Jurisprudencia de Audiencia Provincial - Gipuzkoa.
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Absuelve
Orden
Civil
Penal
Ponente
Unanue Arratibel, Juana Maria
Suarez Odriozola, Iñigo Francisco
Domeño Nieto, Yolanda
Blanquez Perez, Luis
Bildarraz Alzuri, Maria Del Carmen
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
AP - Gipuzkoa
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AP - Gipuzkoa
Sentencia Penal Nº 44/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 3, Rec 3027/2015, 20-04-2015
PRIMERO.-
La parte denunciante interesa la revocación de la Sentencia absolutoria dictada a fin de que se dicte otra por la que se condene a D.
Hugo como autor de una falta de amenazas prevista en el
art. 620.2º C.P . y como autor de una falta de injurias prevista en el
art. 620.2º C.P ., argumentando, en síntesis, que la Juzgadora ha incurrido en errónea valoración de la prueba, existiendo prueba de cargo suficiente para destruir la presunción de inocencia, con base a las
Sentencia Civil Nº 238/2014, AP - Gipuzkoa, Sec. 3, Rec 3267/2014, 17-10-2014
PRIMERO.-
Recurso de apelación interpuesto por COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL
PASEO000 NUMERO
NUM000 DE DONOSTIA-SAN SEBASTIAN contra la
sentencia de 22 de mayo de 2014 dictada en la instancia.
Motivaciòn.-
1.-Error en la valoración de la prueba e infracción de ley.
De la prueba documental aportada a las actuaciones se deduce que la Comunidad de propietarios quedaba obligada al pago del 5% del presupuesto, màs los gastos del proyecto y dirección de obra
Sentencia Penal Nº 6/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 3, Rec 3003/2015, 27-01-2015
PRIMERO.-
Dentro del inicial
Juicio de Faltas 4506/2013, celebrado en el Juzgado de Instrucción nº 5 de San Sebastián, se dictó sentencia con fecha 12 de junio de 2014 , absolviendo a D.
Dionisio y a D.
Hipolito de la falta por la que venian siendo acusados.
Notificada la resolución en debida forma interpuso contra la misma recurso de Apelación el letrado D. Manuel Mª Soto en nombre de Dña.
Alejandra , D.
Luis Angel , Dña.
Eulalia y Dña.
Penélope .
Dicho
Sentencia Penal Nº 1/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 2, Rec 2001/2015, 16-01-2015
PRIMERO.- El
Juzgado de lo Penal nº 5 de San Sebastián dictó sentencia con fecha 23 de septiembre 2014 que condena a D.
Feliciano como autor responsable de un delito de quebrantamiento de condena en los términos recogidos en el primer antecedente de la presente resolución.
La representación procesal del acusado impugna la referida resolución e interesa su revocación y el dictado de una nueva sentencia, debiendo deducirse de los términos de la impugnación que interesa su absolución.
Sentencia Civil Nº 40/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 3, Rec 3051/2015, 02-03-2015
Se aceptan los de la resolución recurrida en lo que no se opongan a los que a continuación se exponen y ;
PRIMERO.-En el recurso de apelación se sustancia en la errónea valoración de la pruebaen la valoración de la prueba documental y testifical practicada en autos por entender que de la actuación de la actora se infiere que era conocedora de la existencia del segundo aval, el del año 2.007, cuando la parte actora niega tal conocimiento y que era desconocedora de su existencia,
Sentencia Civil Nº 3/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 3, Rec 3389/2014, 19-01-2015
Se aceptan los de la resolución recurrida en lo que no se opongan a los que a continuación se exponen y ;
PRIMERO.-En el recurso de apelación se impugna el fundamento de derecho cuarto en cuanto a la valoración de la prueba, en concreto , del Sr.
Baldomero y de los testigos Sres
Ruperto y
Juan Carlos que coinciden en que la malla estaba totalmente recogida en el palo superior de la puerta y que a la vista de la altura de la misma resulta inviable que un menor de nueve años s
Sentencia Civil Nº 21/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 3, Rec 3379/2014, 05-02-2015
No se aceptan los hechos probados y fundamentos de la resolución de instancia en lo que se opongan a los que a continuación se exponen y ;
PRIMERO.-El objeto de la presente resolución viene constituido por la Sentencia de instancia que desestima en su integridad la demanda interpuesta por la representación procesal de Dª.
Ofelia frente a D.
Severiano y Dª.
Alejandra , con quienes tenia suscrito contrato de arrendamiento, en reclamación de cantidad en concepto de daños y perj
Sentencia Civil Nº 7/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 2, Rec 2347/2014, 12-01-2015
Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia recurrida, en todo lo que no contradigan lo que después se dirá.
PRIMERO.- Por parte de D.
Blas y Dª.
Constanza se ha interpuesto recurso de apelación contra la
sentencia de fecha 23 de Junio de 2.014, dictada por el Juzgado de Lo Mercantil nº 1 de San Sebastián , en solicitud de que se dicte nueva sentencia, por la que revoque la primera, exclusivamente, en lo que se refiere al pronunciamiento relativo a la desestimación de la d
Sentencia Civil Nº 4/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 2, Rec 2332/2014, 09-01-2015
PRIMERO.- La Ilma. Juez del
Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Tolosa pronunció sentencia, en fecha 30 de junio de 2014 , completada posteriormente por auto de fecha 5 de septiembre de 2014, en la que acordaba el divorcio del matrimonio formado por D.
Federico y Dª
María Inmaculada adoptando las medidas reguladoras de dicha situación relacionadas en el primer y segundo antecedentes de la presente resolución.
La representación de Dª
María Inmaculada recurre en apelación la citada
Sentencia Civil Nº 233/2014, AP - Gipuzkoa, Sec. 3, Rec 3269/2014, 15-10-2014
Se aceptan los de la resolución recurrida en lo que no se opongan a los que a continuación se exponen y ;
PRIMERO.-Frente a la sentencia recurrida se interponen dos recursos
en el articulado por la representación de Dª
Hortensia
se impugna en que se haya concedido la custodia compartida a los progenitores y a consecuencia de la misma la menor tenga que pernoctar con su padre los martes y jueves, solicitando que la visita sea sin pernocta en el hogar paterno y ello pués
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AP - Gipuzkoa
Sentencia Penal Nº 44/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 3, Rec 3027/2015, 20-04-2015
PRIMERO.-
La parte denunciante interesa la revocación de la Sentencia absolutoria dictada a fin de que se dicte otra por la que se condene a D.
Hugo como autor de una falta de amenazas prevista en el
art. 620.2º C.P . y como autor de una falta de injurias prevista en el
art. 620.2º C.P ., argumentando, en síntesis, que la Juzgadora ha incurrido en errónea valoración de la prueba, existiendo prueba de cargo suficiente para destruir la presunción de inocencia, con base a las
Sentencia Civil Nº 238/2014, AP - Gipuzkoa, Sec. 3, Rec 3267/2014, 17-10-2014
PRIMERO.-
Recurso de apelación interpuesto por COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL
PASEO000 NUMERO
NUM000 DE DONOSTIA-SAN SEBASTIAN contra la
sentencia de 22 de mayo de 2014 dictada en la instancia.
Motivaciòn.-
1.-Error en la valoración de la prueba e infracción de ley.
De la prueba documental aportada a las actuaciones se deduce que la Comunidad de propietarios quedaba obligada al pago del 5% del presupuesto, màs los gastos del proyecto y dirección de obra
Sentencia Penal Nº 6/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 3, Rec 3003/2015, 27-01-2015
PRIMERO.-
Dentro del inicial
Juicio de Faltas 4506/2013, celebrado en el Juzgado de Instrucción nº 5 de San Sebastián, se dictó sentencia con fecha 12 de junio de 2014 , absolviendo a D.
Dionisio y a D.
Hipolito de la falta por la que venian siendo acusados.
Notificada la resolución en debida forma interpuso contra la misma recurso de Apelación el letrado D. Manuel Mª Soto en nombre de Dña.
Alejandra , D.
Luis Angel , Dña.
Eulalia y Dña.
Penélope .
Dicho
Sentencia Penal Nº 1/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 2, Rec 2001/2015, 16-01-2015
PRIMERO.- El
Juzgado de lo Penal nº 5 de San Sebastián dictó sentencia con fecha 23 de septiembre 2014 que condena a D.
Feliciano como autor responsable de un delito de quebrantamiento de condena en los términos recogidos en el primer antecedente de la presente resolución.
La representación procesal del acusado impugna la referida resolución e interesa su revocación y el dictado de una nueva sentencia, debiendo deducirse de los términos de la impugnación que interesa su absolución.
Sentencia Civil Nº 40/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 3, Rec 3051/2015, 02-03-2015
Se aceptan los de la resolución recurrida en lo que no se opongan a los que a continuación se exponen y ;
PRIMERO.-En el recurso de apelación se sustancia en la errónea valoración de la pruebaen la valoración de la prueba documental y testifical practicada en autos por entender que de la actuación de la actora se infiere que era conocedora de la existencia del segundo aval, el del año 2.007, cuando la parte actora niega tal conocimiento y que era desconocedora de su existencia,
Sentencia Civil Nº 3/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 3, Rec 3389/2014, 19-01-2015
Se aceptan los de la resolución recurrida en lo que no se opongan a los que a continuación se exponen y ;
PRIMERO.-En el recurso de apelación se impugna el fundamento de derecho cuarto en cuanto a la valoración de la prueba, en concreto , del Sr.
Baldomero y de los testigos Sres
Ruperto y
Juan Carlos que coinciden en que la malla estaba totalmente recogida en el palo superior de la puerta y que a la vista de la altura de la misma resulta inviable que un menor de nueve años s
Sentencia Civil Nº 21/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 3, Rec 3379/2014, 05-02-2015
No se aceptan los hechos probados y fundamentos de la resolución de instancia en lo que se opongan a los que a continuación se exponen y ;
PRIMERO.-El objeto de la presente resolución viene constituido por la Sentencia de instancia que desestima en su integridad la demanda interpuesta por la representación procesal de Dª.
Ofelia frente a D.
Severiano y Dª.
Alejandra , con quienes tenia suscrito contrato de arrendamiento, en reclamación de cantidad en concepto de daños y perj
Sentencia Civil Nº 7/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 2, Rec 2347/2014, 12-01-2015
Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia recurrida, en todo lo que no contradigan lo que después se dirá.
PRIMERO.- Por parte de D.
Blas y Dª.
Constanza se ha interpuesto recurso de apelación contra la
sentencia de fecha 23 de Junio de 2.014, dictada por el Juzgado de Lo Mercantil nº 1 de San Sebastián , en solicitud de que se dicte nueva sentencia, por la que revoque la primera, exclusivamente, en lo que se refiere al pronunciamiento relativo a la desestimación de la d
Sentencia Civil Nº 4/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 2, Rec 2332/2014, 09-01-2015
PRIMERO.- La Ilma. Juez del
Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Tolosa pronunció sentencia, en fecha 30 de junio de 2014 , completada posteriormente por auto de fecha 5 de septiembre de 2014, en la que acordaba el divorcio del matrimonio formado por D.
Federico y Dª
María Inmaculada adoptando las medidas reguladoras de dicha situación relacionadas en el primer y segundo antecedentes de la presente resolución.
La representación de Dª
María Inmaculada recurre en apelación la citada
Sentencia Civil Nº 233/2014, AP - Gipuzkoa, Sec. 3, Rec 3269/2014, 15-10-2014
Se aceptan los de la resolución recurrida en lo que no se opongan a los que a continuación se exponen y ;
PRIMERO.-Frente a la sentencia recurrida se interponen dos recursos
en el articulado por la representación de Dª
Hortensia
se impugna en que se haya concedido la custodia compartida a los progenitores y a consecuencia de la misma la menor tenga que pernoctar con su padre los martes y jueves, solicitando que la visita sea sin pernocta en el hogar paterno y ello pués