Auto Civil Nº 574/2008, Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 13, Rec 97/2007 de 14 de Mayo de 2008
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Orden: Civil
Fecha: 14 de Mayo de 2008
Tribunal: AP - Barcelona
Ponente: CREMADES MORANT, JUAN BAUTISTA
Nº de sentencia: 574/2008
Núm. Cendoj: 08019370132008200209
Resumen
COMPLEMENTO DE SENTENCIA.- Se acuerda completar la sentencia dictada en el presente rollo, añadiendo a los fundamentos jurídicos, otro, con el ordinal "PRIMERO BIS", que no altera el fallo de la sentencia.- La Sala declara que con el art. 215 LEC y la modificación del 267 LOPJ, se contempla la posibilidad - a solicitud escrita de parte - de subsanar omisiones (carencias de texto o de sus requisitos extrínsecos) en las Sentencias o autos (que hubiesen omitido manifiestamente pronunciamientos relativos a pretensiones oportunamente deducidas y sustanciadas en el proceso, lo que puede constituir incongruencia omisiva o ex silentio), sin necesidad de acudir a la nulidad del art. 240.3, hoy 241 LOPJ (aunque la "respuesta" sería similar por no decir idéntica), mediante completar la Resolución con el pronunciamiento omitido, sin variarla en sus elementos esenciales o remediar la falta de fundamentación con nuevos juicios valorativos; ello, en base a la tutela judicial efectiva del art. 24.1 C.E. de la que forma parte del derecho a obtener de los Jueces y Tribunales una resolución motivada, fundada en Derecho y congruente con las pretensiones oportunamente deducidas por las partes, y en atención a la función estrictamente reparadora y compatible con el principio de invariabilidad de las resoluciones judiciales.Ese complemento puede ser de oficio o a instancia de parte, en determinados plazos, desde la Resolución o desde su notificación respectivamente, y aún sin contradicción, y en el presente caso, resulta procedente atender a lo solicitado por la parte.
Voces
Reconocimiento judicial
Diligencias finales
Nulidad de actuaciones
Incongruencia omisiva
Derecho a la tutela judicial efectiva
Medios de prueba
Indefensión
Valoración de la prueba
Práctica de la prueba
Objeto de la prueba
Inspección ocular
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN 13ª
ROLLO:97/2007-B
A U T O
Iltmos. Sres.
Presidente:
D. JOAN CREMADES MORANT
Magistrados:
Dª Isabel Carriedo Mompin
Dª Mª dels Àngels Gomis Masque
D. …
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