Jurisprudencia por Berdugo Gomez De La Torre, Juan Ramon.
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Sentido del fallo
Estima
Desestima
Condena
Estima parcialmente
Absuelve
Orden
Penal
Civil
Ponente
Berdugo Gomez De La Torre, Juan Ramon
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Tribunal
Tribunal Supremo
AP - Cordoba
TS
Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
Tribunal Militar Central
Prostitución. Ciberacoso sexual (Grooming) art. 183 bis. Naturaleza y requisitos: el Derecho Penal adelanta las barreras de protección delito de peligro . Elementos objetivos: contacto con menor de 13 años propuesta de encuentro y realización actos materiales encaminados al acercamiento. Delito art. 187.1 solicitud a cambio de remuneración o promesa, de una relación sexual con persona menor de edad. No es necesario que el menor esté ya prostituido. Concurso entre ambos delitos. Concurso norma
Contra la salud pública. Intervenciones telefónicas. Doctrina de la Sala. Requisitos del auto habilitante. El control posterior sobre la decisión que acordó la medida debe revelar que el Juez tenia a su alcance datos objetivos acerca de la existencia del delito y de la participación del sospechoso, así como acerca de la utilidad de la intervención telefónica, de forma que quede de manifiesto que aquella era necesaria y que estaba justificada. Conexión antijuricidad. No basta la conexión causa
Prostitución. Ciberacoso sexual (Grooming) art. 183 bis. Naturaleza y requisitos: el Derecho Penal adelanta las barreras de protección delito de peligro . Elementos objetivos: contacto con menor de 13 años propuesta de encuentro y realización actos materiales encaminados al acercamiento. Delito art. 187.1 solicitud a cambio de remuneración o promesa, de una relación sexual con persona menor de edad. No es necesario que el menor esté ya prostituido. Concurso entre ambos delitos. Concurso norma
Contra la salud pública. Intervenciones telefónicas. Doctrina de la Sala. Requisitos del auto habilitante. El control posterior sobre la decisión que acordó la medida debe revelar que el Juez tenia a su alcance datos objetivos acerca de la existencia del delito y de la participación del sospechoso, así como acerca de la utilidad de la intervención telefónica, de forma que quede de manifiesto que aquella era necesaria y que estaba justificada. Conexión antijuricidad. No basta la conexión causa