Composición de la comisió...re de 2015

Última revisión
02/10/2015

Composición de la comisión representativa de los trabajadores en la Comisión negociadora en el periodo de consultas. Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 139/2014 de 16 de Septiembre de 2015

Tiempo de lectura: 53 min

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Relacionados:

Orden: Social

Fecha: 16 de Septiembre de 2015

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: SALINAS MOLINA, FERNANDO

Núm. Cendoj: 28079140012015100524

Núm. Ecli: ES:TS:2015:3852

Núm. Roj: STS 3852/2015

Resumen:
Composición de la comisión representativa de los trabajadores en la Comisión negociadora de un periodo de consultas teniendo en cuenta el límite máximo de trece miembros establecido en el art. 47.1, ET.El TS considera ajustada a Derecho, la decisión del Comité de empresa sobre la forma de elección entre ellos de un máximo de trece miembros de comisión representativa de los trabajadores en el periodo de consultas, en proporción al número de trabajadores que representen.No infringe el apdo.1, Art. 47, ET (en redacción vigente en su momento por Real Decreto-ley 11/2013, de 2 de agosto, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social.), la distribución de los  trece miembros de comisión representativa de los trabajadores en el periodo de consultas en atención a la respectiva plantilla de los centros de trabajo (sumando el total de trabajadores de ambos centros y dividiéndolo entre los 13 puestos a cubrir), resultando 12 miembros del Comité de un centro de trabajo y 1 miembro del Comité de otro. Ni, el criterio complementario subsidiario, acordado por mayoría para repartir los delegados de uno de los centros en la misma proporción que en la negociación del convenio colectivo.La Sala IV, considera que con la distribución citada no cabe entender por infrinja la norma del texto estatutario, - ni tampoco el invocado derecho de libertad sindical a través del derecho de negociación colectiva  art. 37.1 CE -.

Encabezamiento

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a dieciséis de Septiembre de dos mil quince.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de los recursos de casación ordinaria interpuestos por la Sección Sindical del Sindicato 'ESK en MERCEDES- BENZ, S.A.', representada y defendida por el Letrado Don Imanol Sáenz Mendizábal y por la Sección Sindical del Sindicato 'ELA en MERCEDES- BENZ, S.A.', re...

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