Jurisprudencia por Alarco...ria Jesus.

Jurisprudencia por Alarcon Barcos, Maria Jesus.

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Ponente
ALARCON BARCOS, MARIA JESUS
Ponente
ALARCON BARCOS, MARIA JESUS
Sentencia Penal Nº 743/2007, AP - Malaga, Sec. 2, Rec 305/2007, 29-11-2007

Orden: Penal


Tribunal: AP - Malaga


Ponente: ALARCON BARCOS, MARIA JESUS


Nº de sentencia: 743/2007



PRIMERO: Una vez examinados los motivos de impugnación alegados por el recurrente, conviene tener en cuenta que, se ha reconocido por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ( S. 55/82 ), que para condenar hace falta la certeza de la culpabilidad obtenida en la valoración de la prueba, que ha llegado con las debidas garantías al proceso, valoración que es de la exclusiva incumbencia del Juzgador, en la que asume en libertad según su conciencia e íntima convicción, la comprometida funció
Sentencia Penal Nº 77/2008, AP - Malaga, Sec. 2, Rec 17/2008, 12-02-2008

Orden: Penal


Tribunal: AP - Malaga


Ponente: ALARCON BARCOS, MARIA JESUS


Nº de sentencia: 77/2008



PRIMERO : Alega el recurrente la indebida aplicación del tipo penal del impago de pensiones derivado de que no concurren todos los elementos integrantes de dicho delito.Basa el recurrente su impugnación sobre la base que no concurren los elementos integrantes del tipo penal de abandono de familia, ya que la obligación de satisfacer la pensión a la esposa se extinguió tan pronto como esta comenzó a trabajar.Para la comisión de este delito, como tantas veces se ha dicho, es necesa
Sentencia Penal Nº 216/2008, AP - Malaga, Sec. 2, Rec 74/2008, 22-04-2008

Orden: Penal


Tribunal: AP - Malaga


Ponente: ALARCON BARCOS, MARIA JESUS


Nº de sentencia: 216/2008



PRIMERO : Alega el recurrente como único motivo de impugnación una erronea valoración de la prueba.El planteamiento en que se sustenta la impugnación analizada no puede ser compartido por el Tribunal por cuanto las conclusiones fácticas a las que llegó la Juzgadora "a quo", lejos de ser fruto de una construcción arbitraria de la misma, están apoyadas en prueba practicada en el juicio oral con pleno respeto a los principios inspiradores del mismo, detallándose en la resolución impugnada
Sentencia Penal Nº 294/2007, AP - Malaga, Sec. 2, Rec 38/2007, 07-05-2007

Orden: Penal


Tribunal: AP - Malaga


Ponente: ALARCON BARCOS, MARIA JESUS


Nº de sentencia: 294/2007



PRIMERO: Según lo dispuesto por el art. 787-1º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y vistas las manifestaciones de las partes, ha de dictarse sentencia de estricta conformidad a las calificaciones mutuamente aceptadas, al ser la pena pedida inferior a seis añosSEGUNDO: Son de imponer al acusado las costas procesalesVistos los artí
Sentencia Penal Nº 769/2007, AP - Malaga, Sec. 2, Rec 336/2007, 18-12-2007

Orden: Penal


Tribunal: AP - Malaga


Ponente: ALARCON BARCOS, MARIA JESUS


Nº de sentencia: 769/2007



PRIMERO : Alega el recurrente error en la apreciación de las pruebas por parte de la Juez "a quo" con infracción del principio ""in dubio pro reo""- y nulidad de la identificación efectuada por el testigo en relación a los acusados junto al dato que la propia victima manifestó que no los pudo reconocer. En el acto del juicio los reconoció plenamente.Al efecto hemos de poner de manifiesto que en el presente caso es cierto que obra un reconocimiento fotográfico practicado en sede policia
Sentencia Penal Nº 12/2008, AP - Malaga, Sec. 2, Rec 320/2007, 04-01-2008

Orden: Penal


Tribunal: AP - Malaga


Ponente: ALARCON BARCOS, MARIA JESUS


Nº de sentencia: 12/2008



PRIMERO: Alega la recurrente como único motivo de impugnación que el juzgador de Instancia ha incurrido en un claro error en la valoración de la prueba.Debemos decir al respecto que la valoración de la prueba llevada a efecto por el juzgador de instancia en uso de la facultad que le confieren los art. 741 y 973 de la <rel id="2356982" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacio
Sentencia Penal Nº 737/2007, AP - Malaga, Sec. 2, Rec 318/2007, 28-11-2007

Orden: Penal


Tribunal: AP - Malaga


Ponente: ALARCON BARCOS, MARIA JESUS


Nº de sentencia: 737/2007



PRIMERO : Respecto del error en la apreciación de la prueba, la pretensión sustentada por la parte recurrente radica en sustituir el criterio imparcial de la juzgadora "a quo", obtenido de la apreciación en conciencia de las pruebas practicadas ( artículo 741 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal ); plasmada como conclusión fáctica en los hechos
Sentencia Penal Nº 220/2008, AP - Malaga, Sec. 2, Rec 99/2008, 23-04-2008

Orden: Penal


Tribunal: AP - Malaga


Ponente: ALARCON BARCOS, MARIA JESUS


Nº de sentencia: 220/2008



PRIMERO: Alega la recurrente como uno de los motivos de impugnación una erronea valoración de la prueba practicada en cuanto que no se ha acreditado de un lado que el perro de la denunciada hubiese mordido al denunciante.Es cierto que para condenar hace falta la certeza de la culpabilidad obtenida en la valoración de la prueba, que ha llegado con las debidas garantías al proceso, valoración que es de la exclusiva incumbencia del Juzgador, en la que asume en libertad según su conciencia
Sentencia Penal Nº 177/2008, AP - Malaga, Sec. 2, Rec 93/2008, 08-04-2008

Orden: Penal


Tribunal: AP - Malaga


Ponente: ALARCON BARCOS, MARIA JESUS


Nº de sentencia: 177/2008



PRIMERO: Una vez examinados los motivos de impugnación alegados por el recurrente, conviene tener en cuenta que, se ha reconocido por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ( S. 55/82 ), que para condenar hace falta la certeza de la culpabilidad obtenida en la valoración de la prueba, que ha llegado con las debidas garantías al proceso, valoración que es de la exclusiva incumbencia del Juzgador, en la que asume en libertad según su conciencia e íntima convicción, la comprometida funció
Sentencia Penal Nº 731/2007, AP - Malaga, Sec. 2, Rec 293/2007, 26-11-2007

Orden: Penal


Tribunal: AP - Malaga


Ponente: ALARCON BARCOS, MARIA JESUS


Nº de sentencia: 731/2007



PRIMERO: Alega el recurrente que la sentencia dictada por el juzgado de Instrucción numero dos de Torrox incurre en un manifiesto error en la valoración de la prueba, así como que se ha producido una infracción del tipo penal previsto en el art. 621 del C. Penal por inaplicación.Al respecto hemo

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ALARCON BARCOS, MARIA JESUS
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Sentencia Penal Nº 743/2007, AP - Malaga, Sec. 2, Rec 305/2007, 29-11-2007

Orden: Penal


Tribunal: AP - Malaga


Ponente: ALARCON BARCOS, MARIA JESUS


Nº de sentencia: 743/2007



PRIMERO: Una vez examinados los motivos de impugnación alegados por el recurrente, conviene tener en cuenta que, se ha reconocido por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ( S. 55/82 ), que para condenar hace falta la certeza de la culpabilidad obtenida en la valoración de la prueba, que ha llegado con las debidas garantías al proceso, valoración que es de la exclusiva incumbencia del Juzgador, en la que asume en libertad según su conciencia e íntima convicción, la comprometida funció
Sentencia Penal Nº 77/2008, AP - Malaga, Sec. 2, Rec 17/2008, 12-02-2008

Orden: Penal


Tribunal: AP - Malaga


Ponente: ALARCON BARCOS, MARIA JESUS


Nº de sentencia: 77/2008



PRIMERO : Alega el recurrente la indebida aplicación del tipo penal del impago de pensiones derivado de que no concurren todos los elementos integrantes de dicho delito.Basa el recurrente su impugnación sobre la base que no concurren los elementos integrantes del tipo penal de abandono de familia, ya que la obligación de satisfacer la pensión a la esposa se extinguió tan pronto como esta comenzó a trabajar.Para la comisión de este delito, como tantas veces se ha dicho, es necesa
Sentencia Penal Nº 216/2008, AP - Malaga, Sec. 2, Rec 74/2008, 22-04-2008

Orden: Penal


Tribunal: AP - Malaga


Ponente: ALARCON BARCOS, MARIA JESUS


Nº de sentencia: 216/2008



PRIMERO : Alega el recurrente como único motivo de impugnación una erronea valoración de la prueba.El planteamiento en que se sustenta la impugnación analizada no puede ser compartido por el Tribunal por cuanto las conclusiones fácticas a las que llegó la Juzgadora "a quo", lejos de ser fruto de una construcción arbitraria de la misma, están apoyadas en prueba practicada en el juicio oral con pleno respeto a los principios inspiradores del mismo, detallándose en la resolución impugnada
Sentencia Penal Nº 294/2007, AP - Malaga, Sec. 2, Rec 38/2007, 07-05-2007

Orden: Penal


Tribunal: AP - Malaga


Ponente: ALARCON BARCOS, MARIA JESUS


Nº de sentencia: 294/2007



PRIMERO: Según lo dispuesto por el art. 787-1º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y vistas las manifestaciones de las partes, ha de dictarse sentencia de estricta conformidad a las calificaciones mutuamente aceptadas, al ser la pena pedida inferior a seis añosSEGUNDO: Son de imponer al acusado las costas procesalesVistos los artí
Sentencia Penal Nº 769/2007, AP - Malaga, Sec. 2, Rec 336/2007, 18-12-2007

Orden: Penal


Tribunal: AP - Malaga


Ponente: ALARCON BARCOS, MARIA JESUS


Nº de sentencia: 769/2007



PRIMERO : Alega el recurrente error en la apreciación de las pruebas por parte de la Juez "a quo" con infracción del principio ""in dubio pro reo""- y nulidad de la identificación efectuada por el testigo en relación a los acusados junto al dato que la propia victima manifestó que no los pudo reconocer. En el acto del juicio los reconoció plenamente.Al efecto hemos de poner de manifiesto que en el presente caso es cierto que obra un reconocimiento fotográfico practicado en sede policia
Sentencia Penal Nº 12/2008, AP - Malaga, Sec. 2, Rec 320/2007, 04-01-2008

Orden: Penal


Tribunal: AP - Malaga


Ponente: ALARCON BARCOS, MARIA JESUS


Nº de sentencia: 12/2008



PRIMERO: Alega la recurrente como único motivo de impugnación que el juzgador de Instancia ha incurrido en un claro error en la valoración de la prueba.Debemos decir al respecto que la valoración de la prueba llevada a efecto por el juzgador de instancia en uso de la facultad que le confieren los art. 741 y 973 de la <rel id="2356982" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacio
Sentencia Penal Nº 737/2007, AP - Malaga, Sec. 2, Rec 318/2007, 28-11-2007

Orden: Penal


Tribunal: AP - Malaga


Ponente: ALARCON BARCOS, MARIA JESUS


Nº de sentencia: 737/2007



PRIMERO : Respecto del error en la apreciación de la prueba, la pretensión sustentada por la parte recurrente radica en sustituir el criterio imparcial de la juzgadora "a quo", obtenido de la apreciación en conciencia de las pruebas practicadas ( artículo 741 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal ); plasmada como conclusión fáctica en los hechos
Sentencia Penal Nº 220/2008, AP - Malaga, Sec. 2, Rec 99/2008, 23-04-2008

Orden: Penal


Tribunal: AP - Malaga


Ponente: ALARCON BARCOS, MARIA JESUS


Nº de sentencia: 220/2008



PRIMERO: Alega la recurrente como uno de los motivos de impugnación una erronea valoración de la prueba practicada en cuanto que no se ha acreditado de un lado que el perro de la denunciada hubiese mordido al denunciante.Es cierto que para condenar hace falta la certeza de la culpabilidad obtenida en la valoración de la prueba, que ha llegado con las debidas garantías al proceso, valoración que es de la exclusiva incumbencia del Juzgador, en la que asume en libertad según su conciencia
Sentencia Penal Nº 177/2008, AP - Malaga, Sec. 2, Rec 93/2008, 08-04-2008

Orden: Penal


Tribunal: AP - Malaga


Ponente: ALARCON BARCOS, MARIA JESUS


Nº de sentencia: 177/2008



PRIMERO: Una vez examinados los motivos de impugnación alegados por el recurrente, conviene tener en cuenta que, se ha reconocido por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ( S. 55/82 ), que para condenar hace falta la certeza de la culpabilidad obtenida en la valoración de la prueba, que ha llegado con las debidas garantías al proceso, valoración que es de la exclusiva incumbencia del Juzgador, en la que asume en libertad según su conciencia e íntima convicción, la comprometida funció
Sentencia Penal Nº 731/2007, AP - Malaga, Sec. 2, Rec 293/2007, 26-11-2007

Orden: Penal


Tribunal: AP - Malaga


Ponente: ALARCON BARCOS, MARIA JESUS


Nº de sentencia: 731/2007



PRIMERO: Alega el recurrente que la sentencia dictada por el juzgado de Instrucción numero dos de Torrox incurre en un manifiesto error en la valoración de la prueba, así como que se ha producido una infracción del tipo penal previsto en el art. 621 del C. Penal por inaplicación.Al respecto hemo

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