Auto Administrativo Tribu...io de 2011

Última revisión
28/07/2011

Auto Administrativo Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso, Sección 5, Rec 485/2006 de 28 de Julio de 2011

Tiempo de lectura: 8 min

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Orden: Administrativo

Fecha: 28 de Julio de 2011

Tribunal: TSJ Cataluña

Ponente: ORTIZ BLASCO, JOAQUIN JOSE

Núm. Cendoj: 08019330052011200001

Núm. Ecli: ES:TSJCAT:2011:365A

Resumen
EJECUCIÓN DE SENTENCIA.- Sistema de enseñanza en Cataluña.- Castellano como lengua vehicular.- Concesión de plazo de dos meses para que se adopten las medidas precisas para el cumplimiento de la sentencia.- Se establece el plazo máxino de dos meses para que por la Consejera de Enseñanza de la Generalidad de Cataluña se adopten cuantas medidas estime precisas, "para adaptar el sistema de enseñanza a la nueva situación creada por la declaración de la Sentencia 31/2010 del Tribunal Constitucional, que considera también al castellano como lengua vehicular de al enseñanza en Cataluña junto con el catalán".La Sala declara que dada la complejidad que para la Administración de la Generalidad puede suponer el estricto cumplimiento de lo dispuesto por el Tribunal Supremo en la sentencia de constante referencia, en cuanto afecta a un ámbito especialmente sensible de la sociedad catalana, como es el modelo educativo, el Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, acuerda establecer el plazo máxino de dos meses para que por la Consejera de Enseñanza de la Generalidad de Cataluña se adopten cuantas medidas estime precisas "para adaptar su sistema de enseñanza a la nueva situación creada por la declaración de la Sentencia 31/2010 del Tribunal Constitucional que considera también al castellano como lengua vehicular de la enseñanza en Cataluña junto con el catalán", debiendo, transcurrido el referido plazo, informar al Tribunal de las adoptadas, con las consecuencias legales que su incumplimiento puede suponer en los términos del artículo 112 de la Ley Jurisdiccional .

Voces

Ejecución de la sentencia

Servicio público educativo

Jurisdicción contencioso-administrativa

Ejecución de sentencia

Encabezamiento

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN QUINTA

Via Laietana, 56, 3ª planta - 08003 Barcelona

93 344 00 50

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