Auto Civil 95/2009 Audien...e del 2009

Última revisión
09/02/2023

Auto Civil 95/2009 Audiencia Provincial de La Rioja Civil-penal Única, Rec. 364/2009 de 14 de septiembre del 2009

Tiempo de lectura: 3 min

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Orden: Civil

Fecha: 14 de Septiembre de 2009

Tribunal: AP La Rioja

Ponente: ARAUJO GARCIA, MARIA DEL CARMEN

Nº de sentencia: 95/2009

Núm. Cendoj: 26089370012009200116

Resumen
OTRAS MATERIAS MATRIMONIALES

Encabezamiento

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LOGROÑO

AUTO: 00095/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA RIOJA

SECCION 001

LOGROÑO

Sección 001

Domicilio : VICTOR PRADERA 2

Telf : 941296484/486/489

Fax : 941296488

Modelo : AUR00

N.I.G.: 26089 37 1 2009 0100381

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000364 /2009

Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de CALAHORRA

Procedimiento de origen : EJECUCION FORZOSA EN PROCESOS DE FAMILIA 0000057 /2008

RECURRENTE : Manuel

Procurador/a :

Letrado/a :

RECURRIDO/A : Amanda

Procurador/a :

Letrado/a :

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ

MAGISTRADOS:

Dª CARMEN ARAUJO GARCÍA

D. LUIS MIGUEL RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ

En la ciudad de Logroño a catorce de septiembre de dos mil nueve.

AUTO Nº 95 DE 2009

Antecedentes

PRIMERO.- Por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 1 de Calahorra, en los autos del Juicio de Ejecución Forzosa Familia nº 57/2008, Rollo de Apelación nº 364/2009, se dictaron resoluciones con fechas 12 de enero de 2009 y 24 de abril de 2009, contra las que se interpuso recurso de apelación por DON Manuel , el que fue admitido, y, previo emplazamiento de las partes, se remitió a esta Ilma. Audiencia Provincial. Siendo ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª CARMEN ARAUJO GARCÍA.

SEGUNDO.- Dentro del plazo del emplazamiento no ha comparecido en esta Audiencia la parte apelante, constando el fallecimiento de Don Manuel , y sin que sus herederos hayan comparecido en el término de emplazamiento.

Fundamentos

UNICO.- Que, por acuerdo de la Junta General de Magistrados de esta Audiencia Provincial de fecha 16 de abril de 2008 , se decidió declarar desiertos aquellos recursos de apelación en que la parte apelante no se persone ante la Audiencia en el plazo establecido en el artículo 463-1de la Ley de Enjuiciamiento Civil , y constando que los herederos de DON Manuel no se han personado en el término del emplazamiento, se declara el recurso desierto, imponiendo a la parte apelante las costas, en su caso, por el recurso causadas, conforme al artículo 458 de La Ley de Enjuiciamiento Civil .

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación.

Fallo

La Sala Acuerda: declarar desierto el recurso de apelación formulado por DON Manuel , frente a los autos de 12 de enero de 2009 y 27 de abril de 2009, dictadas por El Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Calahorra (La Rioja) en procedimiento de Ejecución Forzosa Familia, en el mismo registrado al nº 57/2008, de que dimana el Rollo 364/2009.

Se imponen a la parte apelante las costas causadas, en su caso, por el recurso.

Remítase testimonio de esta resolución al Juzgado de procedencia, con devolución de los autos en su caso, interesándose acuse de recibo.

Así por este nuestro auto, el cual es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno, lo acordamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN: En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.

DILIGENCIA: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.

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