Jurisprudencia por Agusti Julia, Jordi.
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Instituto Nacional de la Seguridad Social
Horas extraordinarias
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Orden
Social
Penal
Civil
Administrativo
Ponente
Agusti Julia, Jordi
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
Tribunal Supremo
TSJ Cataluña
TS
TSJ Asturias
Tribunal Supremo. Sala de lo Social
El TSJ confirma la improcedencia de pretensión instada por el trabajador actor en reclamación por Incapacidad Permanente Total, derivada de accidente de trabajo o, subsidiariamente, por enfermedad común, al desestimar el recurso interpuesto por el interesado. En el presente caso, habiendo dejado de ejercer el demandante como futbolista profesional en 30 de junio de 1.996, para pasar desde dicha fecha a desarrollar como profesión habitual la de Oficial en fábrica de madera, solicitada la de
La cuestión controvertida consiste en determinar si la retribución de las horas de guardia de presencia que exceden de la jornada pactada a tiempo parcial ha de ser retribuida al precio establecido en convenio colectivo -inferior a la jornada ordinaria- que es la posición de la demandada, ahora recurrente, o si deben retribuirse al precio de la hora ordinaria de trabajo, que es la tesis mantenida por los demandantes y aceptada por la sentencia de instancia. El TSJ estima el recurso interpue
El TSJ confirma la procedencia de recargo de prestaciones impuesto a empresa recurrente, al desestimar recurso interpuesto por esta. Y ello porque, según recoge la sentencia, no destruida la convicción del Magistrado de instancia respecto a que el accidente de la trabajadora demandada se produjo por la inseguridad de la rampa de acceso al centro de trabajo, deviene inoperante la mera cita de los preceptos que se invocan como infringidos, sin que el hecho -que se alega- de que las vías de
El TSJ confirma la improcedencia de pretensión instada por el trabajador actor en reclamación por Incapacidad Permanente Total, derivada de accidente de trabajo o, subsidiariamente, por enfermedad común, al desestimar el recurso interpuesto por el interesado. En el presente caso, habiendo dejado de ejercer el demandante como futbolista profesional en 30 de junio de 1.996, para pasar desde dicha fecha a desarrollar como profesión habitual la de Oficial en fábrica de madera, solicitada la de
La cuestión controvertida consiste en determinar si la retribución de las horas de guardia de presencia que exceden de la jornada pactada a tiempo parcial ha de ser retribuida al precio establecido en convenio colectivo -inferior a la jornada ordinaria- que es la posición de la demandada, ahora recurrente, o si deben retribuirse al precio de la hora ordinaria de trabajo, que es la tesis mantenida por los demandantes y aceptada por la sentencia de instancia. El TSJ estima el recurso interpue
El TSJ confirma la procedencia de recargo de prestaciones impuesto a empresa recurrente, al desestimar recurso interpuesto por esta. Y ello porque, según recoge la sentencia, no destruida la convicción del Magistrado de instancia respecto a que el accidente de la trabajadora demandada se produjo por la inseguridad de la rampa de acceso al centro de trabajo, deviene inoperante la mera cita de los preceptos que se invocan como infringidos, sin que el hecho -que se alega- de que las vías de