Jurisprudencia sobre Arras.
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Sociedad de responsabilidad limitada
Contrato de compraventa
Arras penitenciales
Resolución de los contratos
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Orden
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
Cerdan Villalba, Maria Pilar Eugenia
Cremades Morant, Juan Bautista
Valdivieso Polaino, Jose Luis
Font Marquina, Marta
Pereda Gamez, Francisco Javier
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Búsqueda: Voces
Arras
Sentencia Civil Nº 399/2013, AP - Barcelona, Sec. 19, Rec 550/2012, 11-12-2013
PRIMERO.-Se suscribió documento de arras el 6/8/2006, actuando como compradores los demandantes y como vendedora la sociedad demandada, abonándose la cantidad de 19.731'21 euros. Se estableció que escrituración, entrega y pago del resto del precio sería en octubre de 2008.
Los actores alegan que la vivienda no se terminó y que por ello enviaron una notificación de desistimiento del contrato mediante acta notarial de 9/2/2010 que, al no ser contestada fue reiterada por otra com
Sentencia Civil Nº 498/2013, AP - Madrid, Sec. 21, Rec 254/2012, 05-11-2013
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.
PRIMERO.-Es un hecho acreditado documentalmente que en el año 2010 se suscribió un denominado contrato de arras entre el demandante D.
Epifanio y D.
Balbino , que actuaba además en representación de Dña.
Gracia , D.
Cesareo y Dña.
Ángeles , en el cual, exponiendo que los cuatro demandados eran dueños de un local en Madrid, calle Monte Aya 25, planta baja, puerta 1, finca 5002 del Registro de la Propiedad, D.
Ba
Sentencia Civil Nº 396/2013, AP - Madrid, Sec. 10, Rec 158/2013, 22-10-2013
PRIMERO.-En fecha 28 de diciembre de 2010 se celebró contrato de compraventa entre Doña
María Teresa y D.
Ángel Daniel , como vendedores, y D.
Teofilo , como comprador, con entrega de 20.000 €, en concepto de arras, estableciendo un precio total de 400.000 € con respecto a la compra de los locales sitos en Madrid, calles de Chumbera nº 2 y Paseo de la Dirección nº 93.
En la estipulación tercera del referido contrato se pacta que la cantidad entregada 'tiene la consideración
Sentencia Civil Nº 621/2013, AP - Barcelona, Sec. 13, Rec 337/2012, 19-11-2013
PRIMERO.-Alega, en esencia, el actor, D.
Juan María , que: (1) en fecha 23 de noviembre de 2009 sucribió con GRUPASSA, la cual había recibido un encargo de venta del propietario de la finca, D.
Arcadio , aquí demandado, un contrato de arras, cuyo objeto era la compraventa de la vivienda sita en Barcelona,
CALLE000 , núm.
NUM000 , casa
NUM001 , por un importe de 540.000€, entregándose en el momento de la firma la cantidad de 54.000€, en concepto de arras penitenciales, pactándose
Sentencia Civil Nº 394/2013, AP - Madrid, Sec. 10, Rec 148/2013, 22-10-2013
PRIMERO.- En fecha 19 de marzo de 2011, se celebró contrato entre Doña
Delia , como vendedor, y D.
Leopoldo , como comprador, habiendo entregado este último la cantidad de 20.000 €, en concepto de arras para la compra de la vivienda sita en Villaviciosa de Odón (Madrid),
AVENIDA000 nº
NUM000 ,
NUM001 , fijándose el precio de compra en la cantidad de 275.000 € y pactando que 'si la compra del piso descrito no se lleva a cabo por causa imputable al vendedor, éste deberá entregar a
Sentencia Civil AP - Valencia, Sec. 11, Rec 965/2012, 28-06-2013
NO SE ACEPTAN los fundamentos de derecho de la resolución impugnada.PRIMERO.- Habiéndo encargado D. Remigio , sin pacto de exclusiva, la venta de una vivienda de su propiedad, sita en la AVENIDA000 nº NUM000 - NUM001 , pta. NUM002 , ' EDIFICIO000 ', de Valencia, a la Inmobiliaria Nou Mestalla, como quiera que la misma fuera del gusto de Dña. Palmira , ésta, con fecha 2 de abril de 2009, suscribió con la referida inmobiliaria un documento de reserva de dicha vivienda para su compra,
Sentencia Civil Nº 483/2013, AP - Barcelona, Sec. 11, Rec 445/2012, 08-11-2013
Primero.- RECURSO DE APELACIÓN FORMULADO POR DOÑA
María Purificación .
I.- Contenido de la
Sentencia de 14 de octubre de 2.011 dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de
l'Hospitalet de Llobregat.
La resolución de primer grado parte de la existencia de un contrato de compraventa con pacto de arras celebrado en fecha 9 de octubre de 2.009 sobre el inmueble sito en l'Hospitalet de Llobregat,
CALLE000 nº
NUM000 ,
NUM001
NUM002
Sentencia Civil AP - Valencia, Sec. 6, Rec 391/2013, 20-09-2013
Se aceptan los fundamentos de derecho de la resolución apelada en lo que no se opongan a los contenidos en éstaPRIMERO.- La cuestión planteada por la parte apelante, DOÑA Marcelina en virtud del recurso de apelación interpuesto es resolver si procede condenar a la parte demandada DOÑA Sonsoles a abonar a la parte actora la cantidad de 25.000 euros.SEGUNDO.-El primer motivo del recurso postula que la juzgadora de instancia debio definir el contrato de arras cuando no existe a
Sentencia Civil Nº 427/2013, AP - Barcelona, Sec. 17, Rec 170/2012, 26-09-2013
PRIMERO.-Mediante la presente litis DÑA.
Apolonia Y D.
Jesús , en su condición de compradores de una casa interesan frente a los vendedores DÑA
Florinda y D
Rodolfo la devolución del duplo de las arras penitenciales , en total 30.000 euros. Por la resolución de primer grado no advirtiéndose que en la fecha pactada no se otorga escritura pública de compraventa por culpa de los vendedores se estima la demanda. Frente a semejante pronunciamiento se alzan los demandantes que en síntes
Sentencia Civil Nº 398/2013, AP - Cantabria, Sec. 2, Rec 870/2011, 09-07-2013
Se admiten los de la Sentencia de instancia, en tanto no sean contradictorios con los que a continuación se establecen; y
PRIMERO: Frente a la sentencia de instancia en que se estima la acción ejercitada en la demanda, reclamación de la cantidad entregada en concepto de arras por el comprador, se alza el recurso interpuesto por el demandado reiterando su pretensión absolutoria.
SEGUNDO: El primer motivo del recurso interpuesto por el demandado alega incongruencia de la resolució
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Arras
Sentencia Civil Nº 399/2013, AP - Barcelona, Sec. 19, Rec 550/2012, 11-12-2013
PRIMERO.-Se suscribió documento de arras el 6/8/2006, actuando como compradores los demandantes y como vendedora la sociedad demandada, abonándose la cantidad de 19.731'21 euros. Se estableció que escrituración, entrega y pago del resto del precio sería en octubre de 2008.
Los actores alegan que la vivienda no se terminó y que por ello enviaron una notificación de desistimiento del contrato mediante acta notarial de 9/2/2010 que, al no ser contestada fue reiterada por otra com
Sentencia Civil Nº 498/2013, AP - Madrid, Sec. 21, Rec 254/2012, 05-11-2013
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.
PRIMERO.-Es un hecho acreditado documentalmente que en el año 2010 se suscribió un denominado contrato de arras entre el demandante D.
Epifanio y D.
Balbino , que actuaba además en representación de Dña.
Gracia , D.
Cesareo y Dña.
Ángeles , en el cual, exponiendo que los cuatro demandados eran dueños de un local en Madrid, calle Monte Aya 25, planta baja, puerta 1, finca 5002 del Registro de la Propiedad, D.
Ba
Sentencia Civil Nº 396/2013, AP - Madrid, Sec. 10, Rec 158/2013, 22-10-2013
PRIMERO.-En fecha 28 de diciembre de 2010 se celebró contrato de compraventa entre Doña
María Teresa y D.
Ángel Daniel , como vendedores, y D.
Teofilo , como comprador, con entrega de 20.000 €, en concepto de arras, estableciendo un precio total de 400.000 € con respecto a la compra de los locales sitos en Madrid, calles de Chumbera nº 2 y Paseo de la Dirección nº 93.
En la estipulación tercera del referido contrato se pacta que la cantidad entregada 'tiene la consideración
Sentencia Civil Nº 621/2013, AP - Barcelona, Sec. 13, Rec 337/2012, 19-11-2013
PRIMERO.-Alega, en esencia, el actor, D.
Juan María , que: (1) en fecha 23 de noviembre de 2009 sucribió con GRUPASSA, la cual había recibido un encargo de venta del propietario de la finca, D.
Arcadio , aquí demandado, un contrato de arras, cuyo objeto era la compraventa de la vivienda sita en Barcelona,
CALLE000 , núm.
NUM000 , casa
NUM001 , por un importe de 540.000€, entregándose en el momento de la firma la cantidad de 54.000€, en concepto de arras penitenciales, pactándose
Sentencia Civil Nº 394/2013, AP - Madrid, Sec. 10, Rec 148/2013, 22-10-2013
PRIMERO.- En fecha 19 de marzo de 2011, se celebró contrato entre Doña
Delia , como vendedor, y D.
Leopoldo , como comprador, habiendo entregado este último la cantidad de 20.000 €, en concepto de arras para la compra de la vivienda sita en Villaviciosa de Odón (Madrid),
AVENIDA000 nº
NUM000 ,
NUM001 , fijándose el precio de compra en la cantidad de 275.000 € y pactando que 'si la compra del piso descrito no se lleva a cabo por causa imputable al vendedor, éste deberá entregar a
Sentencia Civil AP - Valencia, Sec. 11, Rec 965/2012, 28-06-2013
NO SE ACEPTAN los fundamentos de derecho de la resolución impugnada.PRIMERO.- Habiéndo encargado D. Remigio , sin pacto de exclusiva, la venta de una vivienda de su propiedad, sita en la AVENIDA000 nº NUM000 - NUM001 , pta. NUM002 , ' EDIFICIO000 ', de Valencia, a la Inmobiliaria Nou Mestalla, como quiera que la misma fuera del gusto de Dña. Palmira , ésta, con fecha 2 de abril de 2009, suscribió con la referida inmobiliaria un documento de reserva de dicha vivienda para su compra,
Sentencia Civil Nº 483/2013, AP - Barcelona, Sec. 11, Rec 445/2012, 08-11-2013
Primero.- RECURSO DE APELACIÓN FORMULADO POR DOÑA
María Purificación .
I.- Contenido de la
Sentencia de 14 de octubre de 2.011 dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de
l'Hospitalet de Llobregat.
La resolución de primer grado parte de la existencia de un contrato de compraventa con pacto de arras celebrado en fecha 9 de octubre de 2.009 sobre el inmueble sito en l'Hospitalet de Llobregat,
CALLE000 nº
NUM000 ,
NUM001
NUM002
Sentencia Civil AP - Valencia, Sec. 6, Rec 391/2013, 20-09-2013
Se aceptan los fundamentos de derecho de la resolución apelada en lo que no se opongan a los contenidos en éstaPRIMERO.- La cuestión planteada por la parte apelante, DOÑA Marcelina en virtud del recurso de apelación interpuesto es resolver si procede condenar a la parte demandada DOÑA Sonsoles a abonar a la parte actora la cantidad de 25.000 euros.SEGUNDO.-El primer motivo del recurso postula que la juzgadora de instancia debio definir el contrato de arras cuando no existe a
Sentencia Civil Nº 427/2013, AP - Barcelona, Sec. 17, Rec 170/2012, 26-09-2013
PRIMERO.-Mediante la presente litis DÑA.
Apolonia Y D.
Jesús , en su condición de compradores de una casa interesan frente a los vendedores DÑA
Florinda y D
Rodolfo la devolución del duplo de las arras penitenciales , en total 30.000 euros. Por la resolución de primer grado no advirtiéndose que en la fecha pactada no se otorga escritura pública de compraventa por culpa de los vendedores se estima la demanda. Frente a semejante pronunciamiento se alzan los demandantes que en síntes
Sentencia Civil Nº 398/2013, AP - Cantabria, Sec. 2, Rec 870/2011, 09-07-2013
Se admiten los de la Sentencia de instancia, en tanto no sean contradictorios con los que a continuación se establecen; y
PRIMERO: Frente a la sentencia de instancia en que se estima la acción ejercitada en la demanda, reclamación de la cantidad entregada en concepto de arras por el comprador, se alza el recurso interpuesto por el demandado reiterando su pretensión absolutoria.
SEGUNDO: El primer motivo del recurso interpuesto por el demandado alega incongruencia de la resolució