Jurisprudencia por Alarcon Barcos, Maria Jesus.
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Error en la valoración de la prueba
Daños y perjuicios
Presunción de inocencia
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Condena
Absuelve
Estima parcialmente
Orden
Penal
Civil
Ponente
Alarcon Barcos, Maria Jesus
Tipo de sentencia
Sentencia
Tribunal
AP - Ciudad Real
AP - Malaga
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de lo Penal nº 5 de Málaga, sobre delito consumado de incendio. La Sala ratifica el fallo anterior, ya que las pruebas de cargo acreditan que los acusados se encontraban en el lugar donde se originó el incendio, siendo los mismos quienes encendieron el fuego con la finalidad de quemar rastrojos, concluyendo el hecho al marcharse del lugar sin extinguir la quema realizada.
Entiende el recurrente que no se le hizo a su patrocinada el ofrecimiento de un contraste de resultados respecto a la prueba de alcoholemia a través del etilómetro es decir la posibilidad de someterse a un análisis de sangre, orina u otros análogos. Al respecto es bastante esclarecedor la declaración de los Agentes de la Guardia civil en esta segunda instancia , recuerdan que tenían una embriaguez tan fuerte que no era capaz ni de someterse a la prueba.
No siendo acumulativos los plazos de prescripción, como dispone expresamente el art. 132.2 in fine y según tiene declarada reiterada Jurisprudencia, es evidente que no ha operado el instituto de la prescripción desde el momento en que el procedimiento no ha estado paralizado por tiempo superior a seis meses conforme a lo dispuesto en el art. 131.2 del
Si la identificación es normalmente realizada por el público no sólo en función de la marca usurpada sino también por otros factores o elementos que individualizan el producto, la menor importancia de dicha marca a los efectos identificativos del origen del producto priva de ilicitud penal a la conducta del usurpador.
La norma penal, por tanto, sólo debe abarcar la indebida utilización de signos distintivos que genere el riesgo de que el consumidor identifique erróneamente el origen del
RECLAMACIÓN DE CANTIDAD A ASEGURADORA.- Procedencia de la imposición de los intereses del art.
Se estiman parcialmente el recurso de apelación, y su impugnación, interpuesto por la representación procesal de la entidad asegu
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de lo Penal nº 5 de Málaga, sobre delito consumado de incendio. La Sala ratifica el fallo anterior, ya que las pruebas de cargo acreditan que los acusados se encontraban en el lugar donde se originó el incendio, siendo los mismos quienes encendieron el fuego con la finalidad de quemar rastrojos, concluyendo el hecho al marcharse del lugar sin extinguir la quema realizada.
Entiende el recurrente que no se le hizo a su patrocinada el ofrecimiento de un contraste de resultados respecto a la prueba de alcoholemia a través del etilómetro es decir la posibilidad de someterse a un análisis de sangre, orina u otros análogos. Al respecto es bastante esclarecedor la declaración de los Agentes de la Guardia civil en esta segunda instancia , recuerdan que tenían una embriaguez tan fuerte que no era capaz ni de someterse a la prueba.
No siendo acumulativos los plazos de prescripción, como dispone expresamente el art. 132.2 in fine y según tiene declarada reiterada Jurisprudencia, es evidente que no ha operado el instituto de la prescripción desde el momento en que el procedimiento no ha estado paralizado por tiempo superior a seis meses conforme a lo dispuesto en el art. 131.2 del
Si la identificación es normalmente realizada por el público no sólo en función de la marca usurpada sino también por otros factores o elementos que individualizan el producto, la menor importancia de dicha marca a los efectos identificativos del origen del producto priva de ilicitud penal a la conducta del usurpador.
La norma penal, por tanto, sólo debe abarcar la indebida utilización de signos distintivos que genere el riesgo de que el consumidor identifique erróneamente el origen del
RECLAMACIÓN DE CANTIDAD A ASEGURADORA.- Procedencia de la imposición de los intereses del art.
Se estiman parcialmente el recurso de apelación, y su impugnación, interpuesto por la representación procesal de la entidad asegu
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS