Jurisprudencia sobre Buque.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Absuelve
Orden
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
Ferrandiz Gabriel, Jose Ramon
Carrera Ibarzabal, Jaime
Almenar Belenguer, Manuel
Perez Benitez, Jacinto Jose
Rodriguez Gonzalez, Maria Begoña
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Conclusiones
Otros
Tribunal
Tribunal de Justicia de la Union Europea
AP - Pontevedra
Tribunal Supremo
AP - Madrid
AP - Barcelona
Responsabilidad precontractual. Reclamación de indemnización por lucro cesante por ruptura de negociaciones que tenían por objeto el arrendamiento de un deposito para almacenamiento de mercancía. Culpa 'in contrahendo'. Requisitos. Daño indemnizable.
PRIMERO. - Pretensión de la demandante y hechos en que la funda
OTRAS MATERIAS MARITIMO
No encontrada materia1-0607
Procedimiento prejudicial — Artículos 49 TFUE y 54 TFUE — Libertad de establecimiento — Normativa nacional que exige a los nacionales de terceros países empleados en un buque que enarbole pabellón de un Estado miembro estar en posesión de un permiso de trabajo en ese Estado miembro — Excepción relativa a los buques que no hagan escala en los puertos del Estado miembro más de 25 veces durante un período de un año — Restricción — Artículo 79 TFUE, apartado 5 — Normativa nacional que persigue es
Procedimiento prejudicial — Seguro directo distinto del seguro de vida — Segunda Directiva 88/357/CEE — Artículo 2, letra d), segundo guion — Directiva 92/49/CEE — Artículo 46, apartado 2, párrafo primero — Impuesto sobre las primas de seguro — Concepto de “Estado miembro en el que se localice el riesgo” — Vehículos de cualquier naturaleza — Concepto de “Estado miembro de matriculación” — Seguro de buques de navegación marítima — Buques inscritos en el registro de buques llevado por un Estado
Responsabilidad precontractual. Reclamación de indemnización por lucro cesante por ruptura de negociaciones que tenían por objeto el arrendamiento de un deposito para almacenamiento de mercancía. Culpa 'in contrahendo'. Requisitos. Daño indemnizable.
PRIMERO. - Pretensión de la demandante y hechos en que la funda
OTRAS MATERIAS MARITIMO
No encontrada materia1-0607
Procedimiento prejudicial — Artículos 49 TFUE y 54 TFUE — Libertad de establecimiento — Normativa nacional que exige a los nacionales de terceros países empleados en un buque que enarbole pabellón de un Estado miembro estar en posesión de un permiso de trabajo en ese Estado miembro — Excepción relativa a los buques que no hagan escala en los puertos del Estado miembro más de 25 veces durante un período de un año — Restricción — Artículo 79 TFUE, apartado 5 — Normativa nacional que persigue es
Procedimiento prejudicial — Seguro directo distinto del seguro de vida — Segunda Directiva 88/357/CEE — Artículo 2, letra d), segundo guion — Directiva 92/49/CEE — Artículo 46, apartado 2, párrafo primero — Impuesto sobre las primas de seguro — Concepto de “Estado miembro en el que se localice el riesgo” — Vehículos de cualquier naturaleza — Concepto de “Estado miembro de matriculación” — Seguro de buques de navegación marítima — Buques inscritos en el registro de buques llevado por un Estado