Última revisión
Auto Penal Nº 469/2010, Audiencia Provincial de Pontevedra, Sección 4, Rec 77/2010 de 02 de Diciembre de 2010
Relacionados:
Orden: Penal
Fecha: 02 de Diciembre de 2010
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: MONTENEGRO VIEITEZ, CELSO JOAQUIN
Nº de sentencia: 469/2010
Núm. Cendoj: 36038370042010200404
Núm. Ecli: ES:APPO:2010:1195A
Resumen
Voces
Representación procesal
Diligencias previas
Apertura del juicio oral
Diligencias de investigación
Maltrato familiar
Delito de amenazas
Investigado o encausado
Amenazas leves
Ámbito familiar
Encabezamiento
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
PONTEVEDRA
AUTO: 00469/2010
AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA
Sección nº 004
Rollo: RT 77 /2010
Órgano Procedencia: JDO. VIOLENCIA SOBRE LA MUJER N. 1 de VIGO
Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO nº 0000654 /2008
ILTMOS. SRES./AS.
PRESIDENTE
D. ANTONIO BERENGUA MOSQUERA
MAGISTRADOS/AS.
D. NÉLIDA CID GUEDE
D. CELSO J. MONTENEGRO VIEITEZ
AUTO
En PONTEVEDRA, a dos de Diciembre de dos mil diez.
Antecedentes
PRIMERO.- En la causa referenciada se dictó por el Juzgado Instructor el veintinueve de Junio de dos mil nueve auto cuya parte dispositiva acuerda la tramitación de las diligencias previas por los trámites de procedimiento abreviado entre otras.
SEGUNDO.- Contra dicho auto se interpuso por la representación de Anselmo recurso de apelación, el cual fue admitido, remitiéndose en su virtud a la Secretaría General de esta Audiencia , correspondiendo a esta Sección, donde se registraron, asignaron Ponente y quedaron pendientes de resolución.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Suplente D. CELSO J. MONTENEGRO VIEITEZ.
Fundamentos
PRIMERO.- El recurso interpuesto por la representación procesal del imputado Anselmo ha de ser rechazado en lo que se refiere, en definitiva, a la impugnación del auto de instancia por el que el Juzgador a quo acordó la transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado. Y ello por cuanto el artículo
Por consiguiente, al finalizar la investigación y como consecuencia de las diligencias esenciales que se hayan acordado para determinar la naturaleza y circunstancias del hecho y las personas que en el mismo hubieren participado, si el Instructor ha constatado que, de un lado, existe persona o personas determinadas contra las cuales puede formularse acusación y, de otro, que el hecho objeto del procedimiento reviste inicialmente características de delito a tenor de lo dispuesto en los artículos
Teniendo en cuenta que el auto a la postre impugnado cumple rigurosamente los requisitos y condiciones más arriba reseñadas, la consecuencia ha de ser la desestimación del recurso del que ahora conocemos. Máxime si tenemos en cuenta, de un lado, que en esta línea, precisamente, el recurrente no solicita la práctica de nuevas diligencias de investigación para la instrucción de la causa; y también, de otro, que de lo actuado se desprende la existencia de indicios suficientes de comisión, por el encausado, de un posible delito de amenazas leves en el ámbito familiar ex artículo
SEGUNDO.- No se hace expresa y especial imposición en materia de costas procesales.
Fallo
En atención a todo lo expuesto, la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha decidido:
PRIMERO.- Desestimar el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Anselmo contra el auto de fecha 29 de Junio de 2009, dictado por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Vigo en el marco del procedimiento Diligencias Previas 654/2008 .
SEGUNDO.- Confirmar en su integridad la reseñada resolución apelada.
TERCERO.- No hacer expresa y especial imposición en materia de costas procesales.
Remítase al Juzgado certificación de esta resolución para cumplimiento de lo acordado.
Así por este nuestro auto lo acordamos, mandamos y firmamos.
Ver el documento "Auto Penal Nº 469/2010, Audiencia Provincial de Pontevedra, Sección 4, Rec 77/2010 de 02 de Diciembre de 2010"
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas
LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS
La sustitución de la instrucción judicial por la nueva dirección del Ministerio Fiscal
12.75€
12.11€