Jurisprudencia sobre Arras.
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Arras
Sociedad de responsabilidad limitada
Contrato de compraventa
Arras penitenciales
Resolución de los contratos
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Orden
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
Cerdan Villalba, Maria Pilar Eugenia
Cremades Morant, Juan Bautista
Valdivieso Polaino, Jose Luis
Font Marquina, Marta
Pereda Gamez, Francisco Javier
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
La Audiencia Provincial de Madrid estima parcialmente el recurso de apelación sobre reclamación de cantidad; la Sala señala que es jurisprudencia consolidada la que establece que el contrato de mediación o corretaje está supeditado, en cuanto al devengo de honorarios, a la condición suspensiva de la celebración del contrato pretendido, salvo pacto expreso; la Sala señala que está acreditada la labor de intermediación del mediador, añadiendo que a dicha labor, sin embargo, no sig
RESOLUCION CONTRATOS Idioma: Español
Analiza la Sala las relaciones existentes, concluyendo que el contrato en cuya virtud accionaban los actores no es una compraventa, sino un contrato de mediación o corretaje, por lo que los actores no tienen acción para exigir la devolución duplicada de la cantidad entregada, aunque no imponen las costas a los actores por las dudas suscitadas por el documento que firmaron.
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
La Audiencia Provincial de Madrid estima parcialmente el recurso de apelación sobre reclamación de cantidad; la Sala señala que es jurisprudencia consolidada la que establece que el contrato de mediación o corretaje está supeditado, en cuanto al devengo de honorarios, a la condición suspensiva de la celebración del contrato pretendido, salvo pacto expreso; la Sala señala que está acreditada la labor de intermediación del mediador, añadiendo que a dicha labor, sin embargo, no sig
RESOLUCION CONTRATOS Idioma: Español
Analiza la Sala las relaciones existentes, concluyendo que el contrato en cuya virtud accionaban los actores no es una compraventa, sino un contrato de mediación o corretaje, por lo que los actores no tienen acción para exigir la devolución duplicada de la cantidad entregada, aunque no imponen las costas a los actores por las dudas suscitadas por el documento que firmaron.