Última revisión
Solicitud por parte del delegado/a de prevención de la adopción de medidas de emergencia por la empresa (art. 20de la LPRL)
Relacionados:
Orden: laboral
Fecha última revisión: 25/06/2024
Resumen:
Art. 20 de la LPRL:
«El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. El citado personal deberá poseer la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas.
Para la aplicación de las medidas adoptadas, el empresario deberá organizar las relaciones que sean necesarias con servicios externos a la empresa, en particular en materia de primeros auxilios, asistencia médica de urgencia, salvamento y lucha contra incendios, de forma que quede garantizada la rapidez y eficacia de las mismas».
En [LUGAR] a [DIA] de [MES] de [AÑO].
D./D.ª [NOMBRE_TRABAJADOR_A]
DNI [NÚMERO].
Delegado/a de prevención en [NOMBRE_EMPRESA].
A/A de la empresa [NOMBRE_EMPRESA].
Muy señores/as míos/as:
D./D.ª …
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