Última revisión
Recurso de amparo mixto ante Tribunal Constitucional
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 13/09/2023
Resumen:
De conformidad con el art. 41 LOTC, los derechos y libertades reconocidos en los artículos 14 a 29 de la Constitución Española serán susceptibles de amparo constitucional, en los casos y formas que la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional establece, sin perjuicio de su tutela general encomendada a los Tribunales de Justicia. Igual protección será aplicable a la objeción de conciencia reconocida en el artículo 30 de la Constitución.
AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE] procurador/a de los tribunales, en nombre de don/doña [NOMBRE_CLIENTE], cuya representación está debidamente acreditada con el poder …
Ver el documento "Recurso de amparo mixto ante Tribunal Constitucional"
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas