Última revisión
Auto Penal Nº 9/2009, Audiencia Provincial de Badajoz, Sección 3, Rec 17/2009 de 20 de Enero de 2009
Texto
Relacionados:
Voces
Jurisprudencia
Prácticos
Formularios
Resoluciones
Temas
Legislación
Orden: Penal
Fecha: 20 de Enero de 2009
Tribunal: AP Badajoz
Ponente: CALDERON MARTIN, JUANA
Nº de sentencia: 9/2009
Núm. Cendoj: 06083370032009200124
Resumen
Se desestima el recurso de apelación contra el Auto del Juzgado de lo Penal nº 1 de Mérida sobre revocación de suspensión de ejecución de pena de prisión. La Sala considera que con independencia de cuando se dicte la resolución judicial que revoca la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad, en este caso se da el presupuesto que sirve de base a la revocación del beneficio, según resulta de la hoja histórico penal actualizada que recabó el Juzgado de lo Penal antes de acordar la misma, pues dadas las fechas en que se acordó la suspensión por un plazo de dos años y en que el apelante volvió a delinquir, entiende que procede la revocación conforme al artículo 84.1 del Código Penal, que dispone que si el sujeto delinquiera durante el plazo de suspensión fijado el Juez o Tribunal revocará la suspensión de la ejecución de la pena, sin precisarse, por tanto, que el delito cometido durante el plazo de suspensión sea del mismo título que aquel del que derivó la suspensión de la ejecución.
Voces
Suspensión de la pena
Suspensión de la ejecución
Drogas
Consumo de bebidas alcohólicas
Ejecución de pena
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BADAJOZ
SECCIÓN TERCERA
MÉRIDA
A U T O núm. 9/09
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE: DON JOSÉ MARÍA MORENO MONTERO.
MAGISTRADOS:
DOÑA JUANA CALDERÓN MARTÍN (Ponente).
DON …
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a 5 sentencias
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestras tarifas de suscripciónSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder