Jurisprudencia por Biurrun Mancisidor, Garbiñe.
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Medios de prueba
Indefensión
Incapacidad permanente absoluta
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Incapacidad permanente total
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Orden
Social
Administrativo
Civil
Ponente
Biurrun Mancisidor, Garbiñe
Tipo de sentencia
Sentencia
Tribunal
TSJ Pais Vasco
TSJ País Vasco
El TSJ estima el recurso interpuesto por la empresa demandada en el proceso, revocando la sentencia de instancia que declara la existencia de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo no conforme a derecho, puesto que la modificación a que han sido objeto los trabajadores, consistente en la modificación las cláusulas de remuneración, pacto de no concurrencia y exclusividad, es nula. Y ello porque, según recoge la sentencia, no cabe duda de que los dichos pact
DERECHOS FUNDAMENTALES
La cuestión debatida en el recurso consiste en determinar la pretendida ilegalidad del Convenio Colectivo de Asistencia Domiciliaria de Guipúzcoa que ha sido impugnado por cierta Asociación, tras lo cual la Delegación Territorial de Trabajo de Guipúzcoa ha cursado a esta Sala la oportuna comunicación de oficio. La Sala resuelve como cuestiones las siguientes: a.-) La del registro de una de las asociaciones empresariales en fecha posterior a la constitución de la mesa negociador
El TSJ estima el recurso interpuesto por la empresa demandada en el proceso, revocando la sentencia de instancia que declara la existencia de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo no conforme a derecho, puesto que la modificación a que han sido objeto los trabajadores, consistente en la modificación las cláusulas de remuneración, pacto de no concurrencia y exclusividad, es nula. Y ello porque, según recoge la sentencia, no cabe duda de que los dichos pact
DERECHOS FUNDAMENTALES
La cuestión debatida en el recurso consiste en determinar la pretendida ilegalidad del Convenio Colectivo de Asistencia Domiciliaria de Guipúzcoa que ha sido impugnado por cierta Asociación, tras lo cual la Delegación Territorial de Trabajo de Guipúzcoa ha cursado a esta Sala la oportuna comunicación de oficio. La Sala resuelve como cuestiones las siguientes: a.-) La del registro de una de las asociaciones empresariales en fecha posterior a la constitución de la mesa negociador