Jurisprudencia sobre Arras.
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Sociedad de responsabilidad limitada
Contrato de compraventa
Arras penitenciales
Resolución de los contratos
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Orden
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
Cerdan Villalba, Maria Pilar Eugenia
Cremades Morant, Juan Bautista
Valdivieso Polaino, Jose Luis
Font Marquina, Marta
Pereda Gamez, Francisco Javier
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Valencia, sobre contrato de corretaje. La Sala estima que si no se ha llegado a consumar la compraventa, no puede entenderse perfeccionado y consumado el contrato de corretaje y no hay consiguientemente derecho del mediador a recibir el premio, ya que el comprador no ha obtenido lo que pretendía, que es concretamente el objeto de la compraventa, por lo que se revoca la sen
La AP desestima el recurso de apelación interpuesto por el actor. La Sala señala que no se aprecia el tribunal el más mínimo motivo para pensar que estuviera viciado el consentimiento del comprador demandante a la hora de otorgar el contrato de compraventa, lo que además resulta increíble teniendo en cuenta el comportamiento condescendiente mostrado por los vendedores.
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Valencia, sobre contrato de corretaje. La Sala estima que si no se ha llegado a consumar la compraventa, no puede entenderse perfeccionado y consumado el contrato de corretaje y no hay consiguientemente derecho del mediador a recibir el premio, ya que el comprador no ha obtenido lo que pretendía, que es concretamente el objeto de la compraventa, por lo que se revoca la sen
La AP desestima el recurso de apelación interpuesto por el actor. La Sala señala que no se aprecia el tribunal el más mínimo motivo para pensar que estuviera viciado el consentimiento del comprador demandante a la hora de otorgar el contrato de compraventa, lo que además resulta increíble teniendo en cuenta el comportamiento condescendiente mostrado por los vendedores.
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS