Última revisión
Solicitud de ejecución solicitando el percibo de la diferencia entre el importe de la condena y la cantidad que ha sido anticipada en ejecución provisional (anticipo por el Estado)
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/01/2024
En caso de confirmación de la sentencia recurrida, el art. 291 de la LRJS, especifica:
Si la sentencia impugnada queda firme, el trabajador tendrá derecho a percibir la diferencia entre el importe de la condena y la cantidad anticipada, haciéndose efectiva con cargo a la consignación, si de ella se hubiera detraído el anticipo.
De haberse efectuado el anticipo por el Estado, el trabajador podrá reclamar la diferencia al empresario, y el Estado se subrogará en los derechos de aquél frente al empresario por el importe de la cantidad anticipada.
AL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO [NUM_JUZGADO] DE [LOCALIDAD]
Autos: [NUMERO].
D./D.ª [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], Letrado en ejercicio, con domicilio en [LOCALIDAD] C/ [CALLE], el cual tengo designado a efectos de comunicaciones, correo electrónico [EMAIL], teléfono [FIJO O MOVIL], en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE], en virtud de la representación acreditada, ante el Juzgado de lo Soc...
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