Jurisprudencia sobre Ascensor.
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Ascensor
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Propiedad horizontal
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Se inadmite
Orden
Civil
Constitucional
Supranacional
Ponente
Cremades Morant, Juan Bautista
Bachs Estany, Jose Maria
Ballester Llopis, Jose Antonio
Cerdan Villalba, Maria Pilar Eugenia
Suarez Odriozola, Iñigo Francisco
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
La Audiencia Provincial de Zaragoza desestima el recurso de apelación sobre reclamación de cantidad; respecto a los gastos de instalación del ascensor, la Sala señala que la sentencia recurrida con acierto se basa en un acuerdo comunitario en el que se establecen las responsabilidades económicas objeto de reclamación y que dicho acuerdo no ha sido impugnado, y no se halla en disputa el impago.
PROPIEDAD HORIZONTAL.- Impugnación de acuerdo de distribución de gastos por sustitución del ascensor.- Los actores no impugnaron el acuerdo inicial de sustitución del ascensor, con atribución de gastos entre todas las viviendas y locales integrantes de la Comunidad.- Improcedencia de impugnar, con posterioridad, el acuerdo sobre la concreta distribución o determinación de estos gastos.-
Se estima en parte el recurso de apelación i
No ha lugar a la solicitud de las actoras, que se declaren exentos de contribuir a los gastos de instalación y mantenimiento de ascensor, toda vez que en el acto de juicio de la prueba testifical practicada, resultó acreditado, que inicialmente la instalación nueva del ascensor en el edificio de los años sesenta y su mantenimiento, sería a cargo de los propietarios de los pisos de las plantas primera a quinta con exclusión de los de la planta baja, como el propietario de uno de los pisos prim
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
La Audiencia Provincial de Zaragoza desestima el recurso de apelación sobre reclamación de cantidad; respecto a los gastos de instalación del ascensor, la Sala señala que la sentencia recurrida con acierto se basa en un acuerdo comunitario en el que se establecen las responsabilidades económicas objeto de reclamación y que dicho acuerdo no ha sido impugnado, y no se halla en disputa el impago.
PROPIEDAD HORIZONTAL.- Impugnación de acuerdo de distribución de gastos por sustitución del ascensor.- Los actores no impugnaron el acuerdo inicial de sustitución del ascensor, con atribución de gastos entre todas las viviendas y locales integrantes de la Comunidad.- Improcedencia de impugnar, con posterioridad, el acuerdo sobre la concreta distribución o determinación de estos gastos.-
Se estima en parte el recurso de apelación i
No ha lugar a la solicitud de las actoras, que se declaren exentos de contribuir a los gastos de instalación y mantenimiento de ascensor, toda vez que en el acto de juicio de la prueba testifical practicada, resultó acreditado, que inicialmente la instalación nueva del ascensor en el edificio de los años sesenta y su mantenimiento, sería a cargo de los propietarios de los pisos de las plantas primera a quinta con exclusión de los de la planta baja, como el propietario de uno de los pisos prim
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
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