Jurisprudencia del año 1993.
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Año
1993
Voces
Comisiones
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Pagas extraordinarias
Indefensión
Derecho a la tutela judicial efectiva
Ponente
Linares Lorente, Juan Antonio
Gil Suarez, Luis
Garcia-murga Y Vazquez, Juan Antonio
Fernandez Lopez, Arturo
Fuentes Lopez, Victor
Tipo de sentencia
Sentencia
Acuerdo de Sala
Auto
Tribunal
Tribunal Supremo
Tribunal Constitucional
Tribunal de Justicia de la Union Europea
TSJ Andalucia
TSJ Cataluña
La cuestión debatida consiste en determinar si debe satisfacer la Entidad Gestora demandada, el complemento de atención continuada, mientras el demandante se encontró en la situación de incapacidad laboral transitoria. El TS estima el recurso interpuesto pro el Servicio Andaluz de Salud, puesto que el concepto por el que se demanda, no aparece comprendido entre los mencionados en el Estatuto Jurídico del Personal Medico aplicable, no solo por razones de tiempo, sino porque no aparece
La cuestión litigiosa sometida a decisión en el presente recurso de unificación de doctrina refiere a la prescripción o caducidad del subsidio de incapacidad laboral transitoria (ILT) de un asegurado en el Régimen especial de trabajadores autónomos (RETA). El TS estima el recurso interpuesto por el INSS reiterando la solución de que es la aplicación al supuesto contemplado del art. 55.2
La cuestión que en el presente recurso se plantea es la de dilucidar si, en el supuesto de revisión del grado de invalidez por agravación de las lesiones, debe o no reconocerse como base reguladora la que hubiera correspondido si ya inicialmente se hubiese declarado ese nuevo grado de invalidez. El TS estima el recurso interpuesto por el trabajador actor y acoge la denuncia en atención a la circunstancia de que las bases computables para las prestaciones correspondientes a los
El TS estima el recurso interpuesto por el FOGASA y revoca el pronunciamiento que acoge la pretensión del demandante que radica en que, habiendo trabajado para la misma empresa desde el año 1949, con más de 38 años de servicio, cesó en la misma mediante expediente de regulación de empleo con un salario de 2652 pesetas diarias, dicho Fondo le debe reconocer, una indemnización de 816.816 pesetas (38 años y 6 meses a ocho días de salario por año de servicio a cargo de FOGAS
La cuestión debatida consiste en determinar quien ha de asumir la responsabilidad, en los casos de transferencias efectuadas a las Comunidades Autónomas, en este caso la Comunidad de Madrid, respecto de las obligaciones laborales nacidas con anterioridad a la transmisión y que no hubieran sido satisfechas. Se trata de personal interino o eventual al servicio del Hospital de la Princesa, de Madrid, dependiente en principio de la Administración Institucional de la San
El reconocimiento al trabajador actor en el proceso de una prestación sobre la base reguladora de 946.475 anuales que le corresponden de acuerdo con el salario que percibía y por el que cotizaba, resulta ajustado a derecho aunque la demanda solo pidiera la prestación por el salario anual de 835.920, entendiendo el Tribunal que no se produce incongruencia pues, entre otros motivos, la petición de una prestación inferior a la legal se debe atribuir a un error del dema
En proceso seguido sobre rescate del 100% del valor actual del capital por fallecimiento seguido por la ahora recurrente contra el Fondo Especial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Tribunal de casación desestima el recurso interpuesto por la interesada, por falta de contradicción entre las sentencias comparadas. Declara la Sala que, es cierto que la pretensión es la misma en ambos casos: el rescate del 100% del valor actual del capital por fallecimiento, denegado en v
El TS estima el recurso interpuesto por el INEM y revoca la sentencia que reconoció el derecho de los trabajadores demandantes a percibir el subsidio de desempleo sobre la base del salario mínimo interprofesional integrado con las gratificaciones extraordinarias de verano y Navidad. Basa la sala su pronunciamiento en criterio reiterado mantenido con anterioridad y que viene a señalar que, el artículo 8-4 del Reglamento de Protección por Desempleo, cuando señala que la bas
El TS desestima el recurso interpuesto por RENFE ante la deficiente relación de la contradicción denunciada y la inexistencia de esta, que priva de viabilidad al recurso e impide a la Sala resolver sobre la censura jurídica propuesta por el citado recurrente. La pretensión instad el proceso había sido deducida frente a particular empleador y RENFE, esta última por entender los accionantes que estaba obligada a subrogarse en los derechos y obligaciones derivadas de los contr
El TS estima el recurso interpuesto por la administración demandada en el proceso, revocando el pronunciamiento que da lugar a la demanda, en la que los actores que venían prestando sus servicios en condición de personal laboral contratado para la Administración del Estado en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con categoría de conductor de incidencias, solicitaban que les fuera satisfecha la gratificación de 24.590 pesetas mensuales que por acuerdo de 5
La cuestión debatida consiste en determinar si debe satisfacer la Entidad Gestora demandada, el complemento de atención continuada, mientras el demandante se encontró en la situación de incapacidad laboral transitoria. El TS estima el recurso interpuesto pro el Servicio Andaluz de Salud, puesto que el concepto por el que se demanda, no aparece comprendido entre los mencionados en el Estatuto Jurídico del Personal Medico aplicable, no solo por razones de tiempo, sino porque no aparece
La cuestión litigiosa sometida a decisión en el presente recurso de unificación de doctrina refiere a la prescripción o caducidad del subsidio de incapacidad laboral transitoria (ILT) de un asegurado en el Régimen especial de trabajadores autónomos (RETA). El TS estima el recurso interpuesto por el INSS reiterando la solución de que es la aplicación al supuesto contemplado del art. 55.2
La cuestión que en el presente recurso se plantea es la de dilucidar si, en el supuesto de revisión del grado de invalidez por agravación de las lesiones, debe o no reconocerse como base reguladora la que hubiera correspondido si ya inicialmente se hubiese declarado ese nuevo grado de invalidez. El TS estima el recurso interpuesto por el trabajador actor y acoge la denuncia en atención a la circunstancia de que las bases computables para las prestaciones correspondientes a los
El TS estima el recurso interpuesto por el FOGASA y revoca el pronunciamiento que acoge la pretensión del demandante que radica en que, habiendo trabajado para la misma empresa desde el año 1949, con más de 38 años de servicio, cesó en la misma mediante expediente de regulación de empleo con un salario de 2652 pesetas diarias, dicho Fondo le debe reconocer, una indemnización de 816.816 pesetas (38 años y 6 meses a ocho días de salario por año de servicio a cargo de FOGAS
La cuestión debatida consiste en determinar quien ha de asumir la responsabilidad, en los casos de transferencias efectuadas a las Comunidades Autónomas, en este caso la Comunidad de Madrid, respecto de las obligaciones laborales nacidas con anterioridad a la transmisión y que no hubieran sido satisfechas. Se trata de personal interino o eventual al servicio del Hospital de la Princesa, de Madrid, dependiente en principio de la Administración Institucional de la San
El reconocimiento al trabajador actor en el proceso de una prestación sobre la base reguladora de 946.475 anuales que le corresponden de acuerdo con el salario que percibía y por el que cotizaba, resulta ajustado a derecho aunque la demanda solo pidiera la prestación por el salario anual de 835.920, entendiendo el Tribunal que no se produce incongruencia pues, entre otros motivos, la petición de una prestación inferior a la legal se debe atribuir a un error del dema
En proceso seguido sobre rescate del 100% del valor actual del capital por fallecimiento seguido por la ahora recurrente contra el Fondo Especial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Tribunal de casación desestima el recurso interpuesto por la interesada, por falta de contradicción entre las sentencias comparadas. Declara la Sala que, es cierto que la pretensión es la misma en ambos casos: el rescate del 100% del valor actual del capital por fallecimiento, denegado en v
El TS estima el recurso interpuesto por el INEM y revoca la sentencia que reconoció el derecho de los trabajadores demandantes a percibir el subsidio de desempleo sobre la base del salario mínimo interprofesional integrado con las gratificaciones extraordinarias de verano y Navidad. Basa la sala su pronunciamiento en criterio reiterado mantenido con anterioridad y que viene a señalar que, el artículo 8-4 del Reglamento de Protección por Desempleo, cuando señala que la bas
El TS desestima el recurso interpuesto por RENFE ante la deficiente relación de la contradicción denunciada y la inexistencia de esta, que priva de viabilidad al recurso e impide a la Sala resolver sobre la censura jurídica propuesta por el citado recurrente. La pretensión instad el proceso había sido deducida frente a particular empleador y RENFE, esta última por entender los accionantes que estaba obligada a subrogarse en los derechos y obligaciones derivadas de los contr
El TS estima el recurso interpuesto por la administración demandada en el proceso, revocando el pronunciamiento que da lugar a la demanda, en la que los actores que venían prestando sus servicios en condición de personal laboral contratado para la Administración del Estado en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con categoría de conductor de incidencias, solicitaban que les fuera satisfecha la gratificación de 24.590 pesetas mensuales que por acuerdo de 5