Jurisprudencia por Aparicio Mateo, Ana Maria.
Filtros
Voces
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Impuesto sobre el Valor Añadido
Liquidaciones tributarias
Dominio público local
Impuesto sobre sociedades
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Condena
Estima parcialmente
Orden
Administrativo
Civil
Ponente
Aparicio Mateo, Ana Maria
Tipo de sentencia
Sentencia
Tribunal
TSJ Cataluña
TSJ Madrid
AP - Tarragona
Audiencia Nacional
Se estima el Recurso Contencioso-Administrativo contra las Resoluciones del TEAR de Cataluña, sobre solicitud de suspensión.
Se impugnan las resoluciones del TEAR de Cataluña por las que se declara la no admisión a trámite de la solicitud de suspensión instada en las reclamaciones seguidas frente a los Acuerdos de la Dependencia Regional de la Inspección de la AEAT, Delegación Especial de Cataluña. La Sala admite la posibilidad de subsanación en los supuestos, como el enjuiciado, en que
Se estima el recurso contencioso-administrativo promovido contra las resoluciones del TEARC por el concepto de devolución de ingresos indebidos por Impuesto sobre el Valor Añadido. Las cuotas pagadas por IVA de cuya devolución se trata, fueron devengadas en su día como motivo de los respectivos contratos de cesión temporal de plaza de aparcamiento otorgados por una sociedad pública municipal. Posteriormente por las mismas e idénticas operaciones, se liquidó a los aquí recurrentes el Impuesto
Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución dictada por el TEAR por no admitir a trámite la solicitud de suspensión. La reclamación económico-administrativa no suspenderá la ejecución del acto impugnado. La solicitud será rechazada cuando la misma no identifique el acto que pretende suspenderse, no contenga alegaciones o éstas no se refieran a la concurrencia de los requisitos legales, no adjunte documento alguno en acreditación de lo alegado o los que adj
Se estima el Recurso Contencioso-Administrativo contra la Resolución del Tribunal Económico- Administrativo Central, sobre Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
En el caso de autos, el requerimiento en virtud del que se instaba al sujeto pasivo para que aportara ciertos balances, se dirigió al presentador de la inicial declaración de bienes, siendo notificado en el domicilio de este último. En el expediente no consta actuación de la que inferir que la anterior notificación llegara a cono
Se desestima el recurso contencioso-administrativo contra la resolución del TEARC, por la que declara la inadmisibilidad por extemporánea de la reclamación económico administrativa deducida frente a la resolución dictada por la Delegación de Hacienda de Barcelona, Inspección Provincial, por la comisión de una infracción tributaria simple, como consecuencia de la no atención a los requerimientos y citaciones de la Inspección. La representación activa opone como fundamental motivo de impugnació
Se estima el recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo del Departamento de Economía y Finanzas de la Generalitat de Cataluña, sobre devolución de ingresos indebidos en relación con las cantidades ingresadas por el concepto del Impuesto sobre Sucesiones. Se propugna por la parte actora la nulidad de la anterior resolución, con fundamento en que la cantidad que se adicionó como bien perteneciente a la herencia del finado, nunca formó parte de su esfera patrimonial, lo que determina l
Se estima el Recurso Contencioso-Administrativo contra las Resoluciones del TEAR de Cataluña, sobre solicitud de suspensión.
Se impugnan las resoluciones del TEAR de Cataluña por las que se declara la no admisión a trámite de la solicitud de suspensión instada en las reclamaciones seguidas frente a los Acuerdos de la Dependencia Regional de la Inspección de la AEAT, Delegación Especial de Cataluña. La Sala admite la posibilidad de subsanación en los supuestos, como el enjuiciado, en que
Se estima el recurso contencioso-administrativo promovido contra las resoluciones del TEARC por el concepto de devolución de ingresos indebidos por Impuesto sobre el Valor Añadido. Las cuotas pagadas por IVA de cuya devolución se trata, fueron devengadas en su día como motivo de los respectivos contratos de cesión temporal de plaza de aparcamiento otorgados por una sociedad pública municipal. Posteriormente por las mismas e idénticas operaciones, se liquidó a los aquí recurrentes el Impuesto
Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución dictada por el TEAR por no admitir a trámite la solicitud de suspensión. La reclamación económico-administrativa no suspenderá la ejecución del acto impugnado. La solicitud será rechazada cuando la misma no identifique el acto que pretende suspenderse, no contenga alegaciones o éstas no se refieran a la concurrencia de los requisitos legales, no adjunte documento alguno en acreditación de lo alegado o los que adj
Se estima el Recurso Contencioso-Administrativo contra la Resolución del Tribunal Económico- Administrativo Central, sobre Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
En el caso de autos, el requerimiento en virtud del que se instaba al sujeto pasivo para que aportara ciertos balances, se dirigió al presentador de la inicial declaración de bienes, siendo notificado en el domicilio de este último. En el expediente no consta actuación de la que inferir que la anterior notificación llegara a cono
Se desestima el recurso contencioso-administrativo contra la resolución del TEARC, por la que declara la inadmisibilidad por extemporánea de la reclamación económico administrativa deducida frente a la resolución dictada por la Delegación de Hacienda de Barcelona, Inspección Provincial, por la comisión de una infracción tributaria simple, como consecuencia de la no atención a los requerimientos y citaciones de la Inspección. La representación activa opone como fundamental motivo de impugnació
Se estima el recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo del Departamento de Economía y Finanzas de la Generalitat de Cataluña, sobre devolución de ingresos indebidos en relación con las cantidades ingresadas por el concepto del Impuesto sobre Sucesiones. Se propugna por la parte actora la nulidad de la anterior resolución, con fundamento en que la cantidad que se adicionó como bien perteneciente a la herencia del finado, nunca formó parte de su esfera patrimonial, lo que determina l