Jurisprudencia sobre Ascensor.
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Ascensor
Comunidad de propietarios
Daños y perjuicios
Sociedad de responsabilidad limitada
Propiedad horizontal
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Se inadmite
Orden
Civil
Constitucional
Supranacional
Ponente
Cremades Morant, Juan Bautista
Bachs Estany, Jose Maria
Ballester Llopis, Jose Antonio
Cerdan Villalba, Maria Pilar Eugenia
Suarez Odriozola, Iñigo Francisco
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
/srv/alfresco/importar_alfresco/sentencias_juntas/xml_nuevo/174/resumen/1748577.html no existe
PROPIEDAD HORIZONTAL.IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS. CONTRIBUCIÓN DE LOS LOCALES COMERCIALES A LOS GASTOS ORIGINADOS POR LA SUPRESIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS, BAJANDO EL ASCENSOR A COTA CERO Y MODIFICANDO LAS ESCALERAS.
PROPIEDAD HORIZONTAL. SUSTITUCION DE ASCENSORES. DOCTRINA DE LA SALA
Propiedad horizontal: impugnación del acuerdo por el cual la comunidad de propietarios recurrente establecía la permuta de una parte del portal comunitario de las mismas dimensiones que la porción de superficie de la que era privado el propietario del local comercial para favorecer la instalación del ascensor. Es suficiente la simple mayoría para la supresión de las barreras arquitectónicas que dificulten el acceso y la movilidad de las personas con minusvalía, y esta regla permite a la Comun
Las cláusulas que eximen del deber de contribuir a "gastos de conservación, limpieza, alumbrado de portales y escaleras" a los propietarios locales que no tienen acceso por dichos portales, deben entenderse en el sentido de que no les libera del deber de contribuir a sufragar los gastos de instalación de los mismos en aquellos casos en los que es necesario para la adecuada habitabilidad del inmueble, ya que redunda en beneficio, sin excepción, de los propietarios del inmueble e incrementa no
/srv/alfresco/importar_alfresco/sentencias_juntas/xml_nuevo/174/resumen/1748577.html no existe
PROPIEDAD HORIZONTAL.IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS. CONTRIBUCIÓN DE LOS LOCALES COMERCIALES A LOS GASTOS ORIGINADOS POR LA SUPRESIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS, BAJANDO EL ASCENSOR A COTA CERO Y MODIFICANDO LAS ESCALERAS.
PROPIEDAD HORIZONTAL. SUSTITUCION DE ASCENSORES. DOCTRINA DE LA SALA
Propiedad horizontal: impugnación del acuerdo por el cual la comunidad de propietarios recurrente establecía la permuta de una parte del portal comunitario de las mismas dimensiones que la porción de superficie de la que era privado el propietario del local comercial para favorecer la instalación del ascensor. Es suficiente la simple mayoría para la supresión de las barreras arquitectónicas que dificulten el acceso y la movilidad de las personas con minusvalía, y esta regla permite a la Comun
Las cláusulas que eximen del deber de contribuir a "gastos de conservación, limpieza, alumbrado de portales y escaleras" a los propietarios locales que no tienen acceso por dichos portales, deben entenderse en el sentido de que no les libera del deber de contribuir a sufragar los gastos de instalación de los mismos en aquellos casos en los que es necesario para la adecuada habitabilidad del inmueble, ya que redunda en beneficio, sin excepción, de los propietarios del inmueble e incrementa no