Jurisprudencia del año 1998.
Filtros
Año
1998
Voces
Ponente
Carrera Ibarzabal, Jaime
Ruiz Ramo, Jose
De La Torre Aparicio, Miguel Angel
Judel Prieto, Angel Maria
Martinez Sanchez, Maria Del Carmen
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Tribunal
AP A Coruña
Tribunal Constitucional
AP - Pontevedra
AP - Soria
Tribunal de Justicia de la Union Europea
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia N° 1 de Soria sobre acción resolutoria del contrato de arrendamiento de local de negocio. La Sala confirma la sentencia de instancia por cuanto las obras efectuadas en el local no reúnen las características prevenidas para el ejercicio de la acción de resolución de contrato. La mera colocación de unas baldosas de gres nuevas encima de las antiguas deterioradas, no es una obra que
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Soria, sobre acusación. Partiendo del principio de libre valoración de la prueba, practicada por el Juez de instancia, se llega a la convicción de la verdad real de los hechos, encontrándose la Sala ante un cruce de palabras del que no se acredita que su contenido sea objeto de sanción penal. No es relevante la denuncia formulada, pues no se deduce ninguna imputación directa de q
Se estima en parte el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n° 1 de Soria, sobre acción reivindicatoria. Los actores adquirieron los trasteros como anejo inseparable a su vivienda, pues así consta en escritura pública. No obstante existen datos definitivos y concluyentes para llegar a la convicción de que los mismos no fueron ocupados por sus titulares. El testigo aportado afirma que la comunidad realizó una distribución de los traste
Se estima en parte el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de lo Penal de Soria, sobre delito de robo con fuerza en las cosas. Ninguna duda tiene la Sala, al igual que el Juzgador de lo Penal, de que los acusados cometieron los hechos delictivos que se les imputan, pues el propio denunciante los reconoció cuando estaban sustrayendo los géneros de su almacén, ya que conocía a los recurrentes con anterioridad, y los identificó también en el acto del juici
Se desestima el recurso de apelación icontra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de lo Penal de Soria, sobre delito contra la seguridad del tráfico y falta de desobediencia. No se aprecia el alegado error en la valoración de la prueba, pues el Juez de instancia, en valoración que la Sala comparte, concluye de las declaraciones de los Agentes Policiales intervinientes, como acreditado que el acusado, a causa de estar afectado por la previa ingesta de bebidas alcohólicas, fue a dar
Se estima el recurso de apelación contra la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de Instrucción n° 1 de Soria, sobre falta de lesiones. Las contradictorias declaraciones del denunciante y el atestado policial que no acredita la participación en la agresión enjuiciada. Por tanto, al no existir un seguro convencimiento su participación tampoco puede serle atribuida la autoría o complicidad, siendo procedente la aplicación del principio in dubio pro reo.
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia N° 2 de Soria, sobre interdicto de recobrar la posesión. Efectivamente el demandado al vallar la finca de la que es copropietario, finca cuya extensión es de 486 metros cuadrados, lo ha hecho sobre una extensión de 521,6 metros cuadrados, como se deduce del informe pericial, lo que supone un exceso de 26,6 metros cuadrados sobre la extensión acreditada documentalmente, y sobre terreno que ha
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Soria, sobre contribución a los gastos comunes de la propiedad horizontal. El propietario del local comercial tenía un régimen de exención respecto de la luz que consume el ascensor, alumbrado de caldera y quemador de caldera. Posteriormente se acordó en la Junta de Propietarios, por mayoría, que los propietarios del local comercial abonaran la parte correspondiente a los g
Se estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia de El Burgo de Osma, sobre régimen de visitas y pensión de alimentos. En lo referente al régimen de visitas establecido en la sentencia objeto del recurso, dado que el contacto de la niña con la familia paterna es conveniente para su desarrollo emocional, nada obsta a que se mantenga el régimen de visitas que se extiende desde las 17 horas del viernes hasta las 20 horas del domingo
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n° 2 de Soria, sobre accidente de circulación. Del atestado de la Policía Local se desprende la imposibilidad de determinar quien fue el causante del accidente, puesto que los dos semáforos que regulaban el paso de ambos vehículos funcionaban perfectamente y era imposible que los dos estuvieran abiertos. La única manera de determinar la responsabilidad del accidente es la manifestació
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia N° 1 de Soria sobre acción resolutoria del contrato de arrendamiento de local de negocio. La Sala confirma la sentencia de instancia por cuanto las obras efectuadas en el local no reúnen las características prevenidas para el ejercicio de la acción de resolución de contrato. La mera colocación de unas baldosas de gres nuevas encima de las antiguas deterioradas, no es una obra que
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Soria, sobre acusación. Partiendo del principio de libre valoración de la prueba, practicada por el Juez de instancia, se llega a la convicción de la verdad real de los hechos, encontrándose la Sala ante un cruce de palabras del que no se acredita que su contenido sea objeto de sanción penal. No es relevante la denuncia formulada, pues no se deduce ninguna imputación directa de q
Se estima en parte el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n° 1 de Soria, sobre acción reivindicatoria. Los actores adquirieron los trasteros como anejo inseparable a su vivienda, pues así consta en escritura pública. No obstante existen datos definitivos y concluyentes para llegar a la convicción de que los mismos no fueron ocupados por sus titulares. El testigo aportado afirma que la comunidad realizó una distribución de los traste
Se estima en parte el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de lo Penal de Soria, sobre delito de robo con fuerza en las cosas. Ninguna duda tiene la Sala, al igual que el Juzgador de lo Penal, de que los acusados cometieron los hechos delictivos que se les imputan, pues el propio denunciante los reconoció cuando estaban sustrayendo los géneros de su almacén, ya que conocía a los recurrentes con anterioridad, y los identificó también en el acto del juici
Se desestima el recurso de apelación icontra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de lo Penal de Soria, sobre delito contra la seguridad del tráfico y falta de desobediencia. No se aprecia el alegado error en la valoración de la prueba, pues el Juez de instancia, en valoración que la Sala comparte, concluye de las declaraciones de los Agentes Policiales intervinientes, como acreditado que el acusado, a causa de estar afectado por la previa ingesta de bebidas alcohólicas, fue a dar
Se estima el recurso de apelación contra la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de Instrucción n° 1 de Soria, sobre falta de lesiones. Las contradictorias declaraciones del denunciante y el atestado policial que no acredita la participación en la agresión enjuiciada. Por tanto, al no existir un seguro convencimiento su participación tampoco puede serle atribuida la autoría o complicidad, siendo procedente la aplicación del principio in dubio pro reo.
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia N° 2 de Soria, sobre interdicto de recobrar la posesión. Efectivamente el demandado al vallar la finca de la que es copropietario, finca cuya extensión es de 486 metros cuadrados, lo ha hecho sobre una extensión de 521,6 metros cuadrados, como se deduce del informe pericial, lo que supone un exceso de 26,6 metros cuadrados sobre la extensión acreditada documentalmente, y sobre terreno que ha
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Soria, sobre contribución a los gastos comunes de la propiedad horizontal. El propietario del local comercial tenía un régimen de exención respecto de la luz que consume el ascensor, alumbrado de caldera y quemador de caldera. Posteriormente se acordó en la Junta de Propietarios, por mayoría, que los propietarios del local comercial abonaran la parte correspondiente a los g
Se estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia de El Burgo de Osma, sobre régimen de visitas y pensión de alimentos. En lo referente al régimen de visitas establecido en la sentencia objeto del recurso, dado que el contacto de la niña con la familia paterna es conveniente para su desarrollo emocional, nada obsta a que se mantenga el régimen de visitas que se extiende desde las 17 horas del viernes hasta las 20 horas del domingo
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n° 2 de Soria, sobre accidente de circulación. Del atestado de la Policía Local se desprende la imposibilidad de determinar quien fue el causante del accidente, puesto que los dos semáforos que regulaban el paso de ambos vehículos funcionaban perfectamente y era imposible que los dos estuvieran abiertos. La única manera de determinar la responsabilidad del accidente es la manifestació