrimonial por los daños y perjuicios derivados de caída en la vía pública. Se ha probado la existencia de un socavón en la vía pública situado de forma inmediata a un paso de peatones, los hechos ocurrieron tal y como se describen en la demanda. Responsabilidad de la Administración.
El TSJ desestima el recurso contencioso-administrativo promovido sobre reclamación de responsabilidad patrimonial derivada de daños sufridos por caída en la vía pública. Carretera fuera de poblado que atraviesa diversas edificaciones dispersas, posee un arcén por donde se puede caminar y que aparte de un poco de gravilla no presenta ninguna otra irregularidad. Hay que poner especial atención al caminar por un lugar así. No hay incumplimiento del ayuntamiento.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ del Principado de Asturias anula la resolución impugnada dictada por el Ayuntamiento de Gijón desestimatoria de reclamación de responsabilidad patrimonial por lesiones sufridas por caída en la vía pública. Ha sido acreditado mediante la prueba el mal estado de la acera donde se produjo la caída, habiendo incumplido la Administración demandada su obligación de mantener en buen estado las vías públicas tiene que indemnizar a la parte demandante.<
Se estima parcialmente el recurso contencioso- administrativo contra la resolución del Concejal Delegado de Infraestructuras del Ayuntamiento de Oviedo que desestima el recurso de reposición contra resolución de la Alcaldía que declaró inadmisible la reclamación de indemnización por los daños y lesiones sufridas como consecuencia de una caída en la vía pública. Se dan los presupuestos exigidos para la viabilidad acción de responsabilidad patrimonial frente a Administración, en particular, la
Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución del Ayuntamiento de Gijón, que desestima la petición de responsabilidad patrimonial solicitada por la recurrente por las lesiones sufridas como consecuencia de caída en vía pública. Se determina que la irregularidad de los adoquines no puede considerarse relevante para imputar el resultado lesivo a la Corporación Local, pues el resalte inferior a un centímetro, como reza el informe que obra en el expediente, co
RESPONS. PATRIMONIAL DE LA ADMON.
RESPONS. PATRIMONIAL DE LA ADMON.
RESPONS. PATRIMONIAL DE LA ADMON.
Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución municipal denegatoria de solicitud de indemnización de daños sufridos como consecuencia de una caída en vía pública, por supuesto mal estado de la misma. La Sala declara que en una valoración conjunta de todo lo actuado, no cabe apreciar el nexo causal necesario entre el actuar administrativo y el daño que se dice producido, pues aparte de que pudieran concurrir otras causas, son elocuentes las fotografías aporta